El ministro de Economía, Carlos Fernández Valdovinos, reconoció ayer que el Gobierno cedió en sus pretensiones en torno al proyecto de reforma de la Caja Fiscal impulsado por el Poder Ejecutivo. Admitió que los cambios responden a “realidades políticas” en el Congreso. Nuevamente ayer, las reuniones en torno a la discusión de las modificaciones de la reforma fueron acompañadas con manifestaciones y paro nacional de docentes.
Durante la sesión conjunta de las Comisiones de Hacienda y de Legislación, el titular de la cartera estatal presentó un nuevo proyecto que flexibiliza las condiciones de la jubilación, con respecto al plan original cuyo objetivo es reducir el millonario déficit en el fono de jubilaciones que en el 2025 alcanzó US$ 380 millones.
Mientras la versión inicial proyectaba una reducción del déficit en 60%, la versión ajustada permitiría disminuir este saldo rojo entre 40% y 50%, y probablemente se tendrá que realizar otra reforma en cinco o seis años precisó Fernández ayer durante la sesión conjunta de las Comisiones que dictaminaron aprobar con modificaciones el plan que ya cuenta con media sanción en Diputados.
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El proyecto figura para su tratamiento hoy en sesión extraordinaria en la Cámara de Senadores y podría definirse en caso de que prospere la versión de Diputados. Sin embargo, si se aprueba la versión Senado, esta tendrá una segunda vuelta en Cámara Baja, donde hay posturas dividas respecto al tema.
Cabe señalar que estos cambios se dieron luego que el vicepresidente Pedro Alliana acordara un acuerdo parcial con los gremios docentes. Como resultado de las negociaciones, el Ejecutivo aceptó ceder en varios de los puntos que originalmente impulsaba en la propuesta.
Caja fiscal: principales modificaciones
Una de las modificaciones importantes introducidas en esta nueva versión es el establecimiento de un aporte estatal del 10% (de implementación inmediata), a diferencia de la versión de Diputados que establecía un aporte escalonado entre 1% y 5%, mientras que en el régimen actual esto no estaba contemplado.
Asimismo, el Ejecutivo propone aumentar del 16% al 19% el aporte de los trabajadores de los sectores deficitarios, según la versión Diputados.
Edad mínima de 53 años
En el caso de la jubilación ordinaria, para los sectores de Magisterio Nacional, docentes universitarios y magistrados judiciales, el trabajador deberá contar con al menos 25 años de aporte y 53 años de edad, accediendo a una tasa de sustitución del 78%. Este porcentaje podrá incrementarse gradualmente hasta alcanzar el 90%, en la medida en que el trabajador continúe prestando servicios de acuerdo con el proyecto.
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En lo que respecta a la jubilación extraordinaria del Magisterio Nacional, continuará conforme a la disposición vigente para el sector, destinada a casos de enfermedad o incapacidad. En estas situaciones, el trabajador puede acceder al beneficio con un mínimo de 10 años de aporte y con una tasa de sustitución del 40%.
A pedido de los gremios, la nueva versión del proyecto establece además un periodo de transición. De esta manera, los trabajadores del Magisterio Nacional que cuenten con más de 20 años de aporte podrán optar por regirse por las disposiciones de la legislación vigente, o por las reglas de la nueva ley que eventualmente sea promulgada.
El ministro también aclaró que uno de los cambios relevantes se refiere a la entrada en vigencia de la normativa. A diferencia de las versiones anteriores, que contemplaban su aplicación a partir del próximo ejercicio fiscal, la nueva propuesta plantea que la ley entre en vigor de manera inmediata, tras su promulgación.
En relación con planteamientos realizados por representantes de las Fuerzas Públicas, el Ejecutivo aceptó algunas modificaciones, principalmente vinculadas a disposiciones sobre herederos y pensiones por invalidez.
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Asimismo, en el caso de los magistrados judiciales, se consideró la disposición vigente conocida como “dos por uno”, mediante la cual, por cada dos años de servicio como funcionario administrativo, se reconoce un año de servicio como magistrado a efectos del cálculo jubilatorio.