La jueza Mesalina Amor Fernández Franco, presidenta del Tribunal de Sentencia Unipersonal, dio por probado en contra de la Abg. María Esther Roa el hecho punible de difamación, de acuerdo a lo establecido en los incisos 1° y 2° del Art. 151 del Código Procesal Penal, en contra del Abg. Guillermo Duarte Cacavelos (querellante).
En consecuencia, condenó a la letrada a la pena de 100 días multa en razón de 2 jornales mínimo por día, pero con la suspensión de la ejecución de la pena. Roa deberá bajar la publicación y pedir disculpas al querellante, una vez que el fallo quede firme, de acuerdo con lo resuelto por la magistrada al dictar su sentencia, este jueves.
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“No existe libertad que tenga carácter absoluto. No importa la libertad de atribuir hechos punibles sin prueba y difundirlo a través de redes sociales masivas, como lo hizo. En consecuencia, en mi interpretación (María Esther Roa) ha cometido el hecho punible de difamación”, expresó la jueza Mesalina Fernández al dar a conocer su fallo.
Empero, al establecer la pena, la magistrada estableció 100 días multa tomando como base 2 jornales mínimos por día, pero con suspensión de la ejecución de la pena, atendiendo la condición de activista social que lucha contra la corrupción pública, que tiene la Abg. María Esther Roa. “Un veredicto de reprochabilidad es suficiente para que usted no vuelva a cometer un hecho semejante”, argumentó Fernández.
Recurrirá a instancias internacionales
Luego de conocer el fallo de la presidenta del Tribunal de Sentencia Unipersonal la querellada Abg. María Esther Roa calificó como “descabellado, aberrante y bochornoso” lo resuelto por la magistrada, quien deja el mensaje de que, cuando la ciudadanía se preocupa y habla, está cometiendo un ilícito, según afirmó la letrada.
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“La jueza Mesalina Fernández optó por la censura, pero bajo ningún contexto la magistrada va a lograr de que esta voz se calle, que esta voz tenga que pedir permiso y anuencia al querellante, cada vez que tenga que emitir una opinión sobre un hecho gravísimo de interés público”, expresó Roa.

La activista anticorrupción agregó que “Guillermo Duarte ganó en primera instancia y el pueblo perdió”, sin embargo anunció que presentará apelación y espera que el presente fallo sea revocado. En caso contrario, adelantó que recurrirá incluso a instancias internacionales, tal como ocurrió en otras causas en las que Paraguay fue sancionado por resoluciones contrarias a los Derechos Humanos.
Al respecto Roa recordó que las grandes conquistas sobre Derechos Humanos en Paraguay no se han dado con un bolígrafo y una nota, porque eso no sirve en nuestro país, según remarcó. “Todos los paraguayos tenemos derecho a informarnos y a debatir públicamente, pero hoy la jueza pretende que ningún ciudadano comparta un video en sus redes y eso no es así”, finalizó.
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Difamación mediante publicación en redes
El 13 de mayo de 2025 la Abg. María Esther Roa compartió en su cuenta de X un video que contenía un audio atribuido al Abg. Guillermo Duarte Cacavelos en el que supuestamente el letrado negociaba la prescripción de la causa contra su suegro, el expresidente de la ANDE Carlos Heisele, quien estuvo procesado por lesión de confianza que causó un perjuicio superior a los G. 9.000 millones a la institución, según fiscalía.

Además, la letrada atribuyó a Duarte Cacavelos ser parte de un “cartel de la toga”, una frase que Roa utilizaba frecuentemente en sus posteos contra la corrupción pública; y haber operado para llevar a cabo la prescripción de la causa de su suegro.
“¿Con qué ministro habla el abogado Guillermo Duarte Cacavelos, defensor de cuestionadas autoridades políticas? ¿Sobre el caso de su suegro?“, había manifestado la ahora condenada en parte del posteo en la red social, que contenía el mencionado video, en el que se veía una imagen de Duarte Cacavelos cargando un fajo de billetes.
Roa también escribió que “no sabemos aún si el audio que circula es auténtico, pero lo cierto es que el proceso penal contra Carlos Heisele, expresidente de la ANDE, y otros funcionarios terminó en total impunidad”.
