Las declaraciones del legislador Mario Varela (ANR, Añetete) surgen luego de que el JEM diera entrada a la denuncia que presentó contra magistrados de Alto Paraná que resolvieron ordenar la eliminación definitiva de cuatro publicaciones del archivo digital de ABC Color, en el marco de un juicio de habeas data promovido por Estanislao Franco de Oliveira, alias Chilao.
Para Varela, el caso trasciende el conflicto entre un particular y un medio de comunicación, debido a que involucra directamente derechos constitucionales vinculados con la libertad de expresión, la libertad de prensa y el acceso ciudadano a la información.
El senador señaló que la denuncia reviste “una gravedad importante” porque está relacionada con el derecho colectivo de la ciudadanía a acceder a información, con las únicas limitaciones establecidas por la Constitución.
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“No debe existir ninguna ley o decisión judicial que restrinja el acceso a la información”, afirmó Varela, al remarcar que toda persona tiene derecho no solamente a generar, procesar y debatir información, sino también a recibirla.
El legislador evitó, no obstante, adelantar una posición sobre la eventual responsabilidad de los magistrados denunciados, debido a que el caso deberá ser analizado jurídicamente por el propio JEM.
“Nosotros tenemos que determinar en el caso de esta denuncia en particular si es que hubo o no censura”, manifestó.
El JEM analizará si hubo censura judicial
Varela explicó que la Ley N° 6814, que regula el funcionamiento del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados, establece un procedimiento para que el órgano pueda analizar de oficio determinadas publicaciones que revistan interés público o social.
Según explicó, una vez transcurrido el plazo correspondiente sin que determinadas autoridades presenten una denuncia, el JEM puede analizar la noticia y determinar si existen elementos que ameriten una investigación preliminar o eventualmente un enjuiciamiento.
En este caso, el legislador considera especialmente relevante determinar si las resoluciones judiciales cuestionadas pudieron constituir un acto de censura contra la prensa.
El artículo 26 de la Constitución Nacional garantiza la libertad de expresión y de prensa y establece que la difusión del pensamiento y de la opinión no debe estar sujeta a censura.
“No conozco antecedentes similares”
Consultado si existen antecedentes de casos similares que hayan llegado al Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados, Varela respondió que desconoce precedentes de esta naturaleza.
El senador destacó como una particularidad del caso la utilización de figuras y garantías constitucionales para intentar restringir publicaciones periodísticas.
“Desconozco que haya antecedentes de esta naturaleza para restringir publicaciones periodísticas”, señaló.
Las publicaciones cuestionadas abordaban asuntos de interés público relacionados con presuntos esquemas de contrabando, control de importaciones en la frontera, litigios de tierras y declaraciones de autoridades nacionales.
Cuatro publicaciones fueron alcanzadas por la resolución
La Editorial Azeta SA, editora de ABC Color, promovió una acción de inconstitucionalidad ante la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia contra dos resoluciones judiciales dictadas en Alto Paraná.
Los fallos cuestionados ordenaron eliminar de manera definitiva cuatro publicaciones del archivo digital del medio.
El abogado César Coll Rodríguez, representante legal de ABC Color, calificó las decisiones judiciales como un acto de “censura” y sostuvo que las resoluciones incluso reconocen que las publicaciones eran veraces y de interés público, pero igualmente ordenan su eliminación.
El profesional también cuestionó que entre las publicaciones afectadas se encuentren informaciones que incluían la versión o descargo de autoridades mencionadas en las noticias.
Varela: el caso puede terminar en una investigación preliminar
El senador explicó que, una vez cumplido el plazo establecido, el JEM estará habilitado para realizar el análisis jurídico correspondiente.
Indicó que el plazo vencería el 9 de octubre, fecha a partir de la cual el órgano podrá estudiar el caso y determinar si corresponde iniciar una investigación preliminar o, eventualmente, un proceso de enjuiciamiento.
La cuestión central será establecer si la actuación de los magistrados denunciados puede constituir un supuesto de mal desempeño de funciones.
Por ahora, Varela evitó adelantar criterio sobre el fondo de la cuestión, pero dejó planteado el principio que considera fundamental en este caso: el derecho de la ciudadanía a acceder a información no puede ser restringido mediante decisiones que impliquen censura a la prensa.