Renuncias masivas de magistrados para jubilarse, constituye una crisis para el PJ, advierte ministro

El ministro Eugenio Jiménez Rolón, ante la jubilación masiva de jueces, fiscales y defensores públicos, alertó a los poderes del Estado para tomar alguna medida para frenar esta situación que ya constituye una crisis para el Poder Judicial. Hasta propuso modificar la ley del sistema jubilatorio porque una antigua ley vigente permite a los jueces pasar a retiro con solo 50 años de edad y 20 años de aporte.

Sesión plenaria de ministros de la Corte Suprema de Justicia.
Sesión plenaria de ministros de la Corte Suprema de Justicia.gentileza

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En reiteradas sesiones plenarias, los ministros de la Corte Suprema de Justicia están aceptando las renuncias masivas de jueces que pretenden beneficiarse con la jubilación. En las últimas dos sesiones, los ministros aceptaron las renuncias de 20 jueces, fiscales y defensores públicos, quienes solicitaron pasar a retiro.

El ministro Eugenio Jiménez Rolón manifestó su preocupación por las renuncias masivas del operadores del Sistema de Justicia. “Estamos en una situación que debe preocupar a la Corte Suprema de Justicia, y de hecho nos preocupa a todos. Los magistrados que renunciaron (en estas semanas) son muy destacados, no solamente por su capacitación profesional, sino por sus conductas absolutamente intachables”, indicó.

Jiménez Rolón agregó que las renuncias masivas es un tema, además de preocupar a la Corte como de hecho sucede, debería llevarnos a reflexionar sobre qué debemos hacer para que esto no continúe, porque en verdad se está convirtiendo en una verdadera crisis para el Poder Judicial y para la República en general, significó.

Cambio en la ley de jubilación

Jiménez Rolón fue más allá e incluso propuso a sus colegas, el cambio de la legislación del sistema jubilatorio, con tal de frenar las renuncias masivas para este fin.

“Se me ocurre que podemos tomar contacto con los otros poderes del Estado, porque el Poder Judicial de hecho no puede inmiscuirse en lo que es competencia exclusiva del Legislativo, por ejemplo, en materia de modificación de leyes jubilatorias”, dijo el ministro.

Sin embargo, -prosiguió- se puede tomar contacto sobre la base de lo que dispone el Art. 3° de la Constitución Nacional a los efectos de ver alguna medida que pueda servir de paliativo a esta situación.

“Estamos perdiendo magistrados muy destacados, sabemos lo que le cuesta al Estado la formación de un buen magistrado, los años que eso implica. También, en virtud a la potestad de iniciativa legislativa que la Carta Magna otorga a la Corte, y proponer un proyecto de ley, aunque sea de efecto transitorio, para que esto se corte (renuncias masivas), porque se está convirtiendo en un problema grave. Entonces quisiera recurrir a los colegas para ayudarnos para pensar, cual sería la vía para encontrar la solución a lo que estoy señalando”, dijo preocupado en la sesión.

Felicitó a magistrados jubilados

Por su parte, el ministro de Corte Alberto Martínez Simón, en la sesión de este miércoles, destacó la gestión como magistrados de los que recientemente renunciaron para jubilarse. En ese sentido, dio las gracias a los camaristas Alma Méndez de Buongermini, María Mercedes Buongermini Palumbo, Gustavo Adolfo Ocampos González y Verónica Velázquez de Ocampos.

De los magistrados dijo que “han marcado una época en el Poder Judicial. Son gente de gran valía, de probada ética y honestidad intachable, y es justicia que en este momento le demos las gracias a estos camaristas”. Seguidamente dijo que “los vamos a extrañar en los tribunales, personal y profesionalmente”.

A su turno, el ministro Víctor Ríos Ojeda solicitó, que en las resoluciones de aceptación de renuncias por jubilación, se den las “gracias por los servicios prestados”, que fue aprobado por los demás miembros.

Los renunciantes magistrados, fiscales y defensores públicos, por jubilación

  • Abg. María del Carmen Novais de Gavilán, Juez de Primera Instancia en lo Electoral de la Capital del Segundo Turno.
  • Abg. Graciela Rojas Rojas, Defensora Pública de la Capital.
  • Abg. Carla Saccarello Dos Santos, Defensora Pública de la Capital.
  • Abg. Alma Méndez de Buongermini, Miembro de Tribunal de Apelación del Trabajo de la Capital, Segunda Sala.
  • Abg. María Mercedes Buongermini Palumbo, Miembro de Tribunal de Apelación en lo Civil y Comercial, Tercera Sala.
  • Abg. Ana Teresa Barrios, Juez de Paz de Ava’i de la Circunscripción Judicial de Caazapá.
  • Abg. Gustavo Adolfo Ocampos González, Miembro del Tribunal de Apelación en lo Penal, Primera Sala de la Capital.
  • Abg. Verónica Velázquez de Ocampos, Miembro del Tribunal de Apelación en lo Civil y Comercial, Tercera Sala de la Capital.
  • Abg. Alice Inocencia González Delorenzi, Juez de Primera Instancia de la Niñez y la Adolescencia de la Capital.

También renunciaron

  • Abg. Ysaac Clemente Ferreira, Agente Fiscal de la Unidad N° 2 Especializada en la Lucha contra el Narcotráfico de Asunción.
  • Abg. Antonia Vanesa Candia Acosta, Agente Fiscal en lo Penal de la Unidad Penal N° 7 de Ciudad del Este, Región II – Alto Paraná.
  • Abg. Dora Fátima Beatriz Irrazabal Troche, Agente Fiscal en lo Penal de Asunción.
  • Abg. Edgar Gustavo Sánchez Caballero, renuncia al cargo de Agente Fiscal Penal de San Lorenzo.
  • Abg. Ernesta Nelly Alderete Aranda, Juez de Sentencia N° 2 de Caazapá – Circunscripción Judicial de Caazapá.
  • Abg. Eulogio Julián López Aquino, Juez de Etapa Preparatoria – Circunscripción Judicial de la Capital.
  • Abg. Jazmín Thamara Elizabeth Ortiz de Bonzi, Defensor Público en lo Penal de Asunción, Circunscripción Judicial de la Capital.
  • Abg. Liliana Elizabeth Alcaraz Recalde, Agente Fiscal Penal – Lambaré.
  • Abg. Marco Antonio Alcaraz Recalde, Fiscal Adjunto del Área Penal.
  • Abg. María Eugenia Giménez de Allen, Miembro del Tribunal de Apelación de la Niñez y la Adolescencia – Circunscripción Judicial de Central.

Ley vigente de jubilación de magistrados

La Ley N° 2345 del año 2003 “De Reforma y Sostenibilidad de la Caja Fiscal, Sistema Jubilatorio y Pensiones del Sector Público”, dispone:

Artículo 10.- Podrán obtener la jubilación quienes cuenten con, por lo menos, cincuenta años de edad y un mínimo de veinte años de servicio. El monto de la jubilación se calculará multiplicando la Tasa de Sustitución por la Remuneración Base, tal como se la define en el Artículo 5º de esta ley.

Una ley más antigua

También el Decreto Ley N° 23 del año 1954, que aún estaría vigente, asimismo posibilitaría a los magistrados poder jubilarse con solo 50 años de edad y 24 años de aporte, y a cambio recibirán el 94% del salario.

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