Cobertura de fondo de garantía

El monto máximo de cobertura del Fondo de Garantía de Depósitos (FGD) es el equivalente a 75 salarios mínimos mensuales por persona física o jurídica.

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Los importes garantizados son actualizados conforme a la modificación del salario mínimo. El FGD fue creado por Ley Nº 2334/2003, como parte de la Red de Seguridad Financiera. El objetivo del régimen de garantía de depósitos y resolución de entidades es garantizar los depósitos en las entidades financieras privadas autorizadas por el Banco Central del Paraguay (BCP) hasta 75 salarios mínimos mensuales, así como resolver al menor costo posible las entidades financieras con problemas, contribuyendo de esta manera a la estabilidad del sistema financiero y a la salvaguarda del Sistema Nacional de Pagos. El FGD es administrado por el BCP, como un patrimonio autónomo y sus recursos sólo pueden ser utilizados para el cumplimiento de los fines establecidos en la ley de su creación. Pueden ser beneficiarios de la garantía de depósitos brindada por el FGD cualquier persona natural o jurídica y el sistema de garantía no distingue entre personas nacionales o extranjeras.

Los depósitos sujetos a protección, estarán constituidos por el conjunto de dinero, bajo cualquier modalidad y denominación, es decir, en moneda nacional y/o extranjera.

Fuente: Programa de Educación Económica y Financiera, Fondo de Garantía de Depósitos, BCP.

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