Discursos de “alto” rendimiento van contra leyes sobre inversiones del IPS

Titular del Instituto de Previsión Social (IPS), Jorge Brítez, con el presidente Santiago Peña.Gentileza/Presidencia de la República del Paraguay

Los discursos de “alto” rendimiento como justificativo del descomunal aumento de colocación de fondos de jubilaciones del IPS en el banco de los exsocios del presidente Santiago Peña es contrario a la Carta Orgánica del Seguro Social y la ley de creación de Superintendencia de Jubilaciones. Así lo evidencia el proyecto de pedido de informes a la previsional presentado por el diputado colorado Mauricio Espínola. Se busca conocer los modelos de riesgos y el escenario contrafáctico de inversión al mantener los requisitos suprimidos de los reglamentos.

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El proyecto de pedido de informes al Instituto de Previsión Social (IPS) presentado por el diputado colorado disidente Mauricio Espínola hace énfasis en la necesidad de conocer a profundidad sobre el cumplimiento de las leyes para la colocación de los fondos de jubilaciones y pensiones en las entidades financieras, especialmente en el banco Ueno, cuyo principal accionista es el Grupo Vázquez SAE (Federico Miguel Vázquez), exsocio comercial del presidente Santiago Peña.

Esta entidad financiera logró aumentar en un 300% la captación de recursos de la previsional, coincidentemente, luego de la supresión de requisitos, como patrimonio efectivo y alta calificación, de los reglamentos internos.

Lo cierto es que lejos de refutar con aspectos técnicos esas colocaciones, las autoridades de la previsional se han enfocado en lanzar discursos de altos rendimientos para justificar las inversiones en el banco Ueno.

Sin embargo, en la solicitud del diputado Espínola se califica esa versión como una “trampa” que pisotea la seguridad e incluso es contradictoria a la correlatividad establecida en las leyes (ver info adjunta) que buscan proteger los recursos de jubilaciones y pensiones.

Una de las normativas que hace referencia al orden y como primer ítem se cita la seguridad al momento de invertir los fondos es la misma carta orgánica del seguro social y por la cual se crea el IPS en 1943.

El artículo 28 dice en forma taxativa que “la inversión o colocación de inversiones financieras de los recursos financieros del Instituto se realizarán en las mejores condiciones posibles de seguridad, plazo, garantía y rendimiento”, es decir, existe una correlatividad preestablecida.

El orden, según las leyes

La otra ley en la cual se señala una preponderancia con respecto a la seguridad es la ley N° 7235 “Que crea la Superintendencia de Jubilaciones y Pensiones”, que en su artículo 11 en un apartado habla de principios prudenciales de seguridad, liquidez y rentabilidad como régimen de inversiones.

El diputado Espínola, en su pedido, deja entrever que esos aspectos se estarían incumpliendo, por lo que el interés es tener una respuesta del IPS para conocer los criterios, indicadores prudenciales y parámetros cuantitativos que se utilizan actualmente para garantizar el cumplimiento del mandato legal de seguridad, liquidez y solvencia en la colocación de los recursos del fondo de jubilaciones y pensiones.

Además de los modelos internos de medición de riesgo de crédito, riesgo de contraparte, riesgo de concentración y riesgo de liquidez, y remitir la descripción metodológica de dichos modelos.

Asimismo, se pide las evaluaciones de impacto o análisis de riesgo antes de modificar el reglamento de inversiones; el informe técnico interno que avale que la eliminación del patrimonio efectivo no incrementa el riesgo del fondo y el documento por el cual el IPS, en caso de análisis, ha detectado incrementos en el riesgo de crédito, riesgo de liquidez o riesgo de concentración como consecuencia de la reforma, especialmente en lo que respecta a la dependencia de liquidez que el banco Ueno podría tener sobre los depósitos de la previsional.

Por último, se pide al IPS, mediante simulación técnica, un informe sobre cuál hubiera sido el monto máximo de adjudicación permitido para el banco Ueno y otras entidades (con crecimiento superior al 100% en el último año) si se mantuviera vigente el requisito de patrimonio efectivo como ratio de solvencia y límite de exposición.

Se pide especificar si bajo el reglamento anterior dichas entidades habrían calificado para los montos actuales de inversión y, en caso negativo, se determine el porcentaje de exceso de riesgo que el IPS asumió al eliminar dicho parámetro.

Oficializan el cuarto requerimiento

Ayer, el diputado colorado disidente Mauricio Espínola (ANR, HC) dio entrada al cuarto pedido de informes vinculado al banco “mimado” del gobierno de Santiago Peña, Ueno Bank. Se dirige en este caso al Instituto de Previsión Social (IPS) ante las sospechas de que la previsional podría haber modificado reglamentaciones a favor de la entidad bancaria ligada a los exsocios comerciales de Peña.

Entre otras cosas, este cuarto pedido, que tuvo entrada al mediodía de ayer, requiere primeramente al IPS explicar qué criterios utiliza para evaluar la seguridad, solidez y solvencia en los que se basarían para concentrar gran parte de los depósitos de fondos del IPS en Ueno Bank.

Diputado Mauricio Espínola.

También aclarar los argumentos para la eliminación del requisito de patrimonio efectivo, lo cual habría beneficiado al banco “amigo”, así como también el establecimiento de la calificación de riesgo como único filtro vigente.

También buscan poner rostro a los eventuales responsables de todas estas decisiones administrativas y determinar eventuales cambios a medida hechos a través de la “reforma” de la Ley de Superintendencia de Jubilaciones.

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