Rufianería: el 54% de las personas denunciadas tiene vínculo familiar con víctimas

Imagen ilustrativa: explotación. Shutterstock

El Ministerio Público reveló que el 54% de las personas denunciadas por actos de rufianería mantiene un vinculo familiar con las víctimas. Según un informe especializado, el 40% de las víctimas también fueron sometidas a maltrato.

Mediante un informe elaborado por el Departamento de Estadísticas del Ministerio Público, orientado a analizar el perfil del hecho punible de rufianería, se evidencia que una proporción significativa del vínculo entre víctima y victimario es de carácter familiar.

Según la Fiscalía, esto implica la participación de personas del entorno cercano de las afectadas en el ilícito y al respecto explican que fueron tomadas como muestras 35 denuncias ingresadas entre 2021 y 2025.

También se identificó la participación de propietarios o responsables de establecimientos que, bajo la promesa de “empleo digno”, captan a las víctimas para posteriormente someterlas a situaciones de explotación.

Sobre este grupo, aseguran que representa el 29% de las personas denunciadas, mientras que los conocidos, vecinos, amigos, allegados y personas desconocidas concentran en conjunto el 16%, nuevamente según datos del Observatorio del Ministerio Público.

Vulnerabilidad

En lo que refiere a las condiciones de vulnerabilidad, el informe señala que el 40% de las víctimas fue sometida a maltrato, al igual que el 30% presenta adicción a sustancias y otro 30% se encuentra en situación de pobreza.

Asimismo, en el contexto de ocurrencia, se observa que los hechos se registran principalmente en residencias o viviendas particulares, las cuales son utilizadas como espacios de explotación.

“Esta situación agrava el estado de vulnerabilidad, considerando que el entorno familiar se configura como un espacio de riesgo y no como un espacio de seguridad y protección como lo es el seno familiar”, detallan.

Por otra parte, otros ámbitos identificados son:

  • Casas de citas
  • Ofertas laborales engañosas
  • Bares, cabarets y clubes
  • Situaciones de criadazgo

En lo que refiere al perfil de las víctimas, el 93% corresponde al sexo femenino y el análisis revela además una alta incidencia en menores de edad, quienes deberían contar con protección en el ámbito familiar, pero se encuentran expuestos a contextos de riesgo bajo el control de sus victimarios.

Imagen ilustrativa: hechos punibles contra menores.

En cuanto a la edad, el 50% de las víctimas tiene entre 0 y 17 años, el 40% se ubica en el rango de 18 a 29 años y el 6% corresponde a personas de 30 años o más, conforme a los datos de estadística de la Fiscalía.

Perfil de los victimarios

En el caso de las personas sindicadas como responsables, todas superan los 30 años de edad y, en cuanto al sexo, el 68% corresponde a mujeres, mientras que el 32% restante, a hombres.

El informe identifica además la concurrencia de otros hechos punibles vinculados, entre los que se destacan la trata de personas, que representa el 54%, y la coacción sexual y violación el 46%, informa el Observatorio del Ministerio Público.

La mayor cantidad de denuncias se registra en horas de la mañana, particularmente los días lunes y jueves, lo que sugiere que los hechos se producen con mayor frecuencia durante los fines de semana.

En relación con la distribución temporal, se identifican como meses de mayor incidencia febrero, abril, octubre y noviembre, por lo que el comportamiento de este hecho punible presenta características cíclicas, con incrementos asociados a periodos de mayor interacción social y consumo.

En el caso de los departamentos con mayor incidencias, estos son:

  • Caaguazú
  • Itapúa
  • Central
  • Canindeyú

Pero también se suma la capital, Asunción.

¿Qué es la rufianería?

Según la Fiscalía, la rufianería consiste en la explotación económica de una persona que ejerce la prostitución.

El artículo 129, inciso a), de la Ley 3440/08 Que modifica varias disposiciones de la Ley 1.160/97 del Código Penal Paraguayo establece que quien explote a una persona en dicha situación, aprovechándose de sus ganancias, será sancionado con pena privativa de libertad de hasta 5 años.

La prostitución en sí no constituye un hecho punible en Paraguay; no obstante, cuando una persona obliga a otra a ejercerla se configura un delito, el cual se agrava si el autor es un familiar de la víctima.

En este contexto, la Ley N.º 5777/16 establece en su artículo 6, inciso d), que la violencia sexual comprende toda acción que vulnere el derecho de la mujer a decidir libremente sobre su vida sexual, mediante cualquier forma de amenaza, coacción o intimidación.

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