Revocan condena a Esther Roa: Duarte Cacavelos cuestiona resolución

El abogado Guillermo Duarte Cacavelos. Foto: archivo.Diego Díaz

La Cámara de Apelaciones revocó la condena por difamación impuesta a la activista María Esther Roa en un caso por calumnia y difamación contra el abogado Guillermo Duarte Cacavelos. El querellante calificó esta decisión de “delirio procesal” y dijo que el estamento omitió precisar si habrá un nuevo juicio, absolución o sobreseimiento.

El conflicto judicial entre el abogado Guillermo Duarte Cacavelos y la activista María Esther Roa se desencadenó a raíz de una publicación realizada por esta última en redes sociales. En un posteo, titulado “el cartel de la toga”, Roa adjuntó un clip de audio y video en el que supuestamente se escuchaba al profesional llamando a un ministro de la Corte Suprema para intervenir en un caso penal.

En comunicación con ABC Cardinal, Duarte Cacavelos explicó el impacto y la naturaleza de dicho material. “Es un video que tenía supuestamente mi voz, llamándole por teléfono a un ministro y diciéndole que saquen ya los camaristas que resuelvan el caso de mi suegro”, inició.

El abogado remarcó que “cualquiera que haya escuchado ese audio” podía percatarse de que no era real. “No hacía falta hacer un perito para darse cuenta de que era una publicación creada. La pericia determinó que ni siquiera fue por IA, fue por un montaje simple y llano”, subrayó.

A pesar de que Roa incluyó en su texto frases de reserva como “no sabemos si es verdad o no”, Duarte Cacavelos entabló una querella por calumnia y difamación al considerar que existió una intencionalidad dolosa de dañar su imagen.

Abg. María Esther Esther, activista anticorrupción, y el Abg. Guillermo Ferreiro, antes de conocer la sentencia de la jueza Mesalina Fernández. Foto: archivo.

“Ella se defendía diciendo que subió sin querer, sin saber si era verdad o no. Pero todo el texto que ella escribió para darle un contexto al video tenía una sola intención, que es mancillar mi honor y mi reputación. Cuando ella misma dice en su posteo ‘no sé si es verdad o no’, ahí ya está advirtiendo que si tiene la probabilidad de que es mentira, igual sube. Y eso ya es un hecho punible de difamación”, afirmó el profesional del derecho.

Hubo condena en abril

En abril pasado, la causa llegó a su primera definición formal cuando la jueza Mesalina Fernández halló culpable a la activista. En dicha oportunidad, se determinó que María Esther Roa debía abonar una sanción correspondiente a 100 días de multa (dos jornales por día, con suspensión de la ejecución) por difamación.

Jueza Mesalina Fernández, presidenta del Tribunal de Sentencia Unipersonal que dictó la condena. Foto: archivo.

Tras la apelación presentada por la defensa, la Primera Sala del Tribunal de Apelación en lo Penal resolvió revocar la Sentencia Definitiva N° 04. Sin embargo, la estructura y argumentación de la resolución desató duras críticas por parte del querellante.

Duarte Cacavelos remarcó la desproporción en los argumentos vertidos dentro del expediente de 22 páginas. “La sentencia tiene 22 páginas, 17 páginas tiene el voto de Paublino Escobar por confirmar el fallo y la condena. Y en tres páginas y media, un camarista que es Jesús Riera habla de que hubo pericias contradictorias y que estas pericias contradictorias fueron valoradas incorrectamente por Mesalina Fernández”, resaltó.

Dr. Guillermo Duarte Cacavelos. Foto: archivo.

Respecto al supuesto choque entre los dictámenes periciales al que hicieron referencia los camaristas Jesús Riera y Pedro Torres para votar en mayoría, el abogado desmintió que existiera discrepancia alguna. “Básicamente lo que hacen es comparar informes que en realidad no se referían a lo mismo”, afirmó.

“Una era una pericia acústica y otra pericia era informática sobre cómo se pudo haber producido, entonces ni siquiera eran informes técnicos sobre la misma situación. No puede haber contradicción entre esas dos pruebas y eso es lo que dice Jesús Riera”, añadió.

¿Qué ocurre ahora con la causa?

Según Duarte Cacavelos, el aspecto más cuestionado del reciente fallo es la omisión en la parte dispositiva de la resolución, donde el tribunal no definió la situación procesal de la querellada ni el rumbo que tomará el proceso.

“Votan por revocar la resolución de Mesalina Fernández, pero no dicen qué va a pasar después. No dicen si reenvían a un juicio oral, no dicen si la absuelven, no dicen si la sobreseen; absolutamente dejan en blanco qué va a pasar con este procedimiento y eso es un gran delirio procesal de la Cámara”, enfatizó Duarte Cacavelos.

La abogada María Esther Roa. Foto: archivo.

Sobre la falta de claridad en las resoluciones, el jurista comparó este caso con otros antecedentes procesales. “La Cámara siempre tiene que decir qué es lo que tiene que pasar después. Como en el caso de (Rafael) Filizzola, donde la Cámara revocó el sobreseimiento y ordenó una nueva preliminar. Acá vamos a ver cómo solucionamos este problema jurídico porque la Cámara revocó y no dijo nada más”, enfatizó.

Ante la imposibilidad de apelar directamente la decisión por las vías ordinarias, la representación legal del querellante ya prepara los siguientes pasos judiciales. “El problema que tenemos es que nos dejaron sin salida. Voy a plantear eventualmente una aclaratoria, que es lo que estamos avanzando en la oficina, porque tienen que terminar de resolver. ¿Qué significa esto que ellos dicen revocar? ¿Cuál es el alcance que tienen?”, cuestionó.

Dr. Paublino Escobar. Foto: archivo.

Duarte Cacavelos concluyó que:“Claramente ellos no tienen capacidad de absolver ni sobreseer, entonces van a tener que explicar que esto se tiene que hacer de vuelta en el juicio. Y bueno, vamos a tener de vuelta el juicio, nada más”, cerró.

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