Autoridades inútiles permiten la ocupación y destrucción de las plazas

Las plazas de la Independencia, Juan de Salazar y de Armas siempre son ocupadas y destruidas tras una inundación, ante la indiferencia de la Secretaría Nacional de Cultura, encargada de prever los rubros necesarios para mantenerlas y de velar por su protección junto con la Policía Nacional, según la ley que las declaró “patrimonio histórico nacional”. Empero, las reparaciones corren generalmente a cargo de la Municipalidad, acaso porque siguen siendo bienes del dominio público municipal, ya que no fueron transferidos al dominio público estatal. Esta suerte de conflicto de competencias no se registra en el caso de la Plaza del Congreso, situada en las inmediaciones y ahora invadida por diversos grupos de protesta, que han instalado allí sus carpas.

Cargando...

Las plazas asuncenas de la Independencia, Juan de Salazar y de Armas invariablemente son ocupadas y destruidas tras una inundación periódica, ante la indiferencia de la Secretaría Nacional de Cultura, encargada de prever los rubros necesarios para mantenerlas y de velar por su protección junto con la Policía Nacional, según la ley que en 2019 las declaró “patrimonio histórico nacional”. Empero, las siempre tardías reparaciones corren generalmente a cargo de la Municipalidad, es decir, del contribuyente, acaso porque siguen siendo bienes del dominio público municipal, ya que no fueron formalmente transferidas al dominio público estatal. Esta suerte de conflicto de competencias, que victimiza a la población capitalina, no se registra en el caso de la plaza del Congreso, situada en las inmediaciones y ahora invadida por diversos grupos de protesta, que han instalado allí sus carpas.

En efecto, construir, equipar, mantener, limpiar y adornar las plazas es responsabilidad exclusiva de la Municipalidad, cuyo intendente tiene la facultad, según la Ley Orgánica Municipal (LOM), de dictar “medidas de urgencia” para evitar o reparar un daño al patrimonio municipal y, en particular, para que se realicen “desocupaciones o recuperaciones de bienes públicos”, sin necesidad de pedir una autorización judicial, pues una plaza no es un recinto privado, sino un lugar de concurrencia pública. Óscar “Nenecho” Rodríguez (ANR) ya se está demorando en tomar esa “medida de urgencia”, cuyos costos deben ser cubiertos por los infractores en el plazo perentorio de diez días, según la LOM. ¿Será que alguien se atrevería siquiera a pedir el resarcimiento a esos “desheredados” o a los “luchadores sociales”? Imposible ni siquiera pensarlo.

En el último caso, de hecho, se trataría de una manifestación de protesta que tiene la peculiaridad de prolongarse durante días en un mismo sitio, lo que afecta el derecho de los demás a hacer un uso normal de la plaza: los invasores ni siquiera alegan una situación de emergencia provocada por una crecida, sino simplemente las ganas de expresar su descontento por algún motivo, como si no hubiera otros lugares más idóneos. Exhibieron un cartel en el que se lee que “el pueblo exige la inmediata renuncia del presidente del Paraguay (...) por ser corrupto y usurpador”, sin advertir que “usurpador” es más bien aquel que se apropia de hecho de un bien del dominio público municipal. Es lamentable, por lo demás, que el “parlasuriano” Ricardo Canese haya creído encontrar allí el escenario adecuado para disertar sobre Itaipú Binacional, bajo el patrocinio de las Ligas Agrarias Cristianas, pues quien ejerce la representación popular no debe cohonestar con su presencia una actuación ilícita.

Todo empezó con una “carpa de la resistencia” que a estas alturas se ha decuplicado, lo que hace temer que el número de ocupantes vaya aumentando, mientras la “medida de urgencia” no sea aplicada. Vale señalarlo también porque si excediera el de cincuenta, entraría a regir la “ley del marchódromo”, que dispone que son “lugares permanentes para reuniones públicas” las plazas situadas dentro de cierto perímetro, que no incluye la Plaza del Congreso, y que el acto no podrá superar las doce horas seguidas. En otras palabras, si dicha plaza no está habilitada para reuniones públicas, mucho menos lo está para una que ya está durando varios días. Como se ve, todo es una farsa, a la vista y paciencia de las autoridades nacionales y municipales encargadas de aplicar las leyes y ordenanzas.

Al respecto, el Código Penal castiga con hasta tres años de cárcel o con multa a quien destruya en todo o en parte “una cosa destinada al uso público o embellecimiento de vías públicas, plazas o parques”. Los contribuyentes asuncenos no tienen por qué cargar con la reparación de los perjuicios causados por quienes, para peor, les privan del uso normal de una plaza, pero es lo que ocurre con cada ocupación. En cuanto al intendente, la LOM le obliga a la “buena conservación de los bienes mobiliarios e inmobiliarios del patrimonio municipal”. Por lo tanto, debe apresurarse a evitar males mayores para no incurrir en el delito de lesión de confianza, sancionado con hasta cinco años de cárcel o con multa y cometido por quien, con base en una ley, entre otras cosas, asumió la responsabilidad de proteger un interés patrimonial relevante para un tercero y causó o no evitó un perjuicio patrimonial, dentro del ámbito de protección que le fue confiado.

Se ha dicho que “el respeto al derecho ajeno es la paz”: el de los pobladores de Asunción es vulnerado con regularidad ante la inacción de las autoridades que, además, al superponerse sus funciones se tiran la pelota con todo desparpajo. El ejercicio de la libertad de reunión y de manifestación exige preservar derechos de terceros y el orden público establecido en la ley: lo dice la Carta Magna y es necesario hacerla cumplir.

Enlance copiado
Content ...
Cargando...Cargando ...