Convencionales colorados se quejaron de que el titular partidario, el diputado Pedro Alliana, esté congelando el tratamiento del pedido de expulsión del senador Óscar González Daher, privado de su investidura en el periodo legislativo anterior e imputado por el Ministerio Público por haber incurrido en tráfico de influencias. También criticaron que las autoridades de la ANR apañen al diputado José María Ibáñez, autor confeso de los delitos de estafa, cobro indebido de honorarios y expedición de certificados sobre méritos y servicios de contenido falso. Lamentaron, además, que sigan siendo correligionarios del senador Víctor Bogado, quien en el 2014 fue acusado por los delitos de estafa y cobro indebido de honorarios en un caso que aún no fue juzgado debido a sus reiteradas chicanas.
Es interesante el surgimiento de esta corriente moralizadora en este partido, tan castigado por la corrupción. No obstante, estos convencionales –y otros afiliados– podrían haber deplorado también que el diputado Carlos Núñez, autor confeso del delito de contrabando de decodificadores cometido en 2011, aún figure en el padrón partidario, lo mismo que numerosos funcionarios y gobernadores, intendentes y concejales, del pasado o del presente, cuyos actos de corrupción son bien conocidos. Con todo, es saludable que esos convencionales hayan expresado su inquietud ante la desidia de su presidente, a la que se suma la de Gustavo Cazal, titular del Tribunal de Conducta, quien puede actuar de oficio, según el art. 132 del estatuto partidario.
En el PLRA no se observa una preocupación similar ante la impunidad partidaria de que gozan muchos afiliados salpicados por actos de corrupción que habrían perpetrado el delito de lesión de confianza en el ejercicio de la función pública, como el ya condenado extitular del Indi Rubén Quesnel, y otros procesados, como el expresidente del Indert Luis Ortigoza y los hoy “parlasurianos” chicaneros Enzo Cardozo y Milciades Duré. También el diputado Carlos Portillo está penalmente imputado por los hechos punibles de tráfico de influencias, cohecho pasivo agravado, soborno y asociación criminal. Por su parte, el senador Enrique Salyn Buzarquis está acusado de lesión de confianza durante su desempeño como ministro de Obras Públicas y Comunicaciones. El estatuto no dice que el Tribunal de Conducta pueda intervenir de oficio, pero el fiscal partidario Pedro Candia solicitó el último 9 de enero la expulsión del impresentable Portillo, sin que hasta hoy dicho órgano haya hecho algo al respecto. Conste que el art. 78 del estatuto dice que la expulsión puede acordarse cuando el acusado “incurra en faltas o delitos graves que comprometan el prestigio del partido”. Por lo visto, según sus autoridades, ninguno de los citados lo afectó con su detestable inconducta.
Como se ve, a los partidos tradicionales les importa muy poco su prestigio moral, suponiendo que aún lo tengan. Los afiliados que delinquen ocupando un cargo público conservan el carnet porque se tiene la creencia de que no perjudican las chances electorales del partido. En efecto, la inacción de la Junta de Gobierno de la ANR, del Directorio del PLRA y de los respectivos Tribunales de Conducta sugiere que aún suponen que la corrupción no cuesta votos, sin advertir que algo está cambiando para bien de la República. Es decir, más allá de los escraches que ya sufren los facinerosos, la indignación ciudadana alcanzará más temprano que tarde a sus respectivas organizaciones políticas.
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Como ejemplo se puede mencionar que los propios colorados reconocen que la candidatura de Óscar González Daher, quien fue expulsado de la Cámara Alta, le restó votos a su partido, incluso –o sobre todo– en su feudo luqueño. Como los candidatos honestos serán cada vez más perjudicados por integrar una lista con sinvergüenzas de pública notoriedad, quienes buscan conquistar algún cargo electivo deberían promover la depuración partidaria en su propio interés. Esto vale para quienes en el futuro quieran ser intendentes, gobernadores o hasta presidentes de la República, especialmente como candidatos de la ANR o del PLRA. Dada la hoy mayor ilustración ciudadana, el pañuelo y la polca irán perdiendo la importancia que aún tienen para muchos electores, de modo que llegará el día en que un delincuente ya no podrá estafarles apelando a la tradición y al sentimiento.
La autodepuración de los partidos mayoritarios impulsada desde abajo por sus afiliados resulta, pues, indispensable, no solo por razones morales, sino también políticas, pues el apoyo electoral que aún reciben irá declinando en la medida en que sus dirigentes y afiliados honestos sigan tolerando en sus filas a los bandidos.
La excusa de que se requiere una previa condena judicial, según el principio de presunción de inocencia, es insostenible. Esa presunción debe tenerla el Tribunal de Conducta a la hora de juzgar, pero ello no impide que aplique una sanción política, como lo fue la aplicada por los senadores al repudiable González Daher, sin esperar ningún fallo judicial firme y ejecutoriado. Las chicanas de los corruptos pueden dilatar un proceso durante años, afectando entretanto el buen nombre del partido al que pertenecen.
Por lo demás, un acusado puede ser absuelto sin ser inocente, gracias a la prescripción de la causa o a alguna artimaña o tecnicismo tan frecuentes en nuestros tribunales. Si el diputado José María Ibáñez cumpliera con las condiciones dispuestas por el juez, sería sobreseído el 6 de julio de 2019. En su foja de servicios ni figurará que desvió dinero público en su beneficio y en el de su esposa Lorena Plabst. Por tanto, esa clase de contingencias no debe incidir en una eventual expulsión partidaria de algún afiliado delincuente.
Por de pronto, el titular del Tribunal de Conducta colorado informó que lo resuelto en sede judicial será objeto de un “análisis profundo” (!). La expulsión procedería aunque el afiliado no hubiera sido imputado o acusado por un Ministerio Público indolente a la hora de perseguir a políticos o funcionarios corruptos. Por el contrario, cabe apuntar que el art. 133 del estatuto de la ANR dispone que si la inconducta implica un delito, el Tribunal de Conducta pasará de oficio los antecedentes a la Justicia, y que si ella dañara el patrimonio del partido, remitirá una copia de la sentencia a la Junta de Gobierno para que disponga las acciones resarcitorias. O sea que el Tribunal de Conducta juzga de entrada, imponiendo una pena de carácter político.
Es tiempo, en fin, de que cualquier partido afectado por las fechorías de sus miembros se deshaga de ellos en beneficio propio y del país, excluyéndolos del padrón, para así desinfectar la política y la función pública de tantos malandrines impunes.