La resolución que confirma el rechazo a las salidas transitorias de Fernando González Karjallo, hijo de Ramón González Daher y condenado a 5 años de cárcel por lavado de dinero fruto de la usura, fue dictada por el Tribunal de Apelaciones en lo Penal, Cuarta Sala, de la Capital, integrado por los camaristas Arnulfo Arias, Adriana Giagni y Paublino Escobar.
Por unanimidad los magistrados rechazaron el recurso de apelación planteado por la Abg. Raquel Talavera, en representación de Fernando González Karjallo, en contra del Auto Interlocutorio N° 194 de fecha 12 de mayo de 2026 dictado por la jueza de Ejecución Especializada en Delitos Económicos, Crimen Organizado y Corrupción Sandra Kirchhofer.
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La magistrada rechazó el pedido de salidas transitorias de González Karjallo, luego de concluir que el condenado no ha acreditado avances considerables en cuanto a la transformación y evolución verdadera que permitan esperar que no volverá a reincidir en las mismas conductas que ocasionaron su actual condena; y además cuenta con dos causas abiertas, siendo una de ellas el proceso que afronta junto a su madre Delcia Karjallo, y su esposa Carolina González Aguilera.
El Código de Ejecución Penal establece que, para la concesión de las salidas transitorias o la incorporación al régimen de semilibertad, se requiere haber cumplido por lo menos la mitad de la pena, no tener causa abierta u otra condena pendiente, poseer buena conducta y merecer, por parte del organismo técnico-criminológico y del consejo de asesor del establecimiento, un concepto favorable respecto a su evolución.
Argumentos contra hijo de RGD
En el escrito de apelación la defensa de Fernando González Karjallo argumentó que la jueza Sandra Kirchhofer incurrió en graves errores al rechazar las salidas transitorias del condenado, ya que el mismo ha demostrado avances significativos en su tratamiento psicológico y laboral, y cuenta con un informe socioambiental positivo que acredita su arraigo familiar, según fundamentó la Abg. Raquel Talavera.
Al respecto el camarista Arnulfo Arias (preopinante) señala que, al solicitar el beneficio procesal, la defensa expuso sobre el cumplimiento de las exigencias de la administración con respecto al comportamiento del hijo de RGD en el interior del penal, no así las actividades que el mismo podría realizar estando en libertad y que justificarían en su caso el otorgamiento de la medida.
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Por su parte el magistrado Paublino Escobar resalta en su voto que la jueza de Ejecución sustentó el rechazo de las salidas transitorias en el incumplimiento de algunas de estas exigencias legales, al constatar, por un lado, la existencia de al menos una causa penal abierta en trámite respecto del condenado, con acusación fiscal presentada y audiencia preliminar pendiente, lo que impide tener por satisfecho el requisito que exige la norma.
Agrega que, por otro lado, Kirchhofer evidenció las graves inconsistencias y omisiones verificadas en los informes de conducta y en las planillas laborales y de capacitación, por la existencia de sanciones disciplinarias por infracciones especialmente graves que no fueron oportunamente reflejadas, circunstancias que razonablemente debilitan la calificación de “muy buena” conducta de Fernando González Karjallo y el concepto favorable emitidos a su respecto.
Afronta acusación con su madre y esposa
Fernando González Karjallo está acusado junto a su madre, Delcia Karjallo de González; y su esposa Carolina González Aguilera por supuesto lavado de dinero fruto de la usura, ya que según la Fiscalía habrían introducido al sistema financiero legal las ganancias de dicho ilícito, obtenidas por el ahora condenado a 15 años de cárcel, quien disimuló el origen del dinero, ocultando el concepto real de las sumas depositadas bajo la figura de alquiler de inmuebles.
En ese sentido, la acusación presentada por los fiscales Néstor Coronel y Alma Zayas (actualmente fiscal adjunta de Cordillera) resaltan que el hecho punible precedente del lavado de dinero es la usura proveniente de los préstamos de dinero con intereses elevados, que Ramón González Daher realizaba como una actividad comercial, a más de abusos practicados sobre dichos préstamos, en detrimento del patrimonio de las víctimas de la usura, de acuerdo al relato de los agentes.
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El dinero proveniente de la usura fue depositado en cuentas bancarias abiertas de forma conjunta por RGD, Delcia Karjallo y Fernando González Karjallo entre 2014 y 2019; y utilizados como inversión en certificados de depósito de ahorro (CDA) en los bancos Basa y Sudameris. Estos CDA fueron emitidos a nombre de la pareja y el hijo, y las ganancias por los intereses que ofrecían incrementaron el patrimonio del clan.
Ocultaron dinero de la usura, según Fiscalía
El 13 de noviembre de 2019, el entonces fiscal Osmar Legal (actualmente juez de Garantías Especializado en Crimen Organizado) imputó a Ramón González Daher por supuesta usura y lavado de dinero; y a su hijo Fernando González por el supuesto lavado de activos. Además, solicitó el embargo preventivo de las cuentas que tenían ambos.
De acuerdo con la acusación presentada por los fiscales de la Unidad Especializada en Delitos Económicos y Anticorrupción, posterior a la imputación del ahora condenado usurero luqueño, las cuentas conjuntas de la pareja y su hijo dejaron de tener movimientos.
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No obstante, luego de la apertura del proceso contra RGD y su hijo, Delcia Karjallo, en el 2020, habría realizado apertura de cuentas en los bancos Basa y Sudameris, declarando en las solicitudes de apertura como actividad económica “ama de casa / ingresos familiares” y a través de las cuentas habría ocultado el dinero que tenían su esposo e hijo, proveniente de la usura.