El Tribunal de Apelación en lo Penal, Segunda Sala, decidió hoy, jueves, confirmar el rechazo al amparo promovido por los frigoríficos Frigomerc SA y Beef Paraguay, en contra de la ordenanza 197/25, que prohíbe “la circulación y estacionamiento de camiones de transporte de ganado en pie“, en Tablada Nueva.
Los jueces Delio Vera Navarro, Bibiana Benítez y José Agustín Fernández, confirmaron la sentencia dictada, en primera instancia, por Humberto Otazú, de rechazo del amparo.
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Las accionantes habían solicitado que la Policía Municipal de Tránsito (PMT) de Asunción se abstenga de aplicar la normativa contra ellas, con el argumento de que esta “infringe sus derechos constitucionales al libre tránsito, a la libertad de ejercer la actividad económica licita y a la libre circulación de sus productos”.
En su sentencia definitiva, el juez consideró que la ordenanza fue dictada por la comuna dentro de sus atribuciones legales y que las accionantes no demostraron la urgencia, por lo que no hizo lugar a la petición de las empresas.
Ya no podrán operar
Con esta decisión, la Municipalidad de Asunción, a través de la PMT comenzará a hacer regir la ordenanza, lo que implica que no se permitirá el ingreso de camiones transganados a la zona, confirmó Jorge Sabaté, director de Asuntos Jurídicos de la comuna.
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No obstante, aún está pendiente la inconstitucionalidad que estas empresas plantearon contra la ordenanza que les obliga a mudarse en dos años.