Madre de José Zavan lamenta que el Estado nunca se hizo responsable por el accidente de su hijo

Blanca Vaccari, licenciada en enfermería, acompaña el proceso de recuperación de su hijo José Daniel. La estimulación sensorial y física es crucial en dicha instancia, dice.Archivo, ABC Color

Un tribunal de apelación confirmó la resolución que rechaza la demanda de la familia de José Zavan, único sobreviviente de un accidente aéreo que ocurrió en el 2021, por la que exigían una indemnización de G. 16.000 millones para la recuperación del joven de 24 años, que quedó con graves secuelas tras el accidente. La madre del joven dijo que ya se esperaban esta respuesta, ya que desde el Estado nunca se hicieron responsables.

Resignada, Blanca Vaccari, madre de José Zavan, dijo que ya esperaban que la justicia falle en contra de la demanda que promovieron para exigir al Estado paraguayo una indemnización de G. 16.000 millones para cubrir los gastos de recuperación de su hijo.

José Zavan aún tiene limitada capacidad motriz debido al accidente aéreo ocurrido el 9 de febrero del 2021 del que fue el único sobreviviente. José se salvó de milagro cuando la avioneta Cessna 402 bimotor, perteneciente a la Fuerza Aérea Paraguaya (FAP), cayó en Luque.

La aeronave salió de Fuerte Olimpo, Alto Paraguay, con destino a Luque con ocho pasajeros. A las 14:34 el piloto se comunicó por última vez con la torre de control para aterrizar, sin notificar dificultad o desperfecto, pero tan solo un minuto después, a tan solo 30 segundos de la pista, la avioneta cayó de punta sobre un estacionamiento en el área militar, a 538 metros de la autopista, impactando contra tres vehículos sin ocupantes.

En el accidente fallecieron el coronel Aníbal Antonio Pérez Trigo, el teniente primero William Martín Orué Román (tripulantes), el teniente primero Marcos Samuel Romero, el teniente Manuel Guzmán Sotelo, el suboficial Pedro López, el mayor Alfredo Darío Céspedes y el funcionario de la Fuerza Aérea, Críspulo Almada.

José Zaván, el "joven milagro", recibe la bendición por parte de Monseñor Ricardo Valenzuela.

Estado no indemnizará a Zavan

Ayer se dio a conocer que el Tribunal de Apelación en lo Civil y Comercial Quinta Sala, integrado por los camaristas Rocío González Morel, Linneo Ynsfrán Saldívar y Alejandrino Cuevas, confirmó la sentencia definitiva del 20 de diciembre de 2024 del juez en lo civil y comercial del 2° turno, Arnaldo Martínez Rozzano (actual camarista), quien rechazó la demanda de la familia de José Zavan, al dar lugar a la excepción de prescripción planteada por la Procuraduría General del Estado.

El entonces procurador general de la República Rodolfo Barrios y el procurador delegado Darío Espínola presentaron una excepción de prescripción en la que sostienen que a partir del día del accidente, Zaván tenía 1 año para accionar, pero el Estado fue notificado de la acción recién el 21 de febrero del 2023, luego de 2 años y 12 días del accidente aéreo.

“Era lo menos que esperábamos, ya de casi día a día se escucha también en las noticias de cómo funciona nuestra justicia, pero era lo que esperábamos, porque no existe en nuestro país la justicia pronta y barata, y ya que desde un principio no se hicieron responsables luego, pasado el tiempo, menos”, lamentó.

Destacó que lo más valioso es que su hijo está con vida, pese a creer que con la exposición que tuvo el caso, los representantes del Estado se iban a sensibilizar, sobre todo ante el proceso que de recuperación de José, quien estuvo 65 días en coma inducido y sometido a más de veinte intervenciones quirúrgicas, entre operaciones esqueléticas y cirugías reconstructivas.

José Zaván cuando estuvo internado en el Hospital de Clínicas. Foto de Archivo.

Mi hijo tuvo 40 cirugías, estuvimos internados entrecortados un total de 2 años y medio y más, y con múltiples rehabilitaciones. Cualquiera que tenga un dolor de cabeza, sabe lo costoso que es un medicamento, y tratándose de un caso complejo, como es el de mi hijo, las secuelas que le causó el accidente de por vida”, indicó.

José está “bien de espíritu”

Blanca Vaccari destacó que la recuperación de José la llevan gracias a la solidaridad de la comunidad, y mediante el esfuerzo de la familia, ya que ella misma se despierta todos los días a las 3:30 de la mañana para salir a vender minutas, las mismas que lleva al centro asistencial dependiente del Ministerio de Salud donde trabaja, para poder costear la recuperación de su hijo.

Él está bien de espíritu, cada día está más sano, más saludable, no abandona la recuperación”, resaltó.

Recordó que la responsabilidad del Estado no se da solo por no indemnizar el tratamiento de su hijo que sufrió un accidente en una aeronave estatal, sino por verse obligado a abordarla, debido a la falta de caminos y transporte público que le facilitara el traslado hasta el campus universitario de la Universidad Nacional de Asunción (UNA), donde José estudia ingeniería agrónoma.

La demanda presentada por el abogado Carlos Abadíe Pankow detalla los tratamientos de rehabilitación afrontados por Zaván y precisa que su representado aún tiene pendiente una serie de operaciones para lograr la independencia y funcionalidad en su capacidad motriz, por lo que exigió una indemnización de G. 16.239.145.514, de los cuales G. 5 mil millones correspondían a daño moral, G. 1.000.000.000 en concepto de daño emergente y lo demás a los gastos incurridos en las distintas etapas de su tratamiento, algunos son:

  • Gastos Farmacéuticos: G. 45.000.000.
  • Especialidades Médicas: G. 3.000.000.
  • Estudios de Imágenes y Laboratoriales: G. 19.400.000.
  • Nutrición Trofoterapeutica: G. 12.000.000.
  • Transporte: G. 3.000.000.
  • Fisioterapia y Kinesiología: G. 10.000.000.
  • Otros Insumos de Confort y Tratamiento: G. 5.000.000.
  • Cuidados de Enfermería: G. 10.000.000.
  • Productos Ortopédicos: G. 4.000.000.
  • Tratamientos en Gimnasio: G. 5.000.000.
  • Honorarios Profesionales: G. 110.400.000.

En su resolución, la integrante del tribunal de apelación, Rocío González Morel, argumentó lo siguiente: “la parte actora no probó con medios fehacientes que, en el lapso de 1 (un) año siguiente al accidente aéreo —plazo dentro del cual debía haber iniciado la acción indemnizatoria por responsabilidad civil derivado de la aeronavegación—, el damnificado se encontrara efectivamente incapacitado para promover el presente juicio, ya sea por causas de fuerza mayor, incapacidad física o mental debidamente acreditada”.

Vaccari indicó que hasta el momento no habló con sus abogados para recurrir esta última resolución ante la Corte Suprema de Justicia, última instancia que le quedaría.

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