La señora Lilian Veloso –empleada de un centro comercial de Ciudad del Este– vio en la calle a un bebé indígena lleno de suciedad y gravemente desnutrido, atado a una niña, también indígena: lo recogió, lo amamantó, lo bañó con la ayuda de sus compañeras y dio aviso a la Consejería Municipal por los Derechos del Niño, Niña y Adolescente (Codeni), que se ocupó de hospitalizarlo y de hallar a su madre varias horas después.
La caritativa actitud de dicha compatriota, que salvó la vida de la criatura, merece el reconocimiento social. El abandono e incluso la drogadicción en que se hallan sumidos tantos niños exige que no solo intervengan las entidades públicas, sino también toda persona que pueda brindar alguna ayuda. No hay que apartar la vista de la miseria ajena ni habituarse a ella, pero tampoco tolerar que se utilice el dolor ajeno para ganar dinero.
Según la bienhechora, era evidente que “le usaban al bebé para lucrar”, lo que no habría sido nada raro. Se trata de una práctica infame que se halla muy extendida, hasta el punto de que se alquilan chicos para despertar la conmiseración: cuanto más desvalidos se vean, mejor para los explotadores. Lo saben la Codeni, la Defensoría de la Niñez, la Fiscalía de la Niñez, el Juzgado de la Niñez, la Secretaría Nacional de la Niñez y Adolescencia y el Ministerio Público, que también saben que el Código Penal castiga con tres años de prisión o con multa a quien viola gravemente su deber legal de cuidado de las personas discapacitadas o de cualquiera otra, exponiéndola a ser considerablemente perjudicada en su desarrollo físico o psíquico, de llevar una vida en la que los delitos sean habituales o de ejercer la prostitución. Es necesario que los funcionarios de los citados organismos hagan mucho más de lo poco que están haciendo para precautelar los derechos de los niños e impedir que sigan expuestos al peligro. Solo hace falta que salgan a las calles.
Por su parte, la Ley Nº 1680/01 obliga a toda persona enterada de que los derechos del niño o del adolescente son violados a denunciar de inmediato el hecho a la Codeni o, en su defecto, al Ministerio Público o al defensor público. Aunque no imponga ninguna sanción para el caso de incumplimiento, esta última norma debe servir al menos para concienciar en el sentido de que nadie debe ser indiferente ante los atropellos que, muchas veces, están a la vista de todos. El hecho de que sean indígenas no exime de responsabilidad a los padres del bebé salvado y de la niña que lo portaba. No es de creer que sus normas consuetudinarias de convivencia interior les permitan poner en peligro la vida de sus criaturas o utilizarlas de una manera tan vil. Aunque así fuera, ellas no podrían ser invocadas ante los tribunales por atentar contra los derechos fundamentales establecidos por la Constitución. La admisión de sus costumbres tiene un límite.
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Ojalá que el mencionado ejemplo de amor al prójimo cunda y que la sensibilidad ante la suerte de los desamparados sea cada vez mayor. También es necesario que los progenitores o quienquiera que abuse de los niños, poniéndolos en situación de extremo riesgo, sean denunciados ante los organismos competentes. Se libró de la muerte a un ser humano gracias a que alguien no hizo la vista gorda ni se cruzó de brazos, mostrando una conducta digna de ser imitada. Ahora, se impone que, al menos en este caso concreto, las autoridades apliquen la ley.