Cámara ratifica que hermano de Cucho Cabaña seguirá preso en caso Berilo

De izquierda a derecha: Reinaldo "Cucho" Cabaña, supuesto narcotraficante; el juez de Garantías Miguel Palacios y Marcelo Cabaña, hermano de Cucho.

La Cámara de Apelaciones confirmó la prisión preventiva del acusado Marcelo Cabaña, hermano del supuesto narco Reinaldo “Cucho” Cabaña Santacruz y acusado en la causa Berilo de supuesto tráfico de drogas y hechos vinculados a este ilícito. La defensa sostiene que el encausado ya superó ampliamente el plazo máximo de prisión, pero así como había resuelto el juzgado de la causa un tribunal de alzada rechazó este argumento.

El Tribunal de Apelación 1ª Sala de la Capital ratificó la resolución del juez de Garantías Miguel Palacios que confirmó la prisión preventiva de Marcelo Cabaña, hermano del presunto narcotraficante y líder del esquema desbaratado con la Operación Berilo, Reinaldo Javier “Cucho” Cabaña, causa en la que ambos están acusados por la Fiscalía.

Específicamente los camaristas José Waldir Servín, Camilo Torres y Paublino Escobar rechazaron la apelación planteada por el Abg. Nelson López y confirmaron el Auto Interlocutorio N° 35 del 27 de enero de 2026, dictado por el juez de Garantías Miguel Palacios, que denegó el otorgamiento de medidas menos gravosas y confirmó la prisión preventiva del acusado en la causa Berilo.

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De acuerdo con el fundamento de la defensa, el acusado Marcelo Cabaña está preso desde el 8 de setiembre de 2018, por lo que ya superó ampliamente el plazo máximo de 2 años de prisión preventiva que se establece en el Artículo 19 de la Constitución Nacional y el Art. 236 del Código Procesal Penal.

Sin embargo el tribunal de alzada consideró correcta la decisión del juzgado de Garantías y que la decisión de mantener la prisión preventiva fue acertada, atendiendo que siguen latentes el peligro de fuga y el peligro de obstrucción, los cuáles no podrían ser asegurados con aplicación de medidas menos gravosas para la libertad.

Argumentos para ratificar prisión del hermano de Cucho

Para rechazar el recurso de la defensa el tribunal de alzada advirtió que los tipos penales en los cuales fueron subsumidos la conducta de Marcelo Cabaña mediante la acusación presentada por el Ministerio Público, en fecha 13 de septiembre de 2019, se encuentran reglamentados en los artículos 26, 27 y 42 de la Ley 1340/88 “Que Reprime el Tráfico ilícito de Estupefacientes y Drogas Peligrosas y otros Delitos Afines”.

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En ese sentido, los camaristas señalan que el Art. 26 establece como pena mínima diez años de pena privativa de libertad y los artículos 27 y 42 de la misma Ley establecen como pena mínima cinco años de pena privativa de libertad.

Fiscal Lorena Ledesma (izq.), encargada del caso Berilo; y su asistente Katerín López

“En el presente caso, conforme surge de autos, el acusado Marcelo Cabaña se encuentra con prisión preventiva desde el 8 de septiembre de 2018. Por tanto, de conformidad a lo dispuesto en el tipo legal mencionado, la privación de libertad del acusado no ha superado la pena mínima privativa de libertad de 10 años, de acuerdo a lo previsto en el Art. 19 de la Constitución Nacional”, resalta parte del Auto Interlocutorio N° 18 del 4 de febrero de 2026 dictado por el Tribunal de Apelación.

Agrega que para la modificación de la medida cautelar del acusado, primeramente se deben haber modificado los presupuestos que hicieron viable la orden de la prisión preventiva, sin embargo el juzgado de Garantías concluyó que no han variado las condiciones que hicieron viable dicha imposición.

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Preliminar de Cucho y Ulises sigue pendiente

La audiencia preliminar para el supuesto narco Reinaldo “Cucho” Cabaña, el exdiputado Ulises Quintana y más de 20 acusados en la causa Berilo sigue pendiente de sustanciación; y ya se ha suspendido en 14 ocasiones, debido a distintos recursos planteados por las defensas. La última vez que se intentó llevar a cabo la diligencia fue el 6 de octubre de 2025, cuando Marcelo Cabaña recusó al juez Miguel Palacios.

La acusación presentada por el Ministerio Público en setiembre de 2019 y ratificada en mayo de 2022, es por presunta comercialización y tráfico internacional de drogas, asociación criminal y lavado de dinero en relación a Reinaldo “Cucho” Cabaña; y por supuesta asociación criminal de la ley de drogas y lavado de dinero proveniente del narcotráfico contra el exdiputado colorado Ulises Rolando Quintana Maldonado.

Ulises Rolando Quintana Maldonado (der.), exdiputado colorado y acusado en la causa Berilo; junto al Abg. Álvaro Arias.

Los demás acusados en la causa son Marcelo Ricardo y Yamil Cabaña Santacruz, hermanos de “Cucho”; Yisela Noemí Ramírez, Carlos Rubén Britez Torres, Diego Miguel Medina Otazú, Gloria Rossana López Ramírez, Hugo Martín Ríos, Humberto Rodríguez González, Jorge de Jesús Ríos González, José Dolores Pinto Apostolaqui, Luis Ricardo Yegros Fariña, Óscar Adrián Monges, Sixto Ramón Arias Villalba y Alcides Villagra Giménez.

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La Fiscalía también pide juicio oral para Celso Diosnel Ortega Aguilera, Cristhian Maximiliano Vázquez Menacho, Flora Lidia Ayala González, Gustavo Ramón Yegros, Juan José Alonso Meza, Luis Ricardo Yegros Fariña, Melchor Gaspar Cabrera Paredes, Nelson Darío Barrios Ávalos, Richard Antonio Sebriano Silvero, Selva María Chaparro Delgado, Víctor Manuel López Acuña, José Ramón Alarcón Paniagua y Carlos Alberto Aguilar Sánchez.

Cucho financió a Ulises, según fiscalía

De acuerdo con la hipótesis del Ministerio Público, la organización que lideraba Cucho introducía al Paraguay cargamentos de cocaína provenientes de Perú o Bolivia, que luego eran trasladados hasta Alto Paraná, para posteriormente ser enviados hasta Brasil.

El grupo delictivo logró inyectar al sistema financiero paraguayo el dinero fruto del tráfico internacional de cocaína, de acuerdo con el requerimiento conclusivo presentado por la fiscalía.

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Sobre Ulises Quintana, sostiene que fue financiado por Cucho Cabaña, con el dinero fruto del narcotráfico, para conseguir una banca en la Cámara Baja, con el único objetivo de que utilice su investidura parlamentaria, las veces que sean necesarias, para que la organización pueda ejecutar, sin dificultad, sus actividades ilícitas.

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