Tránsito: ¿me pueden multar por salpicar a un peatón?

Las últimas lluvias trajeron consigo de vuelta inconvenientes para muchos peatones por la posibilidad de ser salpicados por los vehículos en circulación y por la presencia de agua en la pista. ¿Se puede reclamar ante esto? ¿El conductor podría ser multado?

La Policía Municipal de Tránsito recuerda que está prohibido mojar a los peatones.
La Policía Municipal de Tránsito recuerda que está prohibido mojar a los peatones.Shutterstock

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Con el retorno de las lluvias en los últimos días volvieron a darse muchas dificultades al tránsito, principalmente para los peatones, para circular por las ciudades del país, principalmente Asunción y área metropolitana, por el peligro de ser salpicados por los vehículos que transitan en medio de la pista mojada.

Ante esta situación surge nuevamente la advertencia de la Policía Municipal de Tránsito (PMT), que recuerda a los conductores que este tipo de conductas puede acarrear multas.

En esta nota te contamos todo lo que dice la PMT al respecto y algunas recomendaciones para evitar cometer una infracción, pagar una multa y, sobre todo, generar un inconveniente de convivencia ciudadana.

Automovilistas que mojan a peatones: cuidar la convivencia

El inspector Daniel Cárdenas, de la PMT de Asunción, recuerda que, si bien desde el año pasado existe una actualización del Reglamento de Tránsito de Asunción, que los automovilistas mojen a los peatones ya estaba sancionado desde antes.

Explicó que el principal espíritu de la norma no es la sanción de los infractores, sino el fomento de respeto a las normas de convivencia entre ciudadanos. “Muchas veces pasa involuntariamente, no porque uno quiera hacerlo. Uno va circulando a 50 km/h y eso no es mucho, pero de repente uno se percata que está un peatón que no es tan visible”, expresó.

Agregó que tanto conductores como peatones pueden hacer esfuerzos para minimizar la exposición a este tipo de situaciones, prestando más atención o circular con paciencia.

Recordó que no necesariamente cuando llueve puede suceder esto. “A veces hay aguas servidas en las calles, o incluso un pequeño bache alcanza para mojar por completo a un peatón. Habrá casos que lo hacen a propósito, pero nadie quiere pisar un bache”, señaló.

¿Cómo se establece la multa?

El inspector Cárdenas explicó que la norma establece multas desde 4 (G. 412.364) ‬y hasta 10 jornales mínimos (G. 1.030.910) para los infractores, pero que en su experiencia personal, al menos, lo que más se hace es aplicar advertencias.

“Sé que hubo notificaciones porque esta no es una infracción por la cual se pueda retener al conductor. Se le labra un acta de intervención, si es que pudiste retener el vehículo momentáneamente, porque a veces pasa y se fue, no tenés cómo seguirle”, explicó.

“Se le labra el acta, se le entrega la notificación y se le permite que regularice su infracción en la Municipalidad. Normalmente se aplica la multa mínima, pero en algunas ocasiones, si amerita, el Juzgado de Faltas es el que puede ampliar hasta diez jornales en caso de agravantes o reincidencia”, añadió.

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