Es realmente increíble que en el Paraguay sigamos soportando situaciones claramente violatorias de la Constitución y las leyes, que son expuestas a la luz pública y que, pese a su evidente ilegalidad, continúan vigentes ante la indiferencia general.
Los paraguayos son expoliados no solo a través de los sobornos que se exigen para acelerar un trámite, de los sobrecostos que derivan de licitaciones amañadas o de la lisa y llana malversación de fondos. También ciertos instrumentos formales, como la propia ley y los contratos colectivos de trabajo del sector público, son utilizados para meter impunemente la mano en el bolsillo de los contribuyentes en beneficio de ciertos aprovechados.
El grave problema es que las víctimas del saqueo cotidiano se hallan indefensas ante el contubernio entre los políticos jerarcas de organismos estatales, los dirigentes sindicales y los propios legisladores de turno. Las pobres víctimas no están organizadas como lo están sus victimarios, los privilegiados empleados estatales y de las empresas públicas; tampoco tienen estrechos lazos con el poder político, como los tiene, por ejemplo, el clan que maneja la Opaci desde hace años. Esto explica por qué el ciudadano común continúa abonando –muchos sin siquiera saberlo– el seguro social de los funcionarios de Petropar, o aceptando que los de la ANDE paguen solo la mitad de su consumo de energía eléctrica; o que siga pagando cada año 20.000 guaraníes a una organización no gubernamental –la mencionada Opaci– para obtener la licencia de conducir, para citar solo algunos de los numerosos casos similares.
Los leoninos contratos colectivos de trabajo que sustentan las prebendas del personal de las citadas empresas públicas fueron homologados por la Secretaría de la Función Pública, pese a que violan flagrantemente el principio constitucional de igualdad ante la ley. El art. 17 de la Ley Nº 375/56, que establece el seguro social, dispone que la cuota mensual de los trabajadores sea del 9% de sus salarios, y la de los empleadores del 14%, calculado sobre los salarios de los primeros: la norma no distingue entre trabajadores y empleadores del sector privado y del público, pero ocurre que, en el caso de Petropar, al empleador –es decir, nosotros los ciudadanos– ilegalmente se le impone pagar la cuota correspondiente al trabajador.
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En el caso de la ANDE, como ninguna normativa autoriza al ente a fijar una tarifa diferenciada a favor de sus funcionarios, el escandaloso contrato colectivo de trabajo en que ella se funda viola el principio del Derecho Público de que la validez de las actuaciones de las órganos estatales depende de que sean autorizadas por la ley. No puede haber derechos adquiridos contra ella y menos uno que supone tener un trato preferencial frente a los usuarios que no trabajan en la ANDE y que, en consecuencia, están subsidiando el consumo de los que tienen ese privilegio.
En cuanto a la Opaci, el art. 15º, inc. i) de la Ley Nº 5016/14 jamás debió otorgarle a la Agencia Nacional de Tránsito y Seguridad Vial la facultad de coordinar con las Municipalidades el otorgamiento de la licencia de conducir a través de una organización del Derecho Privado, como lo es la Opaci, que mal puede percibir dinero alguno en concepto de arancel. Pero, en el colmo de la caradurez y demostrando una ignorancia supina de la ley, María del Carmen Benítez, intendenta de Ybycuí y presidenta interina de la Opaci –ante el pedido de permiso de su titular, Ricardo Núñez, uno de los integrantes del clan Núñez, de Villa Hayes–, informa ahora que desde el 1 de marzo la entidad bajará de 20.000 a 10.000 guaraníes el arancel que cobra por los registros de conducir, como si con ello se subsanara la flagrante ilegalidad que conlleva dicho acto.
Es alentador, por tanto, que la senadora Blanca Mignarro haya presentado un proyecto de ley que modifica la norma citada para que “la Opaci deje de robar a la gente”. Por de pronto, las Municipalidades harían bien en disolver esa herencia de la dictadura o, en todo caso, abandonarla en masa, pues el art. 171 de la Constitución solo dice que “podrán asociarse”, y no que deban hacerlo obligatoriamente. Pero es mucho más lo que pueden hacer los legisladores en este tema para eliminar estos robos escandalosos amparados en ilegales convenios colectivos de trabajo o en leyes inconstitucionales.
De la Secretaría de la Función Pública no es mucho lo que se puede esperar, ya que carece de fuerza coercitiva y es bamboleada al ritmo que marcan los políticos en el candelero pese a depender directamente de la Presidencia de la República.
Tampoco es mucha la esperanza que pueda abrigarse en la Defensoría del Pueblo, que hasta ahora no ha pasado de ser una figura decorativa. Esta institución podría lucirse en estos casos concretos, sobre todo cuando el art. 10, inc. 11, de su ley orgánica le otorga la atribución de proponer “la modificación de las normas y los procedimientos implementados en los órganos del Estado o de las conductas de sus funcionarios, cuando estas violaren los derechos de las personas”.
Ante esta deprimente situación, y si realmente desea impedir que se le siga robando, se impone que la sociedad civil se organice, se informe y reclame sus derechos en todas las formas posibles, frente a quienes se enriquecen a costa de ella mediante todo tipo de artimañas.