La jueza penal de garantías Clara Ruiz Díaz comunicó, oficio mediante, al Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM) el pedido de desafuero de la fiscala Stella Mary Cano (52), realizado por la fiscala Sonia Sanguinés al tiempo de presentar imputación por supuesta persecución de inocentes contra la agente del Ministerio Público.
De esta forma el órgano juzgador de jueces, fiscales y defensores públicos daría tratamiento al pedido de retirar la protección especial a Cano y, en caso de resolver retirárselos, la agente podrá ser sometida plenamente al proceso penal.
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El JEM sesionará de manera ordinaria este jueves 26 de febrero, oportunidad en la que también elegirá nuevas autoridades.
Cabe mencionar también que, Stella Mary Cano ya fue procesada por mal desempeño funcional en el JEM y en los dos casos que afrontó solamente fue apercibida pese a que hubo mociones para su remoción del cargo. Uno de esos casos fue el vinculado a Mocipar y por el caso que involucró al exintendente Mario Aníbal Ferreiro, en el que, según los chats revelados por ABC en la investigación denominada #LaMafiaManda, habría solicitado entonces su intermediación al diputado colorado fallecido Eulalio “Lalo” Gomes.
La causa contra Cano se originó a partir de un procedimiento realizado por la fiscala en el año 2018, durante la investigación de una denuncia por supuesta estafa contra un estilista de nacionalidad italiana, que posteriormente fue desestimada ante la inexistencia de delito.
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Fiscala Stella Mary recibió denuncia por supuesta estafa
El caso llegó a la Fiscalía luego de que María Teresa Escobar denunciara al estilista Ciro Panniello pues ambos intentaron formar una sociedad para abrir una sucursal de la peluquería del italiano. Pese a que la mujer adelantó el pago para ese fin, la sociedad no prosperó.
Ante esa situación, Panniello entregó un cheque por G. 120 millones como garantía por el adelanto que hizo Escobar. Sin embargo, cuando la mujer intentó efectivizar la hoja de pago esta le fue rechazada por fecha deficiente. Desde ese hecho, y conociendo que en la peluquería había elementos que superaban el valor de G. 770 millones, según inventario, Escobar pidió la entrega de estos como reparación del daño.
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Escobar consiguió que Panniello le entregue los enseres de la peluquería valorados en G. 778.204.625, luego de que la fiscala Stella Mary Cano ordenara la detención del italiano y dispusiese su traslado, así como el de la mujer, una asistente fiscal y otros abogados hasta la sede de la peluquería para una “constitución” que, en el fondo, tuvo por finalidad un “acuerdo conciliatorio entre las partes”.
Es ese encuentro Panniello, que en ese momento seguía privado de libertad, firmó el acuerdo y entregó los bienes a Escobar, y según denunció fue bajo amenaza de que lo llevarían a Tacumbú. Tras esa “conciliación”, Cano ordenó la libertad del italiano y después, pidió desestimar la causa por acuerdo conciliatorio.
Más adelante, ante el juez de garantías, Panniello dijo que fue coaccionado para firmar, por esto el juzgado rechazó el pedido fiscal.
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Intervención de adjunta desnudó nula actuación fiscal
Tras el primer trámite de oposición del juzgado penal de garantías, en agosto de 2018, la fiscala Stella Mary Cano se ratificó en su pedido en septiembre, pero nuevamente el juez del caso devolvió al Ministerio Público el pedido para su estudio. Esta vez, la responsabilidad recaía en la fiscala adjunta Gilda Villalba.
Villalba rectificó en diciembre de 2018 el pedido de extinción de la acción penal por la causa de conciliación y solicitó al juzgado que prosiga la investigación. Sobre lo último, la fiscala adjunta propuso la realización de un total de 18 diligencias. En este punto cabe resaltar que Cano no había hecho ningún acto investigativo, más que la testifical a la denunciante antes de ordenar la detención de Panniello.
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Entre las diligencias investigativas se incluían la toma de declaraciones de las personas involucradas, como la esposa de Ciro Panniello, de la escribana y varios funcionarios que tenían conocimiento de los hechos, así como solicitud de informes a la Aduana, a la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET) -hoy Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT)-, así como a la Abogacía del Tesoro, es decir, averiguaciones iniciales de carácter patrimonial para someter análisis y construir la teoría del caso.
Al respecto, la fiscala Sonia Sanguinés señala en la imputación por persecución de inocentes contra Stella Mary Cano que “conforme a la experiencia y preparación de la agente fiscal debió realizar atendiendo los hechos denunciados y los tipos penales (Estafa y Lesión de Confianza)”.
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Luego en junio de 2019 fue designado el fiscal Óscar Delfino para continuar la investigación y es él, quien luego de agotar las instancias, “solicitó la desestimación de la denuncia por no existir hecho punible”. Finalmente el caso fue desestimado en febrero de 2021.
Todo esto dejó al desnudo que la fiscala Stella Mary Cano no realizó ninguna diligencia y hace presumir a la Fiscalía que se habría prestado para coaccionar a un ciudadano extranjero en aparente connivencia con la denunciante.