Prisión preventiva por “chismes” no se debería repetir jamás, afirma abogada de docente que será indemnizada

Olga Recalde Peters, abogada que representó a la docente Clementina Ruiz Díaz Ojeda en un juicio contra el Estado paraguayo, que fue condenado a pagarle una indemnización por daños y perjuicios.gentileza

Para la abogada Olga Recalde Peters, la sentencia que condenó al Estado paraguayo a indemnizar a una docente que estuvo casi 3 años presa por un crimen del que fue absuelta, tiene una doble función. Además de la reparación de los daños causados por la actuación arbitraria de operadores de justicia, la profesional destacó que el fallo también debe servir para prevenir el abuso de la prisión preventiva.

En conversación con Abc, la abogada de la docente Clementina Ruiz Díaz, Olga Recalde Peters, destacó la importancia de la sentencia que estableció la indemnización por daños y perjuicios por los 2 años, 9 meses y 7 días que su representada estuvo con prisión preventiva, no solamente para la afectada, sino también para el sistema de justicia.

“Particularmente, como abogada, estoy satisfecha con esta resolución porque a todas luces corresponde que ella sea indemnizada monetariamente. Si bien sabemos que el dinero que va a recibir no va a borrar ni compensar todo el sufrimiento por el que ella pasó, ella y su familia, porque ella dejó dos hijos menores prácticamente sin el alimento, porque a ella se le suspendió el cobro de salario que tenía como docente en ese momento”, expresó Recalde.

La letrada recordó que su representada recibió la noticia de la decisión judicial con mucha emoción, porque para ella, el valor de la sentencia va más allá de una cuestión meramente económica.

“Mas allá del dinero, es una reivindicación de su buen nombre”

“Ella se emocionó mucho. Tina está contenta porque más allá del dinero que ella va a recibir, es como limpiar un poco su nombre. Es una reivindicación de su buen nombre, porque ella fue señalada y hasta juzgada, ¿verdad?, por toda una sociedad que tomó como cierta la información que salió por todos los medios periodísticos de nuestro país. Porque estuvieron todos los canales, las radios, diarios... Fue tapa de diario por varios días. Entonces, eso quedó como una verdad absoluta: “La profesora Clementina Ruiz Díaz le mató a su bebé recién nacido”. Y no fue así, ¿verdad? Es un estigma demasiado fuerte con el que ella cargó hasta ahora", explicó.

Clementina Ruiz Díaz Ojeda, docente que estuvo casi tres años con prisión preventiva y que ahora será indemnizada por el Estado paraguayo.

Con relación a la parte procesal propiamente dicha, la letrada destacó la importancia de la resolución para establecer la responsabilidad directa del Estado por los hechos cometidos por sus agentes, en este caso Ministerio Público y el juzgado de Garantías.

“Esta es una discusión doctrinaria que hay, ¿verdad? Si en caso de errores judiciales hay que ir en contra de los agentes o hay que ir en contra el Estado. En este caso, yo particularmente decidí ir en forma directa contra el Estado porque creo que tiene que ser responsable del actuar de las personas que tienen cargos y poderes de decisión en nombre del Estado", señaló.

Estado puede accionar contra responsables de irregularidades

No obstante, la letrada explicó que el Estado puede accionar contra aquellos representantes cuyas actuaciones irregulares generaron el daño que motivó el resarcimiento, pero es una decisión que compete únicamente a la Procuraduría General de la República.

Por de pronto, abogó que esta sentencia sirva de motivación para que el Ministerio Público haga su trabajo con objetividad y para que los jueces de Garantías cumplan con el rol que les corresponde, de manera a evitar que este tipo de situaciones se repitan.

“Yo creo que esto tiene que servir para eso. Actualmente, creo que hay un abuso de la prisión preventiva, que se está utilizando inclusive en delitos que no tienen prevista como pena la prisión, pero se está imponiendo. En particular, tengo un caso actual hoy. Entonces, esa tiene que ser una medida extrema y hay que revisar todo. Creo que debe servir para eso, para mejorar en cuanto a la responsabilidad de ellos ”, indicó.

La profesional también exhortó a la Fiscalía General del Estado y a la Corte Suprema de Justicia a ejercer el control correspondiente a las actuaciones de sus funcionarios, para evitar arbitrariedades.

“Y como en este caso, que ya son irregularidades demasiado gruesas y demasiado perjudiciales, hay gente inocente que, que va a parar a la cárcel porque, porque se le antojó, por decirlo de alguna forma, a un agente fiscal. Esa es nuestra realidad. Yo recuerdo las palabras del presidente del tribunal, que sí utilizó que, en base a chismes, se llevó hasta un juicio oral este caso. Y que son cosas que no se deberían repetir nunca más”, afirmó, tras resaltar que en el caso de la docente, se había solicitado cambio de calificación y revisión de medidas en más de una ocasión, sin éxito.

Prisión preventiva en base a “chismes” y absolución en juicio oral y público

La demanda que dio inicio al proceso, presentada por la abogada Olga Recalde Peters, relata que el 6 de setiembre de 2013, su representada, la docente Clementina Ruiz Díaz Ojeda, dio a luz a su tercer hijo. El 8 del mismo mes, el bebé falleció, tras atragantarse con la leche y el cuerpo fue enterrado en el patio.

Sin embargo, la denuncia de lugareños sobre la “extraña desaparición” de la criatura motivó la apertura de un proceso por supuesto homicido doloso contra la docente, que estuvo presa desde el 23 de octubre de 2013 hasta el 1 de agosto de 2016, fecha en que fue absuelta en un juicio oral y público.

“Denunciaron (los lugareños) porque sabían que ella estaba embarazada y después no vieron al bebé y creyeron que ella debía informarle a todo el mundo, seguramente, que fue lo que pasó. Y eso llevó a un allanamiento que encontró el cuerpo de su bebé enterrado en el patio de su casa. Pero esa es una costumbre muy de nuestra gente de antes y del interior. Hay que ubicarse también en el contexto. Por supuesto, en Asunción o en una ciudad no hacemos eso, no enterramos a los angelitos en nuestro patio, porque para empezar los patios son pequeños. Pero en el interior es una costumbre. Si es un recién nacido, se le arma un nichito y se le tiene ahí”, explicó la abogada Recalde.

Estado paraguayo, condenado a pagar indemnización por daños y perjuicios

Tras recuperar su libertad, la docente accionó contra el Estado en reclamo de resarcimiento por los daños y perjuicios sufridos por la traumática experiencia vivida según sostuvo en la demanda, a causa de “chismes” de vecinos.

El 20 de febrero de 2024, el juez en lo civil y comercial del 11° turno, José Guillermo Trovato Fleitas, a través de la sentencia definitiva (SD) N° 52, condenó al Estado paraguayo a pagar a Clementina Ruiz Diaz un total de G. 853.122.437, en concepto de lucro cesante y daño moral, más los intereses al 2,3% mensual desde el 26 de julio de 2018, fecha en que se presentó la demanda.

Esta sentencia fue ratificada por el Tribunal de Apelaciones en lo Civil y Comercial, tercera sala, integrado por Juan Carlos Paredes Bordón, Antonia López de Gómez y Arnaldo Martínez Rozzano.

A través del Acuerdo y Sentencia N° 31, del 21 de mayo pasado, los camaristas Paredes Bordón y Martínez Rozzano votaron en mayoría por ratificar la condena dictada en primera instancia, mientras que Antonia López votó por ratificar la condena, pero reducir el monto a G. 444.122.437.

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