Caja Bancaria

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La Caja Bancaria nuevamente en la tormenta, solo que ahora caímos en el huracán, puesto que yo pensaba que las cosas mejorarían, pero no, se continúa con los altos salarios y en el mes de julio pasado se han pagado escandalosas gratificaciones. Me dirán que están contemplados en el Presupuesto General de la Nación, pero esas gratificaciones no se compadecen en absoluto con la extrema necesidad en la que viven los jubilados bancarios.

Pero el objeto de esta nota es más bien para que el presidente de la Cámara de Senadores o algún legislador la lea y, si es posible, la tenga en cuenta a la hora de estudiar la modificación de la Ley 4773/12 de la Caja Bancaria que fuera presentada el 21/VII/16. Esto lo hago en calidad de jubilado bancario muy preocupado porque en dicha modificación se pretende la liberación de los salarios del presidente, de los miembros del consejo y de todo el personal, pues actualmente los salarios tienen un tope, contemplados en los artículos 20 y 26 de la citada ley.

A pesar de estos topes, contemplados en una ley, esto no es respetado actualmente ni fue respetado antes, y me da escalofríos tan solo pensar si estos son liberados. La Caja Bancaria es una entidad previsional y los que son electos para dirigirla, así como los funcionarios que trabajan en la misma, deben saber que no se puede acceder a la misma para enriquecerse, desde luego que deben ganar modestamente bien, pero los sueldos que se pagan en la caja bancaria son de primer nivel, en cambio, las jubilaciones son poco menos que miserables en su mayoría.

Siempre los administradores han prevalecido o priorizado sus salarios sobre las jubilaciones. En dicho proyecto de modificación también se contempla un insuficiente reajuste del 10% en el 1er año ¡y un 2,5% mensual durante 14 años! Esto es una bofetada a los jubilados que hemos aportado durante 10 años más del 54% de nuestros haberes y cientos han fallecido o quedado enfermos.

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Actualmente el Ministerio de Hacienda nos está devolviendo el primer 50% en cuotitas miserables, sin interés alguno. También en dicha modificación se contempla la devolución de acuerdo a la disponibilidad presupuestaria de los fondos, del 50% restante de nuestros haberes ilegalmente confiscados, pues la Corte Suprema de Justicia la ha declarado inconstitucional. (Destaco que para el pago de los haberes del presidente y del personal siempre hay disponibilidad).

Las redacciones de las modificaciones de los artículos 20 y 26 deben ser corregidas y establecer un tope en los salarios, porque de no ser así la Caja estará con serios problemas financieros.

De ninguna manera agradezco al presidente por los reajustes y devoluciones de los haberes que nos fueran descontados, pretendidos en el proyecto de modificación, porque nosotros tenemos el derecho legítimo de percibir nuevamente lo que nos ha despojado, y es su obligación hacerlo.

Óscar Papaluca