La doctora Nora Ruoti Cosp, abogada, contadora y especialista en derecho tributario y societario, aclara que el reciente acuerdo celebrado entre la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT) y la Asociación de Bancos del Paraguay (Asoban) no crea facultades extraordinarias para el fisco, ya que la legislación tributaria vigente ya permitía requerir información financiera bajo procedimientos normados.
Sin embargo, la experta enfatiza que este convenio optimiza sustancialmente la coordinación institucional y la velocidad de respuesta entre la banca privada y la administración tributaria. Gracias a una mayor digitalización y trazabilidad, los controles se vuelven automáticos, por lo que las operaciones informales o descuidadas quedan expuestas con mayor facilidad.
“Cobrame en mi cuenta personal”: la trampa de mezclar finanzas
Uno de los errores más frecuentes señalados por Ruoti ocurre cuando una empresa concreta una venta o servicio, pero instruye al cliente a depositar o transferir el pago a la cuenta bancaria personal del propietario o socio.
Aunque esta práctica suele justificarse por comodidad o practicidad del momento, la especialista advierte que genera un grave problema contable. Ante una eventual verificación, el contribuyente deberá explicar y justificar técnicamente por qué un ingreso de naturaleza comercial o empresarial entró al patrimonio particular de una persona física.
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“Te presto mi cuenta”: favores informales que dejan huella
Prestar la cuenta bancaria para recibir dinero de familiares o amigos es otra costumbre sumamente arraigada. Sin embargo, Nora Ruoti alerta sobre los riesgos de esta práctica: al ingresar montos significativos, como G. 30 millones, G. 50 millones o cifras superiores, la transacción queda registrada en el sistema bancario de forma indeleble.
Posteriormente, si la administración tributaria detecta el movimiento, el titular de la cuenta será el responsable de demostrar documentalmente a quién pertenecía realmente ese dinero, la causa del movimiento y por qué utilizó su cuenta como puente financiero.
Pagar gastos personales con la tarjeta de la empresa
El uso de tarjetas de crédito o débito corporativas para compras cotidianas es otro punto crítico analizado por la contadora. Realizar compras en el supermercado, abonar viajes, restaurantes, electrodomésticos o gastos familiares con fondos de una firma comercial exigen un respaldo tributario y contable que muchas veces no existe.
La experta recalca que este tipo de erogaciones no deducibles o sin sustento comercial pueden derivar en reparos fiscales por presuntas retribuciones no declaradas o inconsistencias patrimoniales.
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Préstamos familiares sin respaldo documental
Respecto a la recepción de préstamos de dinero por parte de parientes o allegados, Ruoti subraya que la operación en sí es perfectamente legítima. El problema surge cuando se carece de contratos con fecha cierta, recibos o pagarés que permitan respaldar el origen legítimo de los fondos.
Al cabo de unos años, sin la documentación adecuada, resulta casi imposible probar ante una inspección el concepto de dicho ingreso, lo que puede ser catalogado como un incremento patrimonial no justificado.
La prevención y el orden: la mejor defensa tributaria
Nora Ruoti concluye que el argumento “siempre lo hice así” carece de sustento legal y no constituye una defensa válida ante los controles modernos. La dificultad principal no es el movimiento bancario en sí, sino la imposibilidad de justificar documentalmente el origen, la titularidad y la causa de los fondos.