Mafia de los pagarés: juicio a ex jueza pasa a mayo ante posible caos jurídico

La exjueza Nathalia Garcete (c) junto con su abogada Norma Thomen (+) ante el Jurado.

El juicio a la exjueza de paz de La Catedral 2° Turno, Nathalia Garcete, y otros tres fue postergado hasta mayo por el Tribunal de Sentencia, luego de que la Cámara de Apelación revocara su convocatoria para el 10 de marzo y advirtiera un posible caos procesal ante el hecho de que todavía faltan siete personas que deben afrontar audiencia preliminar en esta misma causa.

El Tribunal de Sentencias Especializado en Delitos Económicos, presidido por Matías Garcete e integrado por Adriana Planás y Sonia Sánchez Laspina, fijó inicialmente para el 10 de marzo el comienzo del juicio oral y público para la exjueza de Paz de La Catedral del 2° Turno Nathalia Guadalupe Soledad Garcete Aquino, pero lo postergó para el 18 de mayo próximo, por el caso de la mafia de los pagarés.

Además de Nathalia Garcete, deben ser juzgados la actuaria Olivia Mosqueda, los abogados Sun Young Bang, de Plan Urbano; José Olmedo y César Bogarín, de la Compañía Administradora de Riesgos SA (Carsa), y los oficiales de justicia Óscar Rivela y Cristian Martínez.

Sin embargo, otras siete personas deben afrontar audiencia preliminar, prevista para el 10 de marzo, ante el juez Humberto Otazú. Entre ellas, Miriam Adelaida Ortiz Aquino, Édgar Fabián Ayala Melo, Alfredo Samudio Benítez, Lucio Renato Sosa Cáceres, Juan Alberto Bogado, Pablo Matías Cabrera Irigoitia y Carlos Enrique Neffa Persano.

La resolución de retrasar el inicio obedece a que las defensas del abogado José Olmedo, la actuaria Olivia Mosqueda y la magistrada, repusieron con apelación en subsidio la convocatoria a juicio al considerar que no habría igualdad procesal en vista a que los hechos de la causa están conectados entre todos los acusados.

El Tribunal de Apelación en lo Penal Especializado en Delitos Económicos y Crimen Organizado, conformado por Arnulfo Arias, Gustavo Amarilla y Silvana Luraghi, consideró lo señalado por las defensas y revocó la providencia del Tribunal de Sentencia, en cuanto a la fecha de inicio del juicio.

Humberto Otazú, juez penal de garantías Especializado en Delitos Económicos, que tiene a su cargo la causa relacionada al juzgado de paz de La Catedral 2° Turno, por la que el 10 de marzo se debe realizar la audiencia preliminar a siete acusados.

Cámara advirtió sobre caos procesal

Al momento de emitir su voto, el camarista Arnulfo Arias calificó de despropósito la separación del juzgamiento para quienes fueron acusados en la misma causa, en atención a que para siete personas ya se había fijado fecha de inicio de juicio y otros siete aún deben afrontar audiencia preliminar.

Subrayó que los 14 procesados deberían tener una sola audiencia en la que se reciban las pruebas ofrecidas por las partes, ser escuchados y juzgados “a fin de evitar un desorden procesal por el juzgamiento separado”.

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Por su parte el camarista Gustavo Amarilla resaltó que “la separación de Juicios Orales en un mismo proceso como el de autos, constituye un claro despropósito en la consagración de los Principios de Concentración, Economía, Contradicción e Inmediatez”.

También insistió en que una causa en la que coexisten varios procesado merece el juzgamiento “en lo posible en una única audiencia de juicio”. Esto “a fin de evitar un caos procesal en el juzgamiento separado de quienes inclusive fueron acusados por el Ministerio Público en un mismo requerimiento”, enfatizó.

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Amarilla también manifestó que el juicio es el “único acto procesal en donde los jueces de sentencia finalmente terminan por valorar en conjunto los medios de pruebas desarrollados y así llegar a una convicción en el dictado de la sentencia definitiva que corresponda”.

Por su parte, la camarista Silvana Luraghi hizo principal hincapié en que “la fragmentación o división del juicio podría generar, inhibiciones y recusaciones por pre juzgamientos y con ello la dispersión del proceso”, además de que en caso de que se dispersen los juzgamientos se “podría generar fallos contradictorios”.

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Única jueza que fue removida por el JEM

El 20 de noviembre de 2025, el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM) aplicó la sanción de remoción del cargo de jueza de paz de La Catedral 2° Turno a Nathalia Garcete.

Los miembros, en el marco de su enjuiciamiento, comprobaron el mal desempeño de sus funciones en el marco de varios procesos ejecutivos tramitados en su juzgado y que causaron “lesión y perjuicio”.

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El entonces titular del órgano y ministro de la Corte, César Garay Zuccolillo, había señalado que las actuaciones de Garcete tuvo “consecuencias nefastas incluso desembocaron en exclusiones del sistema financiero sin posibilidad de reinserción. Derechos humanos fundamentales fueron vulnerados en las víctimas, cuyos sueldos han sido indebida e ilegalmente descontados mediante actos procedimentales completamente irregulares iniciados”.

Garcete es la única jueza de paz removida hasta ahora en el JEM, donde siguen con proceso la jueza de paz de la Encarnación Analía Cibils y el juez de paz de La Catedral 1° Turno, Enmanuel Villalba; los jueces de La Recoleta Víctor Rodríguez y San Roque, Lilian de Bristot, no llegaron a ser enjuiciados por haber renunciado antes.

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Cuarta recusación a un magistrado del caso

El 3 de marzo el abogado Álvaro Arias, quien ejerce la defensa del abogado de la firma Nexo, Aníbal Cino, recusó al juez penal de garantías Especializado en Delitos Económicos Rodrigo Estigarribia. Esto en el marco de la causa relacionada a la jueza de Paz de La Encarnación Carmen Analía Cibils Miñarro, quien está suspendida por la Corte Suprema de Justicia.

Arias pidió la acumulación de causas sobre su defendido, que también está acusado en la causa del juzgado de paz de San Roque, pero como el Tribunal de Apelación le rechazó, entonces presentó un recurso de casación ante la Corte.

Pese a que ese recurso tiene efecto suspensivo, Estigarribia igual intentó iniciar la diligencia, lo que dio pie a la recusación.

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Estigarribia, ante esta situación, consideró que tras ser confirmado, aplicará sanciones previstas en el Código Procesal Penal.

Esta es la cuarta recusación contra el juez. La primera la presentó el 11 de noviembre de 2025 la jueza de paz Analía Cibils, cuando iniciaba la audiencia preliminar en esta causa en la que ella está acusada, por prevaricato y producción de documentos públicos de contenido falso.

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