Escribanía, grandes preguntas

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Una de las injusticias más grandes en estos tiempos es la profesión que los ciudadanos de este país deciden estudiar para luego no poder ejercer por una ley inconstitucional, como reza en su artículo 107 - de la libertad de concurrencia. Toda persona tiene derecho a dedicarse a la actividad económica lícita de su preferencia, dentro de un régimen de igualdad de oportunidades. Se garantiza la competencia en el mercado. No serán permitidas la creación de monopolios y el alza o la baja artificiales de precios que traben la libre concurrencia. La usura y el comercio no autorizado de artículos nocivos serán sancionados por la Ley Penal.

¿Por qué los escribanos con registro que fueron beneficiados por la ley Wasmosy del 92 son los que más en contra están de la liberación, siendo que estos escribanos fueron beneficiados sin rendir ningún examen de aptitud para obtener el usufructo de un registro notarial? Ellos lucharon para poder ejercer libremente, alegando que eran explotados por los escribanos que le otorgaban la adscripción y ahora se niegan rotundamente a la liberación de la profesión.

¿Hay intereses creados? Es fácil demostrar eso, cuando Humberto Rubin entrevistó a una conocida escribana lo primero que dijo es que si se llega a liberar la profesión de escribano va a suceder lo mismo que en Uruguay, que hay escribanos que son taxistas o venden leche. Una buena profesional no le debería preocupar eso, pues si trabaja como debe ser no le faltarían requirentes en su notaría. Lo que más le preocupa es que otros escribanos le hagan la libre competencia.

¿El Colegio de Escribanos hizo alguna cosa a favor de los escribanos sin registros en los exámenes elaborados por la Corte Suprema de Justicia?

El examen que toma la Corte para otorgar el usufructo de los registro notariales no se adecua a la realidad y el propio Colegio de Escribanos lo reconoce, pero nunca hizo nada por no querer tener conflictos con la Corte y siendo que los escribanos sin registros no son de su interés; cuando hay interés, bien que presentan una denuncia contra la Corte Suprema de Justicia como dice la carátula Colegio de Escribanos del Paraguay c/ Res. Nº 4284 de fecha 2 de febrero de 2016 y otra dictada por la Corte Suprema de Justicia s/ demanda contenciosa administrativa.

El examen de oposición no puede medir la ética profesional, algo muy importante para esta profesión. Hoy en día hay muchos escribanos con registros que no cumplen adecuadamente su función notarial.

Juan Manuel Enciso Garcete

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