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La reglamentación definitiva de la llamada “Ley Justina” -en honor a una niña fallecida por ausencia de trasplante- reafirma los derechos de pacientes en lista de espera y trasplantados.
Además, destaca que el Sistema Público de Salud cubrirá los gastos de los pacientes que no tengan cobertura y explica cómo dejar constancia de la oposición a ser donante por defecto. Asimismo, detalla cómo serán los “servicios de procuración” que se crearán en los hospitales.
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Los trasplantes aprobados por el Instituto Nacional Central Único Coordinador de Ablación e Implante (INCUCAI) son las de corazón, vasos y otros tejidos cardíacos, pulmón, hígado, páncreas, intestino, riñón, tejidos del sistema osteoarticular, piel, córneas y esclera, tejidos del sistema nervioso, membrana amniótica y de células progenitoras hematopoyéticas.
Antes de proceder a la donación, el médico encargado deberá “corroborar la ausencia de expresión negativa” a los trasplantes por parte del fallecido e informar a su familia “la información necesaria vinculada al proceso de donación”.
En julio de 2018, la Cámara de Diputados dio sanción definitiva por unanimidad. Esta reforma se aceleró después de un caso que conmovió a Argentina, como fue la muerte de la niña de 12 años Justina Lo Cane al no encontrar donante.