Para las Elecciones Paraguay 2023, el periodo de modificación de datos de los electores inscriptos en el Registro Cívico Permanente feneció el 31 de mayo del año pasado, fecha excepcional, considerando que las elecciones internas se realizaron en diciembre.
“Para formar parte del Registro Cívico Permanente que vamos a usar ahora, la ciudadanía, para modificar sus datos personales, ya sea su domicilio, lo que implica también el local de votación, tuvo tiempo hasta el 31 de mayo del año pasado, porque ahí hicimos el corte técnico administrativo de las inscripciones”, precisó el director del TSJE, Christian Ruiz Díaz.
En ese sentido, explicó que quienes no realizaron el cambio de domicilio en ese periodo, van a seguir figurando en el local electoral anterior.
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Los electores que cambien de domicilio recién figurarán en el padrón con la nueva información para las próximas elecciones municipales.
¿Cómo se establece el local de votación?
Ruiz Díaz indicó que el TSJE, en el Registro Cívico Permanente incluye por imperio de la ley, a todos los que cumplen 18 años hasta el 29 de abril de este año, porque la ley establece que serán electores, todos los mayores de 18 años hasta un día antes de las elecciones. “Esos ya están incluidos en el padrón”, precisó. Dicha inclusión se hacen en términos en que establece la ley de inscripción automática que data del año 2002.
La normativa establece que para fijar local de votación, la Justicia Electoral debe tener en cuenta el último domicilio declarado por el ciudadano al momento de quitar su cédula o haberla renovado. Afirmó que el TSJE utiliza la base de datos de identificaciones de la Policía Nacional para establecer el local de votación.
“Cuando querés hacer una rectificación, tenés que acercarte a una oficina distrital en cada ciudad y alegar que estás viviendo en ese lugar y presentar, si te piden, las documentaciones respaldatorias, manifestar el domicilio o dirección actual y los funcionarios te muestran los locales electorales más cercanos a tu domicilio, y tenés que elegir el local más cercano”, acotó Ruiz Díaz.
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Esto se establece a fin de evitar que el elector necesite un vehículo para trasladarse hasta su local de votación. “Uno tiene que votar donde debe votar y no donde quiere votar”, indicó.
¿Cómo se cambia el local de votación?
El director del TSJE relató que muchas veces la gente quiere votar en otra ciudad para ayudarle a su pariente, a su primo, a su tío que es candidato. Pero nuestra ley de domicilio obliga a los electores a votar en el local más cercano.
“La ley habla de una constancia de residencia expedida por el juzgado de paz. No el de la policía. A fin de evitar que te cambien los datos o el lugar de votación, se pone de manifiesto el prepadrón, a modo de que todos los ciudadanos podamos revisar que nuestra inscripción sea la correspondiente”, refirió sobre los documentos y los mecanismos para controlar que los locales de votación sean acordes a lo declarado por el elector.
Al contar con el prepadrón, se abre el periodo de tachas y reclamos. Las tachas son para quitarle de un lugar a una persona que dice vivir donde no vive, y los reclamos son en caso de que el elector está en un lugar que no le corresponde, puede reclamar la inscripción en el lugar correcto.
Agregó que un periodo de inscripción normal va desde el primer día hábil de marzo, hasta el 30 de diciembre. Es ese periodo de tiempo en el que el elector puede inscribirse o solicitar la rectificación de su inscripción.
“Es una obligación que se traslada al ciudadano, porque la Justicia Electoral no puede adivinar si los 4.870.000 personas que están registradas en el registro cívico, realmente están donde tienen que estar. La ley traslada al ciudadano la obligación de controlar que los datos estén correctos o no”, finalizó.
