El senador Enrique Salyn Buzarquis presentó el 12 de agosto ante la Cámara de Senadores el proyecto de “Ley General de la Industria Eléctrica”, un texto de 178 artículos que busca reemplazar el marco vigente desde 1964 y transformar de raíz la organización del sector eléctrico paraguayo.
El proyecto dispone la reorganización estructural de la Administración Nacional de Electricidad (ANDE), separando las actividades que hoy concentra la estatal —generación, transmisión, operación del sistema, distribución y comercialización— en sociedades independientes entre sí, cada una con patrimonio, contabilidad y directorio propios.
La iniciativa establece además la apertura progresiva del mercado eléctrico a la competencia y crea nuevas instituciones de regulación, en un proceso que la propia ley proyecta completar recién a los tres años de su entrada en vigor.
Lea más: Exautoridades de ANDE alertan que creación de nuevas instituciones no resuelve la crisis eléctrica
ANDE, dividida en seis nuevas empresas
El proyecto plantea crear seis sociedades anónimas que heredarán los activos y el personal de la ANDE, cada una con objeto social exclusivo y prohibición expresa de desarrollar otras actividades del sector:
- Acaray SA, que asumirá la gestión y explotación de la Central Hidroeléctrica Acaray y podrá comercializar su energía como generador.
- Transmisión Eléctrica del Paraguay SA (TEP SA), a cargo de las redes de transmisión, sin poder participar en generación, distribución ni comercialización.
- Centro de Operación del Sistema Eléctrico Paraguayo SA (COSEP SA), que ejercerá en forma exclusiva la función de Operador del Sistema Eléctrico y administrará el Centro Nacional de Despacho.
- Ocho sociedades regionales de distribución, entre ellas la Distribuidora Eléctrica Metropolitana SA (Capital y Central), y distribuidoras separadas para el Este, Cordillera, Guairá, Paraguarí, Caaguazú, el Sur del país y el Norte y Chaco.
- Comercializador de Energía Regulada del Paraguay SA (CERPA SA), que atenderá a los usuarios que permanezcan en tarifa regulada, incluida la Tarifa Eléctrica Subsidiada (TESUB) y el Bono Social Eléctrico.
- Comercializador de Energía Libre del Paraguay SA (CELPA SA), habilitado para vender energía en el mercado libre, en competencia con otros comercializadores.
El proyecto exige separación patrimonial, contable y gerencial total entre estas sociedades, prohíbe expresamente el subsidio cruzado entre ellas y establece que el Estado deberá mantener inicialmente la mayoría accionaria, aunque podrá transferir participación mediante procesos competitivos y públicos.
Dos organismos nuevos para definir política y regular tarifas
La ley crea una Autoridad de Aplicación, encargada de fijar la política pública del sector, la planificación eléctrica y los lineamientos estratégicos, sin intervenir en la fijación de tarifas ni en la regulación técnica. El texto no precisa qué órgano del Poder Ejecutivo asumirá ese rol.
En paralelo, crea la Superintendencia de Electricidad, descrita como una entidad autárquica con independencia funcional, administrativa, técnica y presupuestaria, encargada de fijar metodologías tarifarias, aprobar cuadros de tarifas, regular el acceso a las redes y sancionar incumplimientos.
El proyecto suma otras dos figuras: un Panel de Expertos del Sector Eléctrico, órgano técnico independiente para resolver controversias sobre tarifas y metodologías, y el Fondo para el Desarrollo Eléctrico (FONDEL), administrado por la Superintendencia, para financiar electrificación rural y subsidios focalizados.
Lea más: Proyecto de Ente Regulador de Energía causa alerta entre trabajadores de ANDE
Un mercado eléctrico competitivo, en cuatro etapas
El proyecto habilita un Mercado Eléctrico Mayorista, operado por un Operador del Mercado Eléctrico del Paraguay (OMEP) que deberá seleccionarse mediante licitación pública, con un contrato de entre 5 y 10 años. Hasta su designación definitiva, COSEP SA ejercerá esa función de forma transitoria.
La implementación se divide en cuatro etapas: un “año 0” de instalación institucional de la Superintendencia; un “año 1” de inicio del mercado mayorista, limitado a generadores; un “año 2” de apertura a comercializadores y grandes consumidores calificados; y un “año 3”, a partir de los 36 meses, de operación plena del mercado, con separación total entre el operador del sistema y el operador del mercado.
