Gobierno publica el proyecto del Ente Regulador de Energía y habilita a la ciudadanía a proponer cambios

En el sector eléctrico se necesita de un ente regulador.
En el sector eléctrico se necesita de un ente regulador.GENTILEZA

El Poder Ejecutivo difundió el borrador de la ley que crea el Ente Regulador de Energía (ERE), un organismo autónomo y autárquico que tendrá a su cargo fijar tarifas, fiscalizar a las empresas del sector y sancionar infracciones en electricidad, hidrocarburos, gas y biocombustibles.

El borrador del proyecto de ley que crea el Ente Regulador de Energía (ERE), junto con el proyecto de creación del Ministerio de Energía, Minería e Hidrocarburos, está disponible en la plataforma energia.paraguay.gov.py, donde cualquier persona puede dejar comentarios y sugerencias antes de que la iniciativa sea remitida al Congreso Nacional.

El proyecto, todavía marcado como “borrador preliminar”, crea al ERE como persona jurídica de derecho público, autónoma y autárquica, con patrimonio propio y de duración indefinida. Según el Artículo 1° del texto, sus relaciones con el Poder Ejecutivo se canalizarán a través del Ministerio de Energía, Minería e Hidrocarburos, la nueva cartera que el Gobierno también propone crear.

El organismo tendrá como fin regular, fiscalizar, supervisar y controlar el sector energético nacional, garantizando transparencia, seguridad jurídica, no discriminación, neutralidad tecnológica, competencia, equidad, sostenibilidad y eficiencia, según el Artículo 2°.

La propuesta surgió tras la primera reunión de la Mesa Nacional del Sector Eléctrico, realizada el 13 de agosto en Mburuvicha Róga y encabezada por el presidente Santiago Peña, junto a técnicos, gremios empresariales y académicos del área energética. En esa instancia, el vocero de la Presidencia, Guillermo Grance, anunció que ambos anteproyectos —el del ministerio y el del ente regulador— quedarían disponibles en la web oficial para su revisión pública antes de ingresar al Legislativo.

Amplio abanico de funciones y sanciones

El listado de atribuciones del ERE, detallado en el Artículo 3°, abarca 32 incisos. Entre ellos figuran establecer la metodología para el cálculo de tarifas y peajes de electricidad, gas natural, gas natural licuado e hidrógeno; aprobar los pliegos de licitaciones; fiscalizar contable y técnicamente a los prestadores de servicios; y supervisar la aplicación de la tarifa social de energía prevista en la Ley N° 3.480/2008.

El proyecto también le otorga al ERE la potestad de sancionar infracciones, clasificadas en leves, graves y muy graves. Las primeras se castigan con apercibimiento o multas de hasta 500 jornales mínimos; las graves, con multas de entre 501 y 5.000 jornales y, en caso de reincidencia, suspensión de la licencia; y las muy graves —como la obstrucción de inspecciones o la adulteración de información— con multas de hasta 50.000 jornales y, en casos de gravedad extrema, revocación de la licencia.

Las tasas regulatorias que cobrará el ente alcanzarán a todos los agentes del sector, “sin excepción”, incluidas la ANDE y Petróleos Paraguayos (Petropar), según el Artículo 35°. En el caso eléctrico, esa tasa no podrá superar el 2% de cada facturación por el servicio.

Un directorio elegido por concurso público

La conducción del ERE recaerá en un Directorio de tres miembros titulares y tres suplentes, que deberán ser paraguayos, mayores de 35 años y profesionales de ingeniería, economía o derecho con experiencia técnica comprobada en el sector. Serán designados por el presidente de la República mediante decreto, a partir de ternas surgidas de un concurso público de oposición convocado por el Gabinete Civil de la Presidencia.

Los miembros durarán seis años en el cargo, con dedicación exclusiva y un salario equivalente al de un ministro del Poder Ejecutivo, podrán ser reelectos una sola vez y se renovarán de forma escalonada, uno cada dos años. La Presidencia del Directorio será rotativa y se ejercerá por períodos de un año.

El proyecto también fija causales de cese, entre ellas la condena por hechos punibles dolosos, la renuncia, el fallecimiento o la destitución tras un sumario administrativo tramitado ante la Procuraduría General de la República.

Tarifas bajo revisión cada dos años

Uno de los puntos centrales del proyecto es la creación de la Revisión Tarifaria Integral (RTI), un mecanismo que el ERE deberá aplicar como máximo cada dos años para fijar las tarifas al usuario final, en base a costos eficientes, estructura de capital y calidad exigida del servicio.

El Artículo 22° establece que el ente deberá convocar audiencia pública obligatoria antes de emitir resoluciones que fijen o modifiquen tarifas, precios, peajes o cánones, con una anticipación mínima de 30 días corridos.

El texto también contempla la implementación de un Plan de Medición Inteligente, que obligará a los distribuidores eléctricos a instalar contadores inteligentes dentro de los tres años posteriores a la entrada en operación del ente.

Cómo participar y dejar sugerencias

El Gobierno habilitó la sección “Suma Ideas” dentro de la plataforma de la Mesa Eléctrica Nacional para que la ciudadanía, gremios y especialistas puedan revisar el articulado y proponer modificaciones antes de que el proyecto sea enviado al Congreso. El propio ingeniero Fabián Cáceres, exgerente técnico de la ANDE que participó de la primera reunión de la Mesa, había señalado que el compromiso del Ejecutivo era “compartir en una página web pública todos los documentos para que toda la ciudadanía y todos podamos acceder a esos documentos y opinar”.

Para dejar un aporte, el sitio establece tres pasos: primero, ingresar con Identidad Electrónica para identificarse de forma segura; segundo, acceder a la sección “Mis propuestas” y ubicar el apartado “Mesa Eléctrica Nacional - Nuevo modelo del Sistema Eléctrico Nacional”; y tercero, dejar el comentario indicando la página, el capítulo, la sección y el texto vigente al que se refiere la observación, además del texto propuesto como reemplazo y cualquier información complementaria pertinente.

El plazo de reglamentación previsto en el propio proyecto es de 120 días desde su entrada en vigor, que se producirá al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial, una vez sancionado por el Congreso.