Desde inauguraciones de obras municipales, pasando por obras departamentales hasta obras estatales ejecutadas con el dinero de los contribuyentes, son utilizadas constantemente por los políticos que ostentan el poder para hacer proselitismo de manera desvergonzada.
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Incluso, el propio presidente Santiago Peña usa el micrófono para pedir votos a favor de candidatos cartistas en inauguraciones de obras que se financian con plata de todos los paraguayos, no solo de los colorados, violando abiertamente artículos constitucionales y varias leyes.
Pero esta práctica no es nueva, y no es tampoco de uso exclusivo de los colorados, también los liberales y otros partidos de la oposición lo hacen sin que sean sancionados y ni reciban tan siquiera un llamado de atención de quienes deben hacer cumplir las reglamentaciones.
Lo que se viola y nadie hace nada
1- Constitución Nacional: En su artículo 118 se establece que el sufragio es la base de la democracia, por lo que el Estado debe garantizar la libertad y transparencia, evitando que los funcionarios y los bienes del Estado sean utilizados para inclinar la balanza a favor de candidaturas específicas.
2- Ley N° 834/1996: El Código Electoral Paraguayo es la madre de las leyes electorales en Paraguay, pero también la más violentada desde su promulgación.
En su artículo 296, por ejemplo, se prohíbe explícitamente fijar carteles o colocar letreros de propaganda electoral en edificios públicos, sean nacionales, departamentales o municipales.
Además, reglamenta y limita los tiempos y lugares permitidos para la campaña proselitista.
Sin embargo, a lo largo de la campaña electoral se ve a candidatos a intendentes o concejales hacer videos proselitistas desde la propia sede municipal, incluso en pleno horario laboral y con los funcionarios arreados.
3- Ley N° 1626/2000 (De la Función Pública): En su artículo 60, incisos D y E, prohíbe terminantemente a todo funcionario o personal contratado utilizar tiempo de la jornada laboral, o servirse de personal, materiales e información de la institución para realizar actividades políticas.
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En dicha ley también se prohíbe el uso de insignias proselitistas dentro de las dependencias estatales en horario de trabajo. Pero lamentablemente, una práctica común es el arreo de funcionarios públicos en proselitismo.
Se llegó incluso a tener a una directora de un colegio haciendo campaña política en el aula en nuestro país, sin que reciba una sanción por ello.
En el Congreso Nacional, la senadora Blanca Ovelar (ANR) también denunció que una gobernadora amenazaba “sugería” a docentes a que voten por su hermano, candidato a concejal.
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4- Ley N° 7445/2025 (De la Función Pública y del Servicio Civil): Refuerza el principio de neutralidad de los servidores públicos, exigiendo imparcialidad institucional y evitando el aprovechamiento de la estructura administrativa del Estado con fines político-partidarios.
Esta nueva ley también es letra muerta, pues los ministros usan los recursos de sus instituciones en proselitismo.
Por ejemplo, Juan Carlos Baruja, titular del Ministerio de Urbanismo, que mediante el programa estatal Che Róga Porã a lo largo del territorio nacional deja que los candidatos cartistas participen de los actos para hacer proselitismo y de esa manera engañar al elector.
Similar práctica se hace desde el Ministerio de Desarrollo Social, cuyo titular es Tadeo Rojas, tesorero del Partido Colorado, y desde la Secretaría de Emergencia Nacional, a cargo de Arsenio Zárate, cuyos víveres son enviados a diferentes sitios del país ya aprovechados en proselitismo.
En Puerto Casado, por ejemplo, incluso dos equipos políticos con precandidatos cartistas casi llegaron a los golpes para quedarse con la repartija de los víveres.
Competencia de Rolón y de Bestard
El incumplimiento de dichas normativas por parte de las autoridades nacionales, departamentales y locales o funcionarios públicos constituye un delito electoral, que puede ser sancionable por la vía penal y administrativa, sin embargo, nunca se hizo.
La competencia es del Ministerio Público, cuyo titular es el cuestionado fiscal general Emiliano Rolón y del Tribunal Superior de Justicia Electoral, cuyo presidente este año es el cartista Jaime Bestard, quienes deben actuar de oficio, pero lamentablemente no lo hacen.
Aunque también estas instituciones deben actuar con las denuncias ciudadanas ante la violación de estas normativas.
Un capítulo especial también es el uso de niños en campañas proselitistas pese a la expresa prohibición legal. En cada acto los candidatos se fotografían con niños, muchos de ellos en situación de vulnerabilidad exponiendo sus rostros en sus páginas de redes sociales sin que el ministro de la la Niñez Walter Gutierrez haga algo para hacer respetar el derecho de los niños, niñas y adolescentes.
Aunque no solo los políticos y las autoridades tienen la culpa, también el elector o del ciudadano, que asiste a los actos públicos y antes que cuestionar la práctica vergonzosa, va y aplaude, normalizando de esta manera lo incorrecto.