El Tribunal de Sentencia Especializado en Delitos Económicos presidido por Elsa García e integrado por Sonia Sánchez y Ana Rodríguez, condenó al exministro de la Secretaría de Emergencia Nacional (SEN) Joaquín Daniel Roa Burgos, a 8 años de pena privativa de libertad, que deberá cumplir en Tacumbú, por la comisión de los hechos de lesión de confianza, cohecho pasivo agravado (coima), lavado de dinero, administración en provecho propio y lavado de activos. Todos en calidad de autor.
La jueza García manifestó que se llegó al convencimiento de que Joaquín Roa en el periodo de enero de 2018 a diciembre de 2021 se desempeñó como ministro de la Secretaría de Emergencia Nacional y que durante este tiempo direccionó licitaciones por un total de G. 16.080.000.000, a distintas empresas, entre ellas varias de Alberto Koube.
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La magistrada afirmó que quedó probada la coima de parte de Alberto Koube al entonces ministro Joaquín Roa, a través de la entrega de la embarcación Azimut AZ 42 y el pago del tour por Europa.
En ese sentido, manifestó que durante su administración Joaquín Roa “aceptó una embarcación de la marca Azimut AZ42, ofrecida por Alberto Koube, importada por el Grupo Tapyracuai SA, el 16 de agosto del 2018”.
García también expresó al momento de dar a conocer la sentencia que, “con la finalidad de disimular el fin de la embarcación, a cambio de direccionar las licitaciones, Joaquín Roa y Alberto Koube confeccionaron un contrato de compraventa, en la que el Grupo Tapyracuai SA, representado por Koube vendía una embarcación por valor de US$ 450.0000 a Roa”.
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La supuesta operación “se hizo con el propósito de disimular el origen de la embarcación, con ello se pretendió dar una apariencia de negocio jurídico lícito, cuando para el tribunal quedó acreditado que recibió del señor Koube”, y se probó de que trató de una simulación, pues “no hay recibos, no hay pagarés, en los registros de contabilidad en el Grupo Tapyracuai, y tampoco se ha declarado ante la Subsecretaría de Estado de Tributación dicha operación y no hay registro en la Prefectura Naval de la embarcación”.
Alberto Koube era el beneficiario final
En tanto que el empresario, procesado en el caso A Ultranza, Alberto Koube Ayala fue condenado a 6 años de encierro, por los hechos punibles de lesión de confianza, como instigador, soborno agravado, administración en provecho propio, como instigador, lavado de dinero y lavado de activos.
Para el Tribunal, según consignó la magistrada García, quedó probado que el empresario Alberto Koube era quien estaba detrás de las licitaciones ofrecidas por la SEN. En este sentido, era él quien tomaba las decisiones y obtenía los beneficios con las adjudicaciones de las mismas, en cada llamado.
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Además, todos los procesos de licitaciones fueron simulados ya que era Alberto Koube el beneficiario final.
Sobre esto, la presidenta del Tribunal señaló que tiempo antes de la entrega de la embarcación, por parte de Alberto Koube a Joaquín Roa, Koube ya había sido adjudicado con los Fondos de Emergencia Nacional (FONES), con los Fones N° 11/2018 y Fones N° 20/2018, así como también con posterioridad a la recepción de la embarcación, en agosto de 2018.
Igualmente, “se verificó que Joaquín Roa le adjudicó a empresas vinculadas a Koube las contrataciones a los rubros de Alquiler de Camiones de Provisión de Chapas de fibrocemento, también fue beneficiada la empresa Noemacol SA, en la que Alberto Koube se desempeñó como director titular, y también fue beneficiado Koube a través de la empresa Distribuidora San Blas, en la cual él mismo era accionista”.
Por todo esto, los jueces consideraron que Koube “fue favorecido en los Fones N° 11/2018, N° 20/2018, N° 1/2019, adjudicados al Grupo Tapyracuay SA por la suma de G. 3.690.000.000, en tanto el Fones N° 40/2018 fue adjudicado a la empresa Noemacol SA por G. 1.800.000.000 y la distribuidora San Blas fue contratada por la suma de G. 1.440.000.000.
Roa en libertad, pero con embargo de bienes
El Tribunal de Sentencia dispuso el levantamiento del arresto domiciliario para el exministro Joaquín Roa y dictó su libertad ambulatoria. Así también, además de la pena física, se le impuso la sanción adicional de inhabilitación especial por 5 años para ocupar cargos públicos.
Los jueces decretaron el comiso especial de la embarcación Azimut AZ 42, así como el mantenimiento de la medida cautelar de secuestro sobre la misma y que quede a cargo de la Secretaría Nacional de Administración de Bienes Incautados y Comisados (Senabico); además, decretó la medida de embargo preventivo sobre dicho bien, que fue la moneda de cambio entre Roa y Koube a cambio de direccionar las licitaciones.
En tanto que, para el condenado Alberto Koube Ayala, el colegiado resolvió mantener todas las medidas que pesan sobre él y sus bienes.
Las juezas señalaron que, la lectura íntegra de la sentencia se hará el próximo martes 30 de diciembre, a las 13:30.
Perjuicio de G. 805.000.000 con provisión de chapas
De acuerdo con los datos de la acusación fiscal, en setiembre de 2021 Roa, a través de la Resolución SEN Nº 773/2021, autorizó la compra de “chapas de fibrocemento” vía urgente impostergable, a través del Fondo de Emergencia Nacional (Fone Nº 35/2021).
En ese llamado, una de las empresas adjudicadas fue Transporte y Carga para la Construcción, de Katerine Angélica Ayala Ramos, para la provisión de 70.000 unidades de chapas de fibrocemento por valor de G. 2.310.000.000; y otra empresa más, Metalsen, de Eduardo Semidei, para la provisión de 30.000 chapas por valor de G. 990.000.000.
Sin embargo, Corbeta en la presentación de sus alegatos finales refirió que en la licitación por G 2.300.000.000, se detectó un daño patrimonial de G. 805.000.000, porque se constató que Roa había cancelado un contrato de provisión de chapas de fibrocemento por G. 21.500 cada una, señalando un supuesto incumplimiento, pero al mismo tiempo ya estaba planificando con Koube, la provisión de 70.000 chapas, a G. 33.000 la unidad.
La empresaria, Katerine Ayala, había manifestado ante la Fiscalía, en su declaración, que se presentó por pedido expreso de Alberto Koube. El daño patrimonial causado, por G. 805.000.000, quedó probado también para el Tribunal de Sentencia.