Rechazan arresto con tobillera para chofer de Bolt procesado por fatal agresión

Cristian Eduardo Jaime Narváez, conductor de Bolt procesado por fatal agresión contra un pasajero.GENTILEZA

El chofer de Bolt Cristian Eduardo Jaime Narváez seguirá con prisión preventiva en el proceso que afronta por la agresión que ocasionó la muerte al pasajero Arnaldo Ramón Grance Coronel, de 44 años. El juzgado rechazó el arresto domiciliario con uso de tobillera electrónica, que había solicitado la defensa del encausado por homicidio culposo y omisión de auxilio.

La jueza de Garantías Diana Carvallo ratificó la prisión preventiva del conductor de Bolt Cristian Eduardo Jaime Narváez, procesado por homicidio culposo y omisión de auxilio debido a la agresión que causó la muerte al pasajero Arnaldo Ramón Grance Coronel, ocurrido en la noche del pasado 1 de mayo.

La magistrada no hizo lugar al pedido de los abogados defensores Carolina González y Víctor González, quienes el pasado 25 de mayo solicitaron la revisión de la medida cautelar de prisión preventiva y la aplicación del arresto domiciliario, alegando la existencia de nuevos elementos favorables y que el sometimiento del encausado estaría garantizado con el uso de la tobillera electrónica.

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Respecto al uso del dispositivo electrónico la defensa se basó en el informe del 22 de mayo de 2026, del responsable de la Coordinación General de la Oficina de Monitorio de Dispositivos Electrónicos de Control (OMDEC), Enrique Emmanuel Noguera López, que comunicó al Juzgado que es factible la instalación de la tobillera a Jaime Narváez.

Por otro lado, el pasado 26 de mayo el abogado Orlando Cuevas Casco, en representación de la querella adhesiva, presentó recurso de apelación general contra el cambio de calificación provisoria de la conducta del procesado Cristian Eduardo Jaime Narváez, del tipo penal de homicidio doloso al hecho punible de homicidio culposo, manteniendo la calificación provisoria de la omisión de auxilio.

Argumentos contra pedido del chofer de Bolt

La defensa argumentó el pedido de arresto en el cambio de calificación dispuesto el pasado 25 de mayo, que modificó la subsunción provisoria del hecho de homicidio doloso a homicidio culposo; el resultado positivo del estudio de factibilidad técnica realizado por la OMDEC para la instalación del dispositivo electrónico de control.

Al respecto la jueza Diana Carvallo concluyó que, si bien es cierto que hizo lugar parcialmente al incidente de cambio de calificación promovido por la defensa, dicha resolución no se encuentra firme a la fecha, en virtud del recurso de apelación general interpuesto por el representante de la querella adhesiva, Abog. Orlando Cuevas Casco.

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Por dicha razón la magistrada señala que el argumento de la defensa no puede ser valorada, por sí sola, como un nuevo elemento de juicio suficiente para neutralizar los presupuestos cautelares considerados al momento de dictarse la prisión preventiva del conductor de Bolt.

Abg. Diana Carvallo Estigarribia, jueza penal de Garantías N° 5 de la Capital.

Además, la jueza de Garantías destaca que el procesado es ciudadano argentino y que esta condición de extranjero, sin perjuicio del domicilio en la ciudad de Ypané ofrecido por la defensa, constituye una circunstancia objetiva que debe ser ponderada con especial rigor en el análisis del peligro de fuga.

Tobillera electrónica no desvirtúa peligro de fuga, según jueza

La jueza Diana Carvallo concluyó que, en el caso de Cristian Eduardo Jaime Narváez, la tobillera electrónica constituye un instrumento de monitoreo y control, más no una garantía absoluta de sometimiento al proceso. Agrega que la efectividad del dispositivo presupone una ponderación favorable del resto de los elementos del Art. 243 del Código Procesal Penal, particularmente en lo relativo al arraigo.

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En ese sentido la magistrada señala que la condición de ciudadano extranjero del procesado, sumada a la cercanía geográfica del domicilio ofrecido con rutas que conducen a pasos fronterizos hacia la República Argentina, y a la subsistencia de una expectativa de pena significativa cuya determinación definitiva se encuentra pendiente del pronunciamiento de la Alzada, configuran un cuadro fáctico en el cual el dispositivo electrónico de control no neutraliza adecuadamente el riesgo de fuga.

En relación con la fianza personal ofrecida por Ramón Lorenzo Jaime Maldonado y Karen Analie Enciso Molina, así como con el domicilio indicado en la ciudad de Ypané y el certificado de nacimiento de la hija menor del procesado; la jueza Diana Carvallo concluyó que tales elementos, si bien deben ser valorados, no resultan suficientes, en su conjunto, para desvirtuar el peligro de fuga del encausado.

Con esta resolución de la magistrada el chofer de Bolt seguirá cumpliendo preventiva en el Centro Nacional de Prevenidos (ex-Tacumbú).

Muerte tras agresión a chofer de Bolt

El hecho investigado ocurrió la noche del pasado 1 de mayo, cerca de las 23:40, sobre las calles Marcelino Pérez casi 25 de Noviembre del barrio Mburucuyá de Asunción, cuando el vehículo de la plataforma Bolt llegó a destino.

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Cámaras de seguridad captaron el momento en que la esposa de la víctima ayudaba a Arnaldo Ramón Grance Coronel a descender del automóvil. Sin embargo, en un movimiento repentino, el conductor descendió del rodado y, sin mediar palabras, lo atacó a golpes.

Bomberos asisten a la víctima en el lugar del incidente, en el barrio Mburucuyá de Asunción.

Uno de los impactos provocó que la víctima cayera de espaldas y golpeara violentamente la cabeza contra el empedrado, lo que derivó en su muerte casi inmediata.

Tras la agresión en contra del pasajero, el sospechoso huyó del lugar, dejando a familiares y vecinos que intentaron auxiliar al hombre, quien ya no presentaba signos vitales.

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Horas después, el supuesto agresor se presentó en sede policial, donde finalmente fue reconocido como el presunto autor del hecho y quedó detenido.

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