En sesión ordinaria el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM) resolvió cancelar y remitir al archivo las causas, en total cinco, que se iniciaron en contra de la abogada Carmen Analía Ciblils Miñarro, cuando aún era jueza de paz del distrito de La Encarnación de la Capital, como consecuencia de la investigación penal por la mafia de los pagarés.
En total fueron cinco causas que se tramitaron ante el órgano extrapoder, dos de ellas iniciadas por profesionales abogados en el 2024, mientras que otra inició en el 2025 como consecuencia de un informe de Auditoría de Gestión Jurisdiccional al juzgado que estaba a su cargo y otras dos más, en 2026, tras el inicio de causas penales por la mafia de los pagarés.
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La presidenta del JEM, Dra. Alicia Pucheta señaló al momento de expresar su fundamentación con relación al archivo de dichas causas, que las mismas “guardan relación con la conducta de la abogada Analía Cibils y sobre la misma, se advierte que por nota N° 995 del 4 de junio, la Secretaría General de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) comunicó la decisión adoptada por la máxima instancia judicial a través del Decreto N° 3.175/2026, la que en lo que pertinente dispuso designar a la abogada Sonia Elizabeth Torres como jueza de Paz de La Encarnación”.
De esta manera se corroboró que la abogada Analía Cibils “ya no fue confirmada en el cargo de jueza de paz, por lo que ya no reviste la calidad para ser juzgada por este órgano constitucional, motivo por el cual corresponde ordenar las cancelaciones y archivos de las causas”.
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Esta decisión tuvo el voto adhesivo de los demás miembros participantes: el vicepresidente 2° del JEM y ministro de la Corte, César Garay, el senador Mario Varela, los diputados Alejandro Aguilera y Diego Candia, y el consejero Enrique Berni.
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En otro momento de su fundamentación y voto, Alicia Pucheta recordó los antecedentes del caso mafia de los pagarés, vinculados a Analía Cibils.
En tal sentido refirió, “considero necesario resaltar que se archivan las causas ante este Jurado exclusivamente porque la referida abogada dejó de ser sujeto pasivo de enjuiciamiento, sin perjuicio en cuanto a la responsabilidad que podría corresponderle”.
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“Las actuaciones vinculadas a supuestos hechos punibles deberán continuar en el ámbito penal donde habrá de determinarse la responsabilidad, en el marco de los hechos conocidos como “mafia de los pagarés”, en el que miles de personas de personas fueron víctimas de procesos irregulares; víctimas que deben obtener respuesta y justicia”, sentenció la presidenta del Jurado.
Proceso penal contra exjueza de paz Analía Cibils
En el fuero penal, Carmen Analía Cibils Miñarro afronta tres investigaciones penales, una de ellas iniciada formalmente en marzo de 2025. Todas relacionadas al caso conocido como la mafia de los pagarés. Las mismas están a cargo de los fiscales Belinda Bobadilla, Jorge Luis Arce y Leonardi Guerrero.
El 21 de marzo de 2025, la entonces jueza de paz de La Encarnación Analía Cibils fue imputada por la supuesta comisión de los hechos punibles de prevaricato y uso de documentos públicos de contenido falso, en ambos casos en calidad de autora. Por esta causa fue acusada y el pasado 6 de abril de 2026, el juez penal de garantías Especializado en Delitos Económicos Rodrigo Estigarribia resolvió que vaya a juicio.
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Luego, el 18 de mayo, los agentes fiscales Bobadilla, Arce y Guerrero presentaron nuevas imputaciones contra Analía Cibils, en el marco de las causas abiertas en su contra, señaladas como N° 133 y N° 135. En las mismas se le atribuyen también la comisión de prevaricato y uso de documentos públicos de contenido falso.
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En una de esas causas, se señala que la jueza Analía Cibils habría dictado un total de 38 resoluciones judiciales, en el marco del trámite de 19 expedientes de la firma Global Enterprises, violando el principio de igualdad entre las partes, “dado que habría sabido, consentido y acordado que los expedientes y las actuaciones obrantes en los mismos, fuesen elaborados por la abogada demandante”, señala el escrito.
Mientras que en la otra causa, se presume que la jueza Carmen Analía Cibils, a petición de la abogada demandante Thalia Benítez, dio trámite a la preparación de la acción disponiendo la notificación ordinaria, siendo que el domicilio denunciado era en Tucumán, Argentina, que luego la ujier Audrey Galeano, habría informado falsamente sobre su realización para proseguir el proceso judicial.