Más de 41.000 abogados podrán elegir representantes para el Consejo de la Magistratura

De izquierda a derecha: el Dr. César Ruffinelli, el senador Édgar López, el ministro de la Corte Luis María Benítez Riera, el vicepresidente Dr. Gustavo Miranda, el titular del órgano, Dr. Gerardo Bobadilla, la Dra. Alicia Pucheta, el diputado Édgar Olmedo, y el Dr. Enrique Berni.ABC Color

La Corte Suprema de Justicia (CSJ) remitió al Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE) el padrón definitivo, con más de 41.000 abogados habilitados para las elecciones del foro, programadas para el 28 de noviembre próximo, a modo de designar dos representantes ante el Consejo de la Magistratura (CM).

La Corte Suprema de Justicia (CSJ), a través de su Secretaría General, realizó el pasado 9 de junio la comunicación oficial y remisión al Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE), del padrón definitivo con los abogados habilitados para la elección de dos representantes del gremio en el Consejo de la Magistratura (CM).

En el listado de profesionales del derecho que podrán ejercer su derecho al voto figuran en total 41.282 abogados que el próximo 28 de noviembre elegirán a quiénes los representarán ante el órgano extra poder. Cabe señalar que cada abogado podrá votar una sola vez y deberá hacerlo en una de las circunscripciones electorales habilitadas para ello.

De esta manera, la máxima autoridad del Poder Judicial cumple con el cronograma establecido, de acuerdo con los lineamientos de la Ley N° 294/1994 “que organiza el funcionamiento del Consejo de la Magistratura”.

Así también el listado definitivo de los profesionales que podrán sufragar en la fecha establecida, se ha hecho público a través de la página de la Corte Suprema de Justicia.

¿Quiénes son algunos de los candidatos al Consejo de la Magistratura?

En el año 2023 se registró una situación, el Departamento de Estado de los Estados Unidos (EE.UU.) declaró como significativamente corrupto a Jorge Bogarín Alfonso, quien entonces integraba tanto el Consejo de la Magistratura como el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM), dos órganos de alta relevancia en cuanto a instituciones judiciales.

Tras esos hechos, Bogarín renunció a ser integrante de ambas instituciones y, además, se vio privado de buscar su reelección como miembro del Consejo. Sin embargo, tres años después, el mismo vuelve a postularse de cara a las elecciones de los abogados luego de lanzar su campaña en marzo último, bajo el eslogan “Es nuestro momento”.

Jorge Bogarín Alfonso y Gerardo Bobadilla.

Lea más: Convocan a elecciones de representantes de abogados ante Consejo de Magistratura

Tras la salida de Jorge Bogarín y el fenecimiento de mandato de otro de los representantes del gremio de abogados ante el CM y el JEM, Óscar Paciello, ese mismo año se llevaron a cabo las elecciones para elegir a nuevos miembros que representen al foro.

Por una parte, apareció Gerardo Ramón Bobadilla Frizzola, designado por el propio Jorge Bogarín como su sucesor, de hecho, el mismo se encargó de apadrinarlo en ese camino de las elecciones del 2023. Bobadilla pertenecía al grupo de trabajo del “significativamente corrupto” Jorge Bogarín.

Lea más: Bogarín desafía “designación” y a HC y pretende volver al Consejo de Magistratura

En el otro camino aparecía Enrique Javier Berni Brítez como candidato. Cabe resaltar que tanto Berni como Bobadilla respondían ya desde entonces al movimiento Honor Colorado de la Asociación Nacional Republicana (HC-ANR), encabezada por el expresidente de la República, Horacio Manuel Cartes Jara.

En aquellas elecciones Berni y Bobadilla habían ganado las elecciones derrotando a Óscar Paciello, que también buscaba su reelección, y otros candidatos más.

Lea más: Casi 38.000 abogados podrán elegir a sus representantes ante el CM

Si bien en un inicio Gerardo Bobadilla no iba a presentarse nuevamente buscando el rekutu (reelección), finalmente resolvió presentarse y buscar un nuevo periodo como integrante del órgano extra poder.

De esta manera, para las elecciones del próximo 28 de noviembre buscan ser reelectos como representantes del Consejo de la Magistratura, Enrique Berni y Gerardo Bobadilla, mientras que quien había apadrinado a este último, Jorge Bogarín, busca su vuelta a dicha institución, entre otros candidatos más.