Cada etapa requiere certificación previa de la Superintendencia, que deberá verificar el cumplimiento de hitos técnicos e institucionales antes de habilitar el paso siguiente. La ley entrará en vigor a los 90 días de su promulgación, aunque su aplicación efectiva será progresiva.
Los números que la exposición de motivos usa para justificar la reforma
El documento que acompaña al proyecto atribuye la necesidad de la reforma a la situación financiera debilitada de la ANDE, con rentabilidad negativa en los últimos años: -1,57% en 2021, -2,24% en 2022, -0,14% en 2023, -3,82% en 2024 y una proyección de -2,25% para 2025.
A eso se suma una morosidad que se mantuvo cercana al 30% entre 2020 y 2025, con una reducción del 28% al 21% en 2024 “mediante medidas de gestión”, según el texto, que la describe igualmente como “un problema estructural”.
La exposición de motivos también alerta sobre una insuficiencia de capacidad disponible a corto plazo: la demanda máxima pasó de 4.744 MW en 2023 a 5.752 MW en enero de 2026, con un crecimiento anual cercano al 6,6%. Bajo esa tendencia, el documento proyecta que Paraguay agotaría la potencia disponible de Itaipú en 2028, de Itaipú y Yacyretá combinadas en 2032, y la totalidad de su capacidad hacia 2033, lo que obligaría a recurrir a energía importada y presionaría al alza las tarifas.
Lea más: Peña plantea crear el Ministerio de Minas y Energía y un ente regulador del sector eléctrico
Dos reformas eléctricas avanzan en paralelo
El proyecto se presentó en el Senado un día antes de que el Poder Ejecutivo, encabezado por el presidente Santiago Peña, pusiera a discusión pública, el 13 de agosto, sus propios anteproyectos para crear el Ministerio de Energía, Minería e Hidrocarburos y el Ente Regulador de Energía (ERE), presentados ante la Mesa Nacional del Sector Eléctrico y todavía en fase de “borrador preliminar”.
A diferencia del ERE impulsado por el Ejecutivo, que regularía electricidad, hidrocarburos, gas y biocombustibles, y sería conducido por un directorio de tres miembros designados por el Presidente, el proyecto del Senado circunscribe su nueva Superintendencia de Electricidad exclusivamente al sector eléctrico y no define aún qué instancia oficiará como Autoridad de Aplicación.
Ambas iniciativas —el proyecto legislativo ya remitido al Congreso y los anteproyectos del Ejecutivo todavía en consulta pública— coinciden en el diagnóstico de fondo: la necesidad de separar la definición de política energética, la regulación técnica y tarifaria, y la operación del sistema, hoy concentradas en gran medida en la ANDE.
La tarifa electrointensiva, un frente abierto en simultáneo
Mientras se discute el rediseño institucional del sector, la ANDE definirá este mes su tarifa técnica para las industrias electrointensivas, un proceso que retomó luego de la anulación de los decretos N.° 5860 y 5861. La empresa estatal informó haber recibido manifestaciones de interés por 6.300 MW de potencia de parte de futuros consumidores electrointensivos.
Un estudio del Centro de Estudios de la Actividad Regulatoria Energética (CEARE) de la Universidad de Buenos Aires, encargado por la ANDE con apoyo del BID, recomendó elevar la tarifa media de US$ 49,2 a US$ 68,6 por MWh entre 2026 y 2030. Entre las empresas que negocian condiciones con la estatal figuran Atome e Imperium Ventures, esta última con una oferta de US$ 70 por MWh, pero de dudosa procedencia y trayectoria.
Lea más: ANDE definirá este mes nueva tarifa técnica para Atome y todas las industrias que quieran venir
Antecedentes que no llegaron a convertirse en ley
La exposición de motivos recuerda que Paraguay intentó reformar el marco eléctrico en reiteradas ocasiones sin éxito: desde 1995, a través de la Secretaría de la Reforma; en 2009, con un proyecto de marco regulatorio (expediente D-0914558); y en 2013, con un anteproyecto de Ley General de la Industria Eléctrica (expediente D-1360832) que obtuvo media sanción pero no concluyó su trámite parlamentario.
De aprobarse esta nueva iniciativa, el Poder Ejecutivo tendrá 12 meses para reglamentar la ley y 180 días para dictar los estatutos sociales de cada una de las nuevas empresas. La Ley N.° 966/1964, que crea la ANDE y su Carta Orgánica, quedará derogada recién cuando se concreten las transformaciones societarias y transferencias patrimoniales previstas en el nuevo marco. El proyecto debe atravesar aún el trámite en ambas cámaras del Congreso antes de convertirse en ley.