Derecho UNA: TEI habilitó a Marco Aurelio González y Karen González Orrego tras rechazar impugnaciones

Marco Aurelio González y la magistrada Karen González Orrego quedan habilitados para las elecciones en la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Asunción (UNA).

El TEI de Derecho UNA rechazó las impugnaciones contra Marco Aurelio González y Karen González Orrego, quienes quedan habilitados para competir el 20 de agosto.

El Tribunal Electoral Independiente (TEI) del Consejo Directivo de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Asunción (UNA) rechazó las impugnaciones presentadas contra las candidaturas de Marco Aurelio González, a decano, y de la jueza Karen Leticia González Orrego, a vicedecana.

Las decisiones fueron adoptadas mediante las Resoluciones N° 4/2026 y N° 5/2026, ambas fechadas este jueves 13 de agosto. De esta manera, los dos candidatos quedan habilitados para participar de los comicios previstos para el próximo jueves 20 de agosto.

Marco Aurelio González: rechazo por una cuestión formal

La candidatura de Marco Aurelio González, actual miembro titular del Directorio del Banco Central del Paraguay (BCP), había sido impugnada por el profesor Francisco Daniel Llamas Gómez.

El planteamiento sostenía que el cargo que ocupa González en el BCP exige dedicación exclusiva y, por tanto, sería incompatible con la conducción de una facultad. Llamas invocó el artículo 105 de la Constitución Nacional, la Ley N° 6525/2020 y la Ley Orgánica del BCP.

Sin embargo, el TEI no ingresó al análisis de esa cuestión de fondo. La impugnación fue rechazada in limine, debido a que el recurrente no presentó documentación que acreditara su condición de docente adjunto de la Facultad de Derecho, requisito que alegaba para demostrar su legitimación activa.

El tribunal consideró insuficiente esa acreditación y, sobre esa base, declaró habilitada la candidatura de González. En consecuencia, la resolución no determina si existe o no incompatibilidad entre su función en el BCP y el cargo de decano.

González Orrego y el fallo de la Corte

La candidatura de Karen Leticia González Orrego, jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Capital, también había sido cuestionada. El profesor Carlos Aníbal Fernández Villalba sostuvo que su condición de magistrada era incompatible con el cargo de vicedecana.

El impugnante invocó el artículo 254 de la Constitución Nacional y la Ley N° 5534/2015, modificada por la Ley N° 6525/2020, normativa que establece restricciones para que magistrados judiciales sean electos o ejerzan los cargos de decano o vicedecano mientras permanezcan en funciones.

La defensa de González Orrego se sustentó en una acción de inconstitucionalidad que había promovido en 2017. Según la resolución del TEI, la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia hizo lugar a esa acción mediante el Acuerdo y Sentencia N° 355, del 12 de agosto de 2026.

El fallo declaró inaplicable a González Orrego el artículo 1° de la Ley N° 5534/2015, modificada por la Ley N° 6525/2020. Con ese antecedente, el TEI concluyó que la causal de inhabilidad planteada ya no se configuraba en su caso y rechazó la impugnación.

El antecedente de Ramírez Candia

La situación de González Orrego tiene como antecedente otro cuestionamiento a la candidatura de un magistrado. Se trata del ministro de la Corte Suprema de Justicia Manuel de Jesús Ramírez Candia, quien había sido postulado para la vicedecanatura.

En su caso también se invocó la denominada “Ley Anti-Ríos(Ley N° 6525/2020). Además, se cuestionó que no cumpliera con el requisito de haber egresado de la Facultad de Derecho de la UNA, debido a que obtuvo su título en la Universidad Católica.

A diferencia de González Orrego, Ramírez Candia no contaba con una acción de inconstitucionalidad promovida por él ni con un fallo favorable. Finalmente, el TEI resolvió tener por desistida su candidatura.

Una reunión que generó cuestionamientos

De izquierda a derecha: José Agustín Fernández, Alejandro Garcete, Edgar Ríos, Bonifacio Ríos Ávalos, los ministros de la Corte Alberto Martínez Simón y Manuel Ramírez Candia; Jorge Bogarín Alfonso, Karen González y Osvaldo González.

Las resoluciones se conocen pocos días después de que trascendiera una fotografía de una reunión que generó cuestionamientos sobre la imparcialidad del proceso electoral.

Según la imagen difundida, del encuentro participaron José Agustín Fernández, Edgar Ríos y Alejandro Garcete, integrantes del Tribunal Electoral Independiente que debía resolver las impugnaciones contra las candidaturas de Ramírez Candia y González Orrego.

También estuvieron los ministros de la Corte Alberto Martínez Simón y Manuel Ramírez Candia, el candidato a decano Bonifacio Ríos Ávalos, la jueza González Orrego, su esposo Jorge Bogarín Alfonso y el representante estudiantil ante el Consejo Directivo.

La coincidencia entre integrantes del órgano electoral y personas directamente vinculadas con candidaturas sometidas a consideración del tribunal alimentó cuestionamientos sobre las garantías de imparcialidad del proceso. No obstante, las resoluciones del TEI conocidas este jueves habilitaron finalmente a González y González Orrego.

Antecedentes de Marco Aurelio González

La candidatura de Marco Aurelio González también llega a esta elección precedida de cuestionamientos políticos. En junio de este año, la diputada Rocío Vallejo, del Partido Patria Querida, denunció presuntas irregularidades en la Procuraduría General de la República (PGR), institución que González dirigió antes de incorporarse al Directorio del BCP.

Vallejo sostuvo que en la PGR se estaría reproduciendo un esquema de acuerdos extrajudiciales con quitas millonarias a cambio de honorarios profesionales. La legisladora vinculó el caso con cuestionamientos que anteriormente habían derivado en la salida de José “Jose’i” González Maldonado como director jurídico del Instituto de Previsión Social (IPS), hermano de Marco Aurelio González.

La diputada también cuestionó que el procurador interino designado tras la salida de González hacia el BCP haya sido nombrado por él antes de dejar el cargo y sostuvo que continuaría bajo su influencia.

Ramírez Candia y su paso por el JEM

En cuanto a Ramírez Candia, cuya candidatura a vicedecano terminó desistida, además de ser ministro de la Corte Suprema es vicepresidente del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM), organismo constitucional encargado de juzgar la conducta de los magistrados.

Su gestión en el JEM también había generado cuestionamientos. En febrero de 2026 se ausentó de una sesión clave en la que debía elegirse la mesa directiva del organismo, pese a haber confirmado previamente su presencia. Su ausencia dejó al cuerpo sin quórum.

Con las resoluciones emitidas este jueves, la carrera electoral en la Facultad de Derecho de la UNA avanza con las candidaturas de Marco Aurelio González y Karen González Orrego formalmente habilitadas, mientras persisten cuestionamientos políticos y sobre la independencia del proceso electoral.

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