Plausible acuerdo sobre el trabajo a tiempo parcial

Alegra saber que representantes de los trabajadores y de los empleadores, así como del Estado, hayan convenido un proyecto de ley que regula el sistema de trabajo a tiempo parcial. Siempre es saludable que las partes de la relación laboral eviten el conflicto y traten de llegar a acuerdos beneficiosos para ellas mismas y, por extensión, para la sociedad toda. También es loable que el documento consensuado haya sido expuesto por el ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, Guillermo Sosa, pues su intervención implica que la autoridad pública competente estima que la iniciativa satisface un interés general. Una ley de esta naturaleza permitirá enfrentar con un instrumento normativo razonable el gran desafío de acompañar el crecimiento económico sostenido con la creación de más puestos de trabajo. Si hasta ahora ese crecimiento no ha tenido un impacto positivo en la tasa de desocupación, es sobre todo por la extrema rigidez del Código Laboral, que impide atender con eficacia las necesidades específicas de quienes buscan un empleo y las de quienes pueden crearlo. Como bien advirtió un dirigente sindical, una ley similar fomentará también la formalización del empleo, achicando el mercado negro laboral.

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Alegra saber que representantes de los trabajadores y de los empleadores, así como del Estado, hayan convenido un proyecto de ley que regula el sistema de trabajo a tiempo parcial. Siempre es saludable que las partes de la relación laboral eviten el conflicto y traten de llegar a acuerdos beneficiosos para ellas mismas y, por extensión, para la sociedad toda. También es loable que el documento consensuado haya sido expuesto por el ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, Guillermo Sosa, pues su intervención implica que la autoridad pública competente estima que la iniciativa satisface un interés general.

Nuestro diario ha venido sugiriendo desde hace años que se apruebe un proyecto similar, debido a que la rigidez del Código Laboral vigente constituye un freno para que mucha más gente forme parte del trabajo legal.

En efecto, una ley de esta naturaleza permitirá enfrentar con un instrumento normativo razonable el gran desafío de acompañar el crecimiento económico sostenido con la creación de más puestos de trabajo. Si hasta ahora ese crecimiento no ha tenido un impacto positivo en la tasa de desocupación, que ronda el 8%, es sobre todo por la extrema rigidez del Código a que aludimos, que le impide atender con eficacia las necesidades específicas de quienes buscan un empleo y las de quienes pueden crearlo. Entre las principales víctimas de esa falta de flexibilidad figuran los jóvenes que desean a la vez estudiar y las madres que no pueden abandonar a sus hijos pequeños. Al permitir trabajar menos de ocho horas diarias, el proyecto de ley atenderá así sensibles necesidades sociales.

Por otro lado, también los empleadores podrían así ajustar sus contrataciones a las horas de servicio diario que necesiten, sin verse forzados a pagar el salario mínimo mensual. Empero, quienes se acojan a la modalidad del empleo a tiempo parcial estarán asegurados en el Instituto de Previsión Social (IPS), podrán jubilarse, tendrán descansos semanales y vacaciones anuales, así como bonificaciones familiares.

Como bien dijo el dirigente de la Central Unitaria de Trabajadores (CUT), Víctor Insfrán, la ley que fuera aprobada en tal sentido fomentaría la formalización del empleo, es decir, achicando ese mercado negro laboral que escapa a toda regulación que apunte a proteger al trabajo en todas sus formas, tal como manda la Constitución. En otras palabras, los destinatarios del proyecto de ley gozarían de los mismos derechos sociales que quienes trabajan a tiempo completo, sin ser negativamente discriminados debido a su régimen especial. Disposiciones similares ya estaban previstas en un proyecto de ley presentado a principios de año por los entonces senadores Arnoldo Wiens (ANR), Arnaldo Giuzzio (Somos Paraguay), Ramón Gómez Verlangieri (PLRA) y Ricardo Peralta (ANR).

La circunstancia de que los proponentes pertenecían a diversas organizaciones políticas reveló que reducir el desempleo y la formalidad tiene que ver con el bien común, más allá de las mezquinas conveniencias sectoriales. Si aquella iniciativa fue aplaudida por el empresariado, fue rechazada sin embargo por las centrales sindicales, porque entendieron que perjudicaría a los trabajadores, razón por la cual abandonaron en abril la “mesa tripartita”, que incluía al Gobierno. Celebramos que hayan vuelto a dicho cónclave y que hayan recapacitado para advertir que una ley adecuada a la realidad no solo habrá de considerar –para su regularización– a quienes están trabajando “en negro”, sino también reducir el desempleo liso y llano, con lo cual se promoverá también un mayor consumo que se reflejará en un crecimiento económico más elevado.

De hecho, el documento presentado en la sede de la Unión Industrial Paraguaya (UIP) fue una “Propuesta que modifica el proyecto de ley original que regula el trabajo a tiempo parcial”, pero que en lo esencial mantiene las disposiciones iniciales.

Así, el contrato de trabajo a tiempo parcial, que debe constar por escrito, tiene por objeto una actividad laboral subordinada de entre dieciséis y treinta y dos horas semanales. Quien la ejerza será sujeto del seguro social, siendo el porcentaje de sus aportes y los del empleador iguales a los fijados para el régimen general: si la remuneración del trabajador es inferior al salario mínimo legal, el empleador completará el 100% del monto destinado a cubrir el Fondo de Enfermedad-Maternidad, tal como habíamos sugerido en nuestro editorial del 12 de abril de este año. Las trabajadoras gozarán de todos los beneficios otorgados por la Ley de promoción, protección a la maternidad y apoyo a la lactancia materna. La remuneración se calculará según las horas trabajadas, sobre la base del salario mínimo legal dividido por veintiséis días, y el resultado será dividido por ocho horas. Por si el salario percibido fuera insuficiente para asegurar al trabajador y a su familia “una existencia libre y digna”, al decir de la Carta Magna, él podrá celebrar contratos de trabajo con dos o más empleadores. En suma, los trabajadores a tiempo parcial tendrán los mismos derechos que los de tiempo completo, según lo dispuesto en el proyecto de ley y en el Código Laboral.

Confiamos, pues, en que la iniciativa se convierta en ley cuanto antes, siendo tan amplio y justificado el consenso obtenido. Al acto de presentación también asistió la futura ministra del área, Carla Bacigalupo, de modo que también contará con el apoyo del Gobierno entrante.

Es de desear que, en adelante, se lleguen a coincidencias semejantes en asuntos de interés general que no deben ser afectados por las querellas cotidianas de la politiquería doméstica. Aquí se ha dado una auspiciosa señal de madurez por parte de relevantes actores sociales, que debería ser recogida para que el interés general prevalezca sobre el sectorial, siempre dentro del marco de la Constitución.

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