Patoteros en el Senado

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Funcionarios del Senado impidieron por la fuerza que Miriam Arroquia, nombrada directora de Recursos Humanos en reemplazo de Arturo Lombardo, ingresara en su lugar de trabajo. Los patoteros estuvieron liderados por el sindicalista Hugo Caballero y por Nadia Espinosa Pintasilgo, funcionaria de esa dirección y novia del senador Ramón Gómez Verlangieri, quien, junto con su colega Jorge Oviedo Matto, planteó el problema para su consideración en el pleno del Senado, ignorando que el nombramiento o la remoción de un personal es atribución del presidente del cuerpo. La fiscala Claudia Morys anunció que identificará a los prepotentes funcionarios para una eventual imputación. El escandaloso episodio implicó un alzamiento contra la resolución del presidente del Senado, y una insubordinación de unos funcionarios que se creen dueños de la institución donde “trabajan”. Es intolerable que justamente allí donde se sancionan las leyes que los ciudadanos deben cumplir, ciertos funcionarios hayan protagonizado hechos vergonzosos, que dañan aún más al ya muy desprestigiado Congreso. Este deplorable suceso debe ser castigado con todo el rigor de la ley.

Funcionarios del Senado impidieron por la fuerza que Miriam Arroquia, nombrada directora de Recursos Humanos en reemplazo de Arturo Lombardo, ingresara en su lugar de trabajo. Los patoteros estuvieron liderados por el sindicalista Hugo Caballero y por Nadia Espinosa Pintasilgo, funcionaria de esa Dirección: “Vino a amenazarle acá a uno de nuestros compañeros y nosotros no vamos a permitir, no vamos a permitir porque cuidamos nuestra casa y cuidamos a nuestros señores senadores” (las negritas son nuestras), vociferó la novia del senador Ramón Gómez Verlangieri, el que horas después planteó en la mesa directiva de la Cámara, con su colega Jorge Oviedo Matto, la reposición de Lombardo.

La agente fiscal Claudia Morys, quien intervino tras una denuncia hecha en una comisaría, anunció que identificará a los prepotentes bloqueadores para una eventual imputación, acaso por el delito de coacción, previsto en el art. 120 del Código Penal: “El que mediante fuerza o amenaza constriña gravemente a otro a hacer, no hacer o tolerar lo que no quiera, será castigado con pena privativa de libertad de hasta dos años o con multa”.

El escandaloso episodio implicó también un alzamiento contra la resolución del presidente del Senado, Mario Abdo Benítez, que a la vez encabeza el Congreso y ocupa el segundo lugar en la línea de sucesión en la Presidencia de la República, y una evidente insubordinación de unos funcionarios que se creen dueños de la institución donde “trabajan”, como se desprende de las disparatadas declaraciones de la mencionada dirigente.

Aquí está en juego el principio de autoridad, que debe hacerse respetar en el marco de la ley para que el caos no se agrave aún más en la administración pública. Los insurrectos exigen que Lombardo siga al frente de la Dirección de Recursos Humanos o que, en todo caso, sea sustituido por alguien “de la casa”, arrogándose así un derecho del que a todas luces carecen. Es claro que si esta absurda pretensión fuera admitida y la conducta delictiva de esos “servidores públicos” quedara impune, muy pronto se podrían repetir hechos similares en todo el aparato estatal.

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Conste que la nueva directora solo es interina y que el presidente del Senado ya había llamado a un concurso interno para ocupar el cargo en cuestión. Que así y todo se haya impedido por la fuerza que la persona designada ingresara en su oficina –lo hizo después de cinco horas, escoltada por la policía– muestra que quienes provocaron el incidente están convencidos de que pueden ignorar derechos ajenos, y frustrar el cumplimiento de una resolución de la máxima autoridad del órgano en donde prestan servicios. El grave incidente es oportuno para hacer saber a los funcionarios del país que no lo sepan, que no son los propietarios de las entidades en donde trabajan y que ni la Constitución ni las leyes prevén cogestión alguna en su administración: en ellas hay un orden jerárquico que debe ser respetado como corresponde, aplicando si necesario las sanciones previstas en el régimen disciplinario de la Ley N° 1626/00 e incluso en el Código Penal.

Ha sido llamativa, por cierto, la vehemencia de los funcionarios alzados, hasta el punto de que cabe sospechar que se pretende ocultar irregularidades que se habrían acumulado durante los quince años en que Lombardo ejerció el cargo. También es curioso que los senadores Gómez Verlangieri y Oviedo Matto hayan llevado el caso a la mesa directiva de la Cámara, con la intención de que sea tratado incluso en la sesión plenaria de mañana. Resulta descabellado llevar al pleno del Senado una resolución dictada por el presidente en el ejercicio de la facultad que le otorga el art. 41, inc. n, del reglamento interno, según el cual puede nombrar o remover al personal administrativo, con excepción de los secretarios. ¿Qué harían los senadores? ¿Revocar la destitución del director de Recursos Humanos y el nombramiento interino de su reemplazante? Esto significaría lisa y llanamente desautorizar ilegalmente al propio titular de la Cámara, porque esas decisiones son privativas del presidente y no pueden ser impugnadas por los integrantes de ese órgano colegiado. Pareciera que los dos senadores de marras no lo saben.

De nuevo, cabe preguntarse por qué tanto interés en que el asunto sea revisado. ¿Será que al menos los “señores senadores” mencionados se sienten “cuidados” por los funcionarios encabezados por Nadia Espinosa Pintasilgo, y que, por tanto, se creen en la obligación de retribuir sus cuidados apoyando lo que el personal sublevado plantea, recurriendo incluso a la violencia? ¿O, tal vez, hay algo que no les conviene que se ventile, porque podrían ser descubiertos los planilleros instalados por ellos?

Es intolerable que justamente allí donde se sancionan las leyes que los ciudadanos deben cumplir, ciertos funcionarios hayan protagonizado hechos vergonzosos, que dañan aún más al ya muy desprestigiado Congreso. En consecuencia, se impone que el presidente del Senado, complementando la pesquisa fiscal, cumpla con el deber que le impone la parte final de la norma reglamentaria antes citada, y ponga a disposición del juez competente a los miembros del personal que hayan cometido hechos delictuosos.

Este deplorable suceso debe ser castigado con todo el rigor de la ley.