El asalto en el que fue asesinado de un disparo el sargento segundo de Infantería Fernando Manuel Medina Orrego, de 22 años, para luego ser despojado de su motocicleta, ocurrió el 14 de setiembre de 2024, en Costa Fleitas, Areguá.
La causa “Reinaldo David Bogado Cano y otros sobre robo con resultado de muerte” está a cargo del juzgado penal de Garantías N° 3 de Luque, cuyo titular es Nelson Romero.
Actualmente, está pendiente la realización de la audiencia preliminar en la que el magistrado debe resolver si la causa será juzgada en un juicio oral y público como solicitó la Fiscalía.
Acusación por asalto fatal en Areguá
La acusación revela que en horas de la noche de la fecha indicada, el militar fue interceptado en la vía pública por dos motochorros que le intimaron la entrega del biciclo.
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“Arnaldo Andrés Segovia Fleitas “alias Doctorí” portando un arma de fuego apuntó hacia la humanidad de Fernando Medina y le habría exigido la entrega del biciclo, diciéndole: “Rápido, rápido dame la motocicleta”; posteriormente efectuó un disparo, con orificio de entrada de proyectil en la zona torácica hombro izquierdo de Fernando Manuel Medina Orrego que ocasionó su deceso, causa directa (asfixia por colapso pulmonar) debido a hemotorax bilateral por herida de proyectil de arma de fuego", relata la acusación.
Acusado pretendía arresto domiciliario con tobillera
El requerimiento conclusivo refiere además, que cuando la víctima fue herida, “Alberto Fabián Ramírez Miño alias ”Piecito” descendió del biciclo, para posteriormente apoderarse de la motocicleta (…)“.
La Fiscalía afirma además que Ramírez trasladó el vehículo robado hasta la vivienda de Reinaldo David Bogado Cano “alias Cachita”, quien recibió dicho biciclo por pedido del acusado Segovia Fleitas.
La defensa de Alberto Fabián Ramírez -quien se entregó el 18 de setiembre de 2024- solicitó medidas sustitutivas de prisión preventiva, específicamente arresto domiciliario, con tobillera electrónica.
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“Mi representado Alberto Fabián Ramírez posee arraigo suficiente, cuenta con domicilio conocido, familia, posibilidad de someterse al proceso y no existen elementos concretos que permitan sostener un peligro efectivo de fuga o de obstrucción de la investigación”, alegó la defensa.
La defensa de Ramírez resaltó que la etapa investigativa se encuentra concluida y la totalidad de las principales diligencias probatorias ya fueron practicadas.
Asimismo, ofreció la fianza personal de una tercera persona -Fátima Monserrat Ruiz Pereira- y la fianza real de un inmueble tasado en G. 500 millones.
Para juez, peligro de fuga está latente
Tras estudiar los argumentos de la defensa, el juez Romero resolvió rechazar la petición, tras sostener que los presupuestos considerados para decretar la medida cautelar de prisión preventiva siguen vigentes.
“En el caso concreto, el Juzgado ha calificado provisoriamente la conducta antijurídica del imputado dentro de disposiciones de lo artículo 168 del código de fondo, cuyo marco penal es de 8 a 20 años, pudiendo inclusive llegar a 30 años de privación de libertad, que evidentemente eleva la posibilidad del peligro de fuga, por la alta expectativa de pena”, explicó Romero en el auto interlocutorio (AI) N° 1.086.