La firma electrónica avanza en Paraguay de la mano de la digitalización de los servicios públicos y empresas que la adoptan en sus procesos, informó el Ministerio de Tecnologías de la Información y Comunicación (Mitic). Esta guía explica qué es, cómo obtenerla, cuánto cuesta y qué documentos todavía requieren una firma manuscrita.
¿Es lo mismo la Identidad Electrónica y firma electrónica?
El viceministro de Tecnologías de la Información y Comunicación TIC de Mitic, Klaus Pistilli, explicó que la Identidad Electrónica es el mecanismo que permite a los ciudadanos autenticarse para acceder a los servicios digitales del Estado.
Con ella es posible ingresar al Portal Paraguay y consultar documentos digitales con validez legal, como la cédula de identidad, la licencia de conducir, la habilitación vehicular y la cédula verde del vehículo. Una vez que el usuario acredita su identidad, puede utilizar la firma electrónica para completar distintos trámites en línea.
¿Para qué sirve la firma electrónica?
Actualmente permite firmar solicitudes, formularios, declaraciones, expedientes electrónicos y otros documentos administrativos sin necesidad de imprimirlos. En el ámbito privado también facilita la contratación de distintos servicios.
El director de la Cámara Paraguaya de Fintech (CPF), Bruno Vacotti, señaló que hoy los usuarios ya pueden abrir cuentas bancarias de manera completamente remota, contratar créditos y seguros, firmar pagarés, suscribir contratos de servicios financieros, autorizar débitos e incluso cumplir obligaciones tributarias utilizando esta herramienta.
Según explicó, estos procesos eliminan la necesidad de acudir físicamente a una sucursal y reducen considerablemente los tiempos de gestión.
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¿Tiene la misma validez que una firma manuscrita?
Sí, aunque existen diferencias entre los distintos tipos de firma electrónica.
El abogado especialista en ciberseguridad Sebastián Ibarra explicó que la Ley Nº 6822/2021 “de los Servicios de Confianza para las Transacciones Electrónicas, del Documento Electrónico y de los Documentos Transmisibles Electrónicos” distingue entre la firma electrónica no cualificada y la firma electrónica cualificada.
Esta última posee el mismo efecto jurídico que una firma manuscrita porque se emite mediante un certificado expedido por un prestador cualificado de servicios de confianza.
La firma electrónica no cualificada también tiene validez jurídica, pero si el firmante niega haberla utilizado será necesario demostrar su autenticidad, generalmente mediante una pericia informática u otras evidencias.
Ibarra también aclaró que el término “firma digital” ya no existe técnicamente dentro de la legislación paraguaya desde la entrada en vigencia de la Ley Nº 6822/2021 “De los servicios de confianza para las transacciones electrónicas, del documento electrónico y los documentos transmisibles electrónicos”. Actualmente la denominación correcta es firma electrónica cualificada.
¿Cómo obtener la firma electrónica?
El procedimiento depende del tipo de usuario. Para la ciudadanía en general, la firma electrónica debe obtenerse a través de alguno de los Prestadores de Servicios de Confianza autorizados por la autoridad competente.
En Paraguay, la autoridad competente es la Dirección General de Firma Digital y Comercio Electrónico, dependiente del Ministerio de Industria y Comercio (MIC), que administra la Autoridad Certificadora Raíz (AC Raíz). Esta entidad habilita y supervisa a los Prestadores Cualificados de Servicios de Confianza (PCSC), que actualmente son seis y los únicos autorizados para emitir certificados cualificados de firma electrónica con validez jurídica.
Cada prestador establece el procedimiento para emitir el certificado y define el costo correspondiente, según el tipo de certificado solicitado.
Además, existen otros cuatro prestadores de servicios de confianza no cualificados, cuyos certificados no tienen el mismo efecto jurídico que la firma electrónica cualificada.
En cambio, los funcionarios públicos alcanzados por la Resolución Mitic Nº 132/2025 que modifica ciertos lineamientos de la firma electrónica pública y aprueba la guía de buenas prácticas para el servidor público pueden realizar el trámite completamente en línea y sin costo.
Pistilli explicó que solamente deben ingresar al Portal Paraguay utilizando su Identidad Electrónica, acceder a la sección “Mi Firma Electrónica”, validar su correo institucional y generar el certificado siguiendo los pasos del sistema.
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¿Cuánto cuesta?
No existe un precio único. El MITIC aclaró que cada prestador autorizado fija el valor del certificado que ofrece.
Por su parte, Vacotti recordó que existen algunos casos específicos en los cuales determinados certificados pueden obtenerse sin costo, como el utilizado para operar en e-Kuatia’i, disponible en oficinas de la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT).
¿Qué documentos todavía no pueden firmarse electrónicamente?
Aunque la legislación reconoce ampliamente la validez de la firma electrónica, existen actos jurídicos que todavía requieren otras formalidades.
Según explicó Ibarra, continúan excluidos aquellos casos en los cuales la ley exige escritura pública o presencia física de las partes.
Entre ellos figuran las donaciones de inmuebles, las hipotecas, los testamentos, el matrimonio y el reconocimiento de hijos.
En esos supuestos sigue siendo necesaria la firma manuscrita y la intervención de las autoridades correspondientes.
¿Qué cuidados debe tener el usuario?
El principal consejo de los especialistas es proteger las credenciales de acceso.
Ibarra recordó que el titular del certificado es responsable de custodiar su PIN, contraseña o dispositivo utilizado para generar la firma. “Nunca compartir el PIN ni el token” es una de las principales recomendaciones, ya que la ley presume que los documentos firmados con esas credenciales fueron realizados por su titular.
En caso de pérdida del dispositivo o sospecha de vulneración, el usuario debe comunicar inmediatamente la situación al prestador del servicio.
Para las firmas electrónicas no cualificadas, el especialista aconseja conservar correos electrónicos, registros de acceso y demás evidencias que puedan acreditar posteriormente la autoría del documento en caso de controversias.
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¿Quiénes pueden beneficiarse?
La firma electrónica no está pensada únicamente para grandes empresas. Según el MITIC, cualquier ciudadano puede utilizarla para realizar trámites con el Estado, mientras que las entidades financieras ya la emplean para facilitar la contratación de productos sin necesidad de acudir a una sucursal.
Para las mipymes, además, representa una herramienta que puede reducir gastos en impresión, archivo físico, mensajería y traslados.
El desafío, coinciden autoridades y especialistas consultados, pasa ahora por ampliar su utilización, reducir las barreras de acceso y aumentar el conocimiento de una herramienta que ya cuenta con respaldo legal y que cada vez tiene más aplicaciones en la gestión pública y privada.