El juez Pablino Barreto, presidente del Tribunal de Sentencia que condenó al senador colorado Erico Galeano Segovia a 13 años de pena privativa de libertad por lavado de dinero y asociación criminal, destacó la importancia del testimonio de la escribana que realizó el contrato privado de venta de la residencia que el legislador tenía en Altos a Hugo González Ramos, supuesto testaferro del supuesto líder de la organización Miguel Angel Insfrán, alias “tío Rico”.
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Recordemos que la primera pista acerca de la vinculación del legislador con el lavado de dinero surgió cuando en uno de los allanamientos realizados en el marco de la Operación A Ultranza Py, los investigadores encontraron una factura de la ANDE a nombre de Erico Galeano en una residencia del exclusivo condominio Aqua Village, ubicado en Altos.
El legislador presentó un contrato privado de compra venta, donde figura que el 14 de octubre de 2020 vendió la propiedad a Hugo González Ramos (prófugo), por US$ 1.000.000, pagados al contado, según contrato privado realizado ante la escribana Olga Graciela Peralta.
Testimonio “clave” sobre venta de inmueble
“La celebración de dicho contrato fue realizada con la finalidad de no dejar rastro en relación al verdadero comprador, identificado como Miguel Ángel Insfrán Galeano, alias Tío Rico, quien precisamente en el año 2020, junto con Sebastián Marset, formó parte de una organización transnacional creada en el territorio nacional, la cual desde nuestro país envió al extranjero cargas de clorhidrato de cocaína, específicamente, en fechas anteriores al mencionado acto de compra-venta, mediante las empresas Maxi Grains SA y Artis SA”, explicó el magistrado.
Barreto agregó que “el dinero entregado proviene de la estructura encabezada por Insfrán y Marset; el acusado recibió US$ 1.000.000 en efectivo y se probó que el comprador formal no tenía la capacidad económica para solventar esa compra. ¿Por qué? Uno, González Ramos, quien figura como comprador formal, no tenía patrimonio acorde con esa operación, no tenía un flujo financiero, no registró préstamos y no declaró la operación”.
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Añadió el presidente del colegiado que “también una modalidad de pago que se realizó en efectivo y en pandemia, es decir, US$ 1.000.000 en efectivo en 2020, en un contexto de crisis sanitaria, sin banco, sin transferencia, sin trazabilidad y sin operación de cambio de divisas. Un diputado nacional, que es una persona políticamente expuesta, conoce o debe conocer las reglas básicas del sistema financiero”.
El magistrado destacó que una operación de esa magnitud, en efectivo y con conteo mecánico, “es un patrón objetivamente típico de dinero no bancarizado y de evitación deliberada de trazabilidad”, lo que no podría ser considerado un detalle, sino “un signo fuerte de origen ilícito”.
Intención de Erico Galeano de eludir control, en evidencia
En este escenario, para el Tribunal, la estructura elegida para la operación comercial -un contrato privado- obedeció a la intención de evitar los controles.
“La propia escribana explica del por qué no hizo el reporte sospechoso, porque el vínculo se dio a través de un contrato privado y la propia escribana dijo de que la obligación de reportar surge a partir de que la operación se materialice en una escritura pública. Cosa que aquí no ocurrió. Y con respecto a ello, lo que se buscó con eso era evitar alertar a los organismos de control, justamente porque una operación de esa magnitud por escritura pública alertaba controles”, destacó el presidente del Tribunal.
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“Para este Tribunal, esta forma de operación no fue una mera informalidad, sino una selección funcional de ocultamiento. Cuando una persona elige un mecanismo menos controlado para calificar, sobre todo una transacción millonaria, como sucedió con este caso, el dato es pertinente para todos. Quien procura ocultamiento no actúa bajo la creencia de licitud, sino actúa bajo conocimiento”, agregó Barreto.
Fiscalía pidió prisión de Erico, por amedrentar a testigo
El pasado 13 de enero, durante la presentación de los alegatos finales del Ministerio Público, los fiscales Silvio Corbeta y Deny Pak solicitaron una condena de 17 años de cárcel para Erico Galeano.
Asimismo, Pak requirió además al colegiado que deje sin efecto la medida alternativa a la prisión con que cuenta el legislador y decrete su prisión preventiva. Entre los motivos expuestos por el fiscal, está el amedrentamiento a la escribana Olga Peralta.
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Pak relató que el 5 de setiembre pasado, luego de declarar en juicio, la escribana Peralta fue increpada por el acusado y por su entonces abogado Cristóbal Cáceres en las afueras de la sala de juicio, por las revelaciones que hizo al Tribunal. La escena fue filmada por un medio de comunicación y divulgada en redes sociales.
“Es decir, termina un juicio, viene una persona a declarar con la valentía que tuvo para venir acá a este juicio, declara y luego, precisamente, el abogado defensor y el acusado le increpan por lo que realizó (...)”, explicó Pak.
En su contestación, la defensa negó haber tenido la intención de amedrentar a la testigo y se disculpó por la veemencia del reclamo que le hizo.
El Tribunal de Sentencia resolvió no hacer lugar a la prisión preventiva de Galeano, tras destacar que el mismo cuenta con inmunidad parlamentaria hasta que la sentencia quede firme o quede fuera de la Cámara Alta.