Rendición de cuentas hasta el último guaraní

Finalmente, el Poder Ejecutivo se salió con la suya, utilizó la “aplanadora” y consiguió la aprobación, con algunas modificaciones, de la polémica ley por la cual “se establecen medidas extraordinarias de gestión para las finanzas públicas”, que le autoriza a colocar bonos del Tesoro por 600 millones de dólares a ser incluidos en el Presupuesto 2023, pero, y aquí lo grave, con amplias discrecionalidades para la utilización del dinero sin necesidad de específica asignación presupuestaria previa, por encima de las facultades delimitadas por la Constitución Nacional y en contra de los principios del derecho administrativo. El antecedente similar más cercano, en otro contexto, es el de las leyes de emergencia durante la pandemia, con los resultados conocidos: mucho endeudamiento, mucho despilfarro y pocas soluciones de fondo. En aquella oportunidad se prometió “rendir cuentas hasta el último guaraní” y no se cumplió. Sería muy lamentable que eso volviera a ocurrir.

Cargando...

Antes fue la crisis sanitaria, ahora es la alegada necesidad de ponerse al día con contratistas y sanear la contabilidad estatal; periódicamente surge alguna situación de emergencia, siempre aparece un buen pretexto para saltarse las normas de la administración pública. A los gobiernos les molesta seguirlas, se quejan de la burocracia y de tener que someterse a los controles institucionales; dicen que les atan las manos y se presentan como que ellos sabrán manejar los recursos de la manera más conveniente. Pero la experiencia demuestra invariablemente que, a mayor laxitud, mayor derroche, más desvíos y más corrupción.

Lo cierto es que tales normas pueden ser engorrosas, pero por algo están, no solo en Paraguay, sino que son internacionalmente aceptadas y, con algunas lógicas variaciones, rigen en todos los países democráticos donde impera el Estado de derecho, que ha sido violentado en esta oportunidad.

La nueva ley en cuestión concede al Poder Ejecutivo la potestad de “proceder a la ampliación de los ingresos, gastos y financiamiento dentro del Presupuesto General de la Nación del corriente año, a los efectos de realizar las adecuaciones presupuestarias necesarias para la utilización de los recursos no comprometidos de préstamos y bonos que hayan sido aprobados por ley”. El problema es que en ninguna parte, ni directa ni indirectamente, la Constitución Nacional le otorga al Poder Ejecutivo esa facultad y, por el elemental principio de legalidad, en el derecho público, a diferencia del derecho privado, todo lo que no está expresamente permitido está prohibido.

El único facultado por la Constitución para aprobar “adecuaciones presupuestarias” es el Poder Legislativo, de acuerdo con el artículo 205, numeral 5 de la Carta Magna, mientras que en ningún inciso del artículo 238, donde se especifican los deberes y atribuciones del Presidente de la República –que ejerce unipersonalmente el Poder Ejecutivo– se le autoriza a gastar fondos públicos al margen del Presupuesto.

Ni el Congreso puede delegar una función constitucional ni el Ejecutivo puede arrogarse atribuciones no contempladas en la Constitución, por lo que esta nueva ley es claramente irregular. Pero nada de eso importó a la mayoría oficialista en ambas cámaras, con lo que se cometió una grave falta cuyas consecuencias todavía están por verse.

La justificación esgrimida es la necesidad de adoptar medidas extraordinarias para cancelar deudas vencidas con contratistas de obras públicas y proveedores de bienes y servicios del Estado en las áreas de salud y otras. Según el Ministerio de Economía, estos atrasos no se estaban contabilizando para maquillar las cuentas estatales y adecuarlas artificialmente al tope fijado cada año al déficit fiscal, por lo que la ley sancionada también eleva esa barrera al 4,1% del PIB para este ejercicio, casi el doble de la prevista inicialmente.

La nueva ley autoriza para ese fin un endeudamiento extra de 600 millones de dólares, para lo cual se recurrirá a una riesgosa ingeniería financiera, debido a las altas tasas de interés que predominan actualmente en el mercado internacional de capitales. Pero lo peor es que, increíblemente, ni siquiera se conoce a ciencia cierta cuál es el monto específico de esos vencimientos. Se han lanzado diversas cifras. En obras públicas, por ejemplo, se hablaba de 200 millones de dólares. Ahora el Gobierno habla de 350 millones de dólares y el sector privado de 400 millones, más 80 millones de intereses.

El ministro Carlos Fernández Valdovinos aseguró que se realizará una auditoría de cada una de las deudas y que “no tenemos intención” de pagar las que no se ajusten a lo que corresponde. Dijo que se hará una fiscalización de obras construidas, una verificación estricta con las farmacéuticas, se evaluará “la racionalidad” de las licitaciones y, dado el caso, se elevarán antecedentes a la Contraloría y a la Fiscalía. Le tomamos la palabra, pero, además, ya que el Congreso renunció a sus obligaciones constitucionales, el Gobierno tiene que informar detalladamente a la ciudadanía el destino de cada centavo de este cheque al portador que está recibiendo. Solo entonces sabremos si son realmente diferentes.

Enlance copiado
Content ...
Cargando...Cargando ...