Lea más: Corte ratifica exclusión de funcionarios públicos para elección de miembros del CM

Cabe añadir que, mientras que Bogarín estuvo fuera de estos estamentos no dejó de hacer campaña alistando su camino de retorno, buscando apoyo político. En este contexto, realizó visitas proselitistas a la Escuela Judicial del CM, también se reunió con magistrados y abogados utilizando sedes judiciales para ello incluso.

¿Qué es el Consejo de la Magistratura?

El Consejo de la Magistratura (CM) es un órgano extra poder, cuya función está establecida por la Constitución Nacional (CN), específicamente en el artículo 264 “de los deberes y de las atribuciones”.

En dicho artículo se establece que el CM es el encargado de “proponer las ternas de candidatos para integrar la Corte Suprema de Justicia, previa selección basada en la idoneidad, con consideración de méritos y aptitudes, y elevarlas a la Cámara de Senadores para que los designe, con acuerdo del Poder Ejecutivo”.

También es el encargado de “proponer en ternas a la Corte Suprema de Justicia, con igual criterio de selección y examen, los nombres de candidatos para los cargos de miembros de los tribunales inferiores, los de los jueces y los de los agentes fiscales y también defensores públicos”.

Es preciso referir que desde la Corte Suprema de Justicia se ha remitido una sugerencia de modificación del reglamento para la elaboración de ternas en el CM, a fin de que se puedan conformar las mismas en menor tiempo y así lograr cubrir las vacancias en los cargos judiciales o aquellos que ya tienen mandato fenecido.

Lea más: Jorge Bogarín: “significativamente corrupto”, según EE.UU. pero en Paraguay al lado de la Justicia

Ello fue como consecuencia del excesivo tiempo que toma el proceso de designación, desde el llamado por edicto para el concurso, la elaboración de ternas y su correspondiente remisión a la Corte, hasta que la máxima autoridad judicial designe a uno de los postulantes ternados, si lo hace.

¿Cómo se integra el Consejo de la Magistratura?

El Consejo de la Magistratura consta de un total de ocho miembros, representantes del Poder Legislativo, del Poder Ejecutivo, del Poder Judicial y de las universidades privadas y públicas.

Así, el órgano se conforma por un miembro de la Corte Suprema de Justicia, que actualmente es el ministro Luis María Benítez Riera, quien pasó a reemplazar al ministro Eugenio Jiménez Rolón, cuyo mandato feneció este año.

Lea más: Video: así fue la agresión del “significativamente corrupto” Bogarín Alfonso

También un representante del Poder Ejecutivo, que hoy en día recae en la figura de la Dra. Alicia Pucheta Viuda de Correa; un Senador, en este caso Édgar López, y un Diputado, el diputado Édgar Olmedo; así también dos abogados de la matrícula, Gerardo Bobadilla, actual presidente del órgano, y Enrique Berni.

De la misma forma integran el Consejo, un profesor de las facultades de Derecho de la Universidad Nacional, se trata del Dr. Gustavo Miranda, quien es el actual vicepresidente; y un profesor de las facultades de Derecho de las Universidades privadas, que es el Dr. César Ruffinelli Boungermini.

De acuerdo con lo establecido en la Constitución Nacional, en su artículo 263 “de los requisitos y la duración”, los miembros del Consejo de la Magistratura deberán ser paraguayos, tener 35 años cumplidos, además deberán contar con título universitario de abogado, y, al menos 10 años de ejercicio de la profesión, o desempeñado la magistratura judicial, o ejercido la cátedra universitaria en materia jurídica, conjunta, separado o alternativamente.

Cada integrante del Consejo, según el artículo 263 de la Carta Magna, durará 3 (tres) años en sus funciones y gozarán de iguales inmunidades que los Ministros de la Corte Suprema de Justicia y también, tendrán las incompatibilidades que establezca la ley.

Las incompatibilidades para los miembros del Consejo de la Magistratura, en ese sentido, se establecen en el artículo 3° de la Ley N° 296/1994, las cuales son: que no podrán ejercer la profesión de abogado al tiempo de su elección como titulares, en caso de que tengan juicios pendientes como patrocinantes o apoderados deberán renunciar a su patrocinio o mandato.

Tampoco podrán ejercer otro cargo público, exceptuando la docencia y la investigación científica a tiempo parcial y, salvo los casos del ministro de la Corte Suprema de Justicia, del Senador y del Diputado; tampoco podrán ocupar cargos políticos partidarios, aplicándose todas estas incompatibilidades a los suplentes.

Lo
más leído
del día