Subsidio “de frontera” se pagará la próxima semana

El “Subsidio de Frontera” se empezará a pagar desde la próxima semana a un primer grupo de beneficiarios, según dijo este viernes a ABC el ministro de Hacienda, Óscar Llamosas.

Óscar Llamosas, ministro de Hacienda.
Óscar Llamosas, ministro de Hacienda.Archivo, ABC Color

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El titular de la cartera fiscal, entidad que tiene a su cargo la implementación del programa de ayuda económica, estimó que entre el lunes 19 y el martes 20 se daría a conocer un primer listado de los que recibirán el subsidio para comerciantes y trabajadores de ciudades de la frontera con Argentina.

La fecha, sin embargo, se estaría confirmando una vez que concluya el proceso de cruzamiento de datos que se viene realizando con diversas instituciones públicas, para definir quiénes cumplen los requisitos establecidos en la Ley N° 6720/2021 que otorga el subsidio y el Decreto N° 5088 reglamentario.

Están registrados alrededor de 132.000 personas, aunque en principio se había estimado como potenciales beneficiarios a 43.000 en total (19.000 comerciantes y trabajadores formales; y 24.000 trabajadores informales).

El monto del subsidio para los comerciantes formales será de hasta el 50% del salario mínimo legal vigente, lo que equivale a G. 1.096.419, que podrá ser otorgado hasta en 4 ocasiones según disponibilidad presupuestaria.

Además, se otorgará un subsidio a los trabajadores informales por valor de G. 500.000, que podrá ser otorgado hasta en 2 ocasiones.

Hacienda para cumplir con el subsidio dispone de un saldo de casi US$ 10 millones de la ley de emergencia sanitaria, que inicialmente estaba asignado para el programa Pytyvõ 2.0 que ya concluyó.

El subsidio está destinado a residentes de 16 ciudades fronterizas con Argentina: Encarnación, Alberdi, Puerto Falcón, Nanawa, Ayolas, Pilar, Paso de Patria, Humaitá, Cerrito, General Díaz, Mayor Martínez, Villa Oliva, Villa Franca, Natalio, Mayor Otaño y San Rafael del Paraná.

La reglamentación de la ley establece que no podrán ser beneficiarios los menores de 18 años, trabajadores cotizantes de la seguridad social, funcionarios o contratados de alguna entidad pública o binacional.

Tampoco los beneficiarios de algún programa social del Estado, jubilados, pensionados de alguna de las entidades jubilatorias públicas o privadas, al igual que aquellos que reciben pensiones no contributivas otorgadas por el Estado.

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