En un análisis sobre el contrato que la Administración Nacional de Electricidad (ANDE) firmó con el grupo Kuntur/Araico para abastecer de energía a industrias electrointensivas, como los centros de datos, el exgerente técnico de la estatal, Fabián Cáceres Cadogan, aclara de entrada que no tuvo acceso al acuerdo firmado, que hasta ahora no fue divulgado íntegramente.
Por eso, su evaluación se apoya en lo que el presidente de la ANDE, Ing. Miguel Báez, explicó en conferencia de prensa el 23 de octubre y en la Resolución P/N N.º 52.252/2026. “A falta de acceso al Contrato (...) no resulta prudente emitir una opinión concluyente sobre el caso”, explica.
El acuerdo tiene una vigencia de 15 años y prevé una entrega escalonada de potencia: 6 MW en 23 kV desde el 1 de diciembre de 2026, 146 MW en 220 kV desde el 1 de abril de 2028 y 286 MW en 220 kV desde el 1 de abril de 2029.
Las tarifas, de consumo plano, son de US$ 56,40/MWh en 23 kV y de US$ 48,91/MWh en 220 kV. Se actualizarán cada año según los índices CPI y PPI, con un piso mínimo de 2,5%, y habrá una revisión cada dos años que considere la variación del costo medio de generación de la ANDE.
Cáceres destaca un dato de la resolución: las tarifas fueron elaboradas por las dependencias técnicas de la ANDE y elevadas mediante el Interno DP/DTM/5035/2026. Para el ingeniero, esto devuelve la potestad de la fijación de precios al ámbito que le corresponde legalmente a la institución.
Comparación con decretos y criptominería
Ese camino fue el opuesto al de los Decretos 5306 y 5307, del 16 de enero de 2026, y de sus modificaciones, los Decretos 5860 y 5861, del 24 de abril. Todos fueron anulados el 9 de junio de 2026.
Según el análisis, recuerda que estas normativas fijaban tarifas en dólares por hasta 15 años, sin dictamen técnico de la ANDE y con precios menores que los de otros grandes consumidores similares. El 5860 fijaba US$ 44/MWh para centros de datos y el 5861, US$ 30/MWh para hidrógeno verde y derivados.
Frente a ese antecedente, la tarifa de US$ 48,91/MWh es cerca de 10,4% superior a la vigente para el grupo de consumo intensivo especial de criptominería (US$ 44,30/MWh). Pero, al mismo tiempo, queda 4,8% por debajo de los US$ 51,40/MWh que se presentaron como tarifa técnica para 220 kV en la Mesa Eléctrica, según un estudio del CEARE.
Cáceres advierte que comparar con objetividad es difícil sin el texto completo del contrato. Recuerda que los acuerdos de criptominería permiten cortar hasta el 95% de la carga contratada, por un máximo de 300 horas al año, cuando el sistema lo requiera. No se sabe si el de Kuntur/Araico tiene una cláusula equivalente.
¿Hubo competencia?
Para el Ing. Cáceres, el punto central ya no es el precio sino cómo se asignó la potencia. Hasta ahora no se conoce si la adjudicación fue por un procedimiento competitivo o por negociación directa, pese a que la propia administración de la ANDE dijo que hay varias empresas interesadas en comprar energía paraguaya en condiciones similares. Incluso mencionó que en solicitudes de suministro suman 6000 MW.
“Resulta legítimo preguntarse si un procedimiento licitatorio abierto, transparente y competitivo habría permitido obtener condiciones económicas aún más favorables”, plantea. Agrega que, con varios interesados, la competencia es la herramienta más eficiente para fijar el valor real de un recurso estratégico.
El análisis recuerda que la Unión de Ingenieros de la ANDE (UIA) presentó el 29 de julio (expediente 1000130195) una propuesta de asignación competitiva y transparente, y el 21 de octubre (expediente 1000136902) los detalles de un concurso para adjudicar bloques de potencia. Esa propuesta plantea que lo recaudado por encima de la tarifa técnica vaya a un fondo de desarrollo de infraestructura eléctrica.
Costos de oportunidad y Itaipú
Cáceres valora la decisión de aprovechar en el país la energía de Itaipú que corresponde al Paraguay, pero reclama medir los costos. Menciona la posible baja de ingresos por cesión de energía al Brasil, que financian programas como Hambre Cero, con posibles impactos fiscales al menos entre 2030 y 2032.
También cuestiona el uso de un recurso “estratégico y finito” para actividades que generan relativamente pocos empleos directos. Por eso pide al Gobierno que cuantifique inversiones, empleo, recaudación, exportaciones de servicios y transferencia tecnológica, y que los compare con lo que se deja de percibir.
Sobre la demanda, señala que los 286 MW equivalen a cerca del 5% del pico histórico reciente del sistema (5.752 MW). Los considera “importante pero potencialmente administrable”, siempre que el contrato permita interrumpir el suministro ante contingencias.
Añade que las nuevas cargas deberían asumir el costo marginal de la generación adicional que requieran. Pide además que la tarifa de Itaipú para 2027 se defina según el Anexo C del Tratado y sea la menor posible.
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Cifras del análisis del Ing. Cáceres:
- 15 años: vigencia del contrato.
- US$ 48,91/MWh: tarifa en 220 kV (US$ 56,40/MWh en 23 kV).
- US$ 44,30/MWh: tarifa vigente para criptominería.
- US$ 51,40/MWh: tarifa técnica presentada en la Mesa Eléctrica (CEARE).
- 6, 146 y 286 MW: potencia comprometida en 2026, 2028 y 2029 respectivamente.
- 5.752 MW: demanda máxima histórica reciente del sistema.