El reajuste del Salario Mínimo Legal (SML) decretado por el Poder Ejecutivo en 5%, duplicando el variación anual de la inflación (2,4%) sigue generando debates y posiciones tanto a favor, como en contra de la medida adoptada por el presidente Santiago Peña. Por un lado, los empresarios siguen criticando el decreto presidencial que eleva el reajuste por encima de la variación anual del Índice de Precios al Consumidor (IPC), en tanto que los trabajadores tampoco acompañaron esta decisión, ya que esperaban un porcentaje mayor de aumento.
Lo concreto es que el incremento del 5% empezará a regir desde julio próximo, lo que significará un ajuste de G. 144.952 más al monto que está vigente actualmente. De esta manera el SML pasará de G. 2.899.048 a G. 3.044.000 desde el 1 de julio del presente año.
Si bien hay una mínima parte de los trabajadores que perciben actualmente el salario mínimo, cerca del 15% de los ocupados, una gran parte ni siquiera llega a esos valores. Sin embargo, la medida del SML al ser un costo para los industriales y empresariado, tiende a afectar el valor de los bienes y servicios.
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¿Cómo se ajustarán los haberes jubilatorios?
Con el nuevo reajuste del salario mínimo y el cambio del método para incrementarlo en esta oportunidad, también surgen preguntas de los ciudadanos sobre cómo quedaran establecidos los haberes jubilatorios con estos cambios.
Primeramente para los jubilados y pensionados del Instituto de Previsión Social (IPS), el reajuste se realiza por la variación anual del Índice de Precios al Consumidor (IPC) a diciembre de cada año, según las disposiciones legales dispuestas en el artículo 26° del decreto Ley 1860/50 aprobada por Ley 375/56 y modificado por el artículo 2° de la Ley 98/92 que regulan el régimen jubilatorio, con el fin de resguardar el valor real de los haberes frente a la evolución de los precios. En ese sentido, no se aplicaría el incremento del 5% para los jubilados y pensionados del IPS.
De esta manera, en el presente periodo, los cerca de 80.000 jubilados recibieron un reajuste equivalente al 3,1% resultado de la inflación anual a diciembre del 2025.
En lo que respecta al haber mínimo jubilatorio, si habría un cambio ya que este valor se determina en base al 33% del salario mínimo legal. Es decir, nadie puede cobrar menos de ese importe. Actualmente el valor mínimo que percibe un jubilado del IPS es de G. 956.685 y con el reajuste pasará a G. 1.004.520 que cobrarían unos 12.000 jubilados y pensionados
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Reforma beneficia a jubilados de Caja Fiscal
Por otra parte, con la reciente Ley 7633/2026 de la Reforma de Caja Fiscal, el haber jubilatorio que percibirán los jubilados y pensionados en esta oportunidad, se verá beneficiado con el incremento del 5%, ya que la legislación establece la variación en función al salario mínimo y no por la variación del IPC. Sin embargo, este incremento se introducirá en el Presupuesto General de la Nación para el ejercicio 2027 y beneficiará a los más de 80.000 jubilados pensionados.
Según el artículo 6 de la 7633/2026, la Dirección General de Jubilaciones y Pensiones del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) actualizará de oficio y de manera anual los haberes jubilatorios en proporción a la variación del salario mínimo legal vigente. Esta actualización se realizará en cumplimiento del artículo 103 de la Constitución Nacional y en concordancia con el artículo 7, numeral 3° de la Ley N° 5098/2013 de Responsabilidad Fiscal, según detalla la normativa.
Además introduce un límite adicional: en ningún caso el monto resultante de la actualización individual podrá superar el equivalente al 25% del salario mínimo legal vigente (de G. 761.000 con el nuevo valor), lo que busca evitar incrementos desproporcionados en los haberes más elevados.
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Tasas y multas
El reajuste del salario mínimo trae efectos de arrastres en otros beneficios del personal como las horas extras, aguinaldo, bonificación familiar y aportes de seguro social.
Pero además de los beneficios al personal, también se suman otros ajustes en tarifas como multas de tránsito, infracciones laborales o ambientales que se calculan en base al jornal mínimo, si sube el jornal, sube también el monto de esas multas.