Ejecutivo se jacta de “austeridad” tras reglamentar Ley del PGN 2023

El ministerio de Hacienda sostiene que en el decreto reglamentario de la Ley del Presupuesto General de la Nación 2023, se mantiene la “austeridad” que viene aplicando hace un par de años. Además aclara que se aplicará una programación financiera de los entes estatales de acuerdo a lo que indica la Ley de Responsabilidad Fiscal, por lo que el gasto corriente no debe ser mayor al 60 % por lo menos hasta el mes de julio.

Fachada del edificio del ministerio de Hacienda. (archivo).Gustavo Machado
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En su portal web, el ministerio de Hacienda informó que el Poder Ejecutivo ha emitido el Decreto N° 8759/2023, que reglamenta la Ley de Presupuesto General de la Nación (PGN) para el Ejercicio Fiscal 2023.

Según indica, la normativa establece los procedimientos para la ejecución de los gastos aprobados para el presente año fiscal, promoviendo la racionalidad, la eficiencia del gasto público y la rendición de cuentas.

Explica que prosiguen las medidas de austeridad fiscal, que vienen siendo implementadas desde años anteriores. Citan las restricciones a los nombramientos y aumentos salariales, tanto para el personal permanente como contratado, salvo los que resulten de la aplicación de los concursos públicos respectivos, conforme a lo establecido en las disposiciones legales vigentes.

Aclara que de estas restricciones, por iniciativa parlamentaria, la Ley exceptúa al Poder Legislativo y al Poder Judicial.

Reunión bicameral de presupuesto que definió el PGN 2023.

Tope sobre el uso de gasto corriente en año electoral

Así también, Hacienda manifestó que para la programación del plan financiero en años electorales, Organismos y Entidades del Estado (OEE) deberán tener en cuenta lo establecido en la Ley de Responsabilidad Fiscal.

En ella se establece que el gasto corriente primario de la Administración Central, entre los meses de enero y julio, no será mayor al sesenta por ciento (60%) del Presupuesto aprobado para ese año, excluyendo al Poder Judicial.

Miembros del ministerio de Hacienda. El que habla es el ministro Óscar Llamosas.

Decreto no permite combustible para funcionarios, si no es para cumplir sus funciones

Recuerda que en concordancia con la Ley N° 6.954/2022, sigue vigente la prohibición de entrega de combustible o de cupos de combustibles a autoridades de los OEE en todas sus modalidades, salvo el utilizado para para desplazamientos derivados de sus funciones o cargo.

Camioneta del Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones. (archivo).

A esto se suma la prohibición de compra de alimentos, con excepción de aquellos destinados a servicios de salud, obreros de las empresas públicas, beneficiarios de programas sociales, entre otros.

Modificaciones en el anexo del personal

Al respecto de estos cambios realizados a instancias del Congreso Nacional, el Poder Ejecutivo a través de la cartera económica, establecerá la aplicación gradual de los mismos una vez concluidos los procesos de selección para el ingreso y promoción de los funcionarios en las entidades afectadas.

Esto, conforme a la disponibilidad financiera y presupuestaria, que en ningún caso tendrán efecto retroactivo, resaltaron.

Controles a Oenegés y sobre la creación de entes públicos

Por otro lado, en busca de dar una mayor claridad al proceso de transferencia de fondos públicos a las ONG´s, se introducen a partir de ahora, ajustes que permitirán agilizar el proceso, transparentar el uso de los fondos y rendir cuentas.

Se incorporan mayores controles para las creaciones de instituciones estatales; como también se pone en marcha la implementación de programas pilotos del Sistema de Directivos Públicos y de clasificación y valoración de puestos, alegaron.