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La jueza penal de Sentencia de la circunscripción de Caaguazú, Ninfa Anastasia Torres de Ramos, resolvió a través del Auto Interlocutorio N° 73, de fecha 11 de noviembre de 2021, otorgar la prisión domiciliaria al interno condenado Víctor Brítez Aranda, por un plazo de tres meses a partir de la fecha señalada.
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La resolución se fundó en indicaciones hechas por los médicos forense y de cabecera, de que Brítez debe recibir tratamiento a sus “afecciones crónicas de diabetes, hipertensión arterial, artrosis, enfermedad pulmonar obstructiva crónica (EPOC) y ginecomastía bilateral”, para esta última -según las indicaciones médicas- debe someterse a una cirugía.
Añade el documento judicial que “transcurrido dicho plazo el mismo debe presentarse en la Penitenciaría Regional de Coronel Oviedo, sin necesidad de interpelación judicial”.
La decisión judicial fue comunicada vía oficio N° 280 al director del recinto penal ovetense.
El documento también fue remitido al Ministerio de Justicia, donde recién ayer fue recibido. .
Esta resolución fue cuestionada tanto por autoridades del Poder Ejecutivo, como del Poder Judicial y el Ministerio Público.
Esto habría hecho retroceder a la jueza, que en horas de la tarde retiró de la cárcel, el oficio que ella mismo había remitido, motivo por el cual para las autoridades penitenciarias mantienen en prisión a Brítez Aranda.
Resta saber que hará la defensa, que ya conocía la resolución judicial.
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Doble condena
Desde el 10 de julio de 2017 Chapaló cumple una condena de 26 años de pena privativa de libertad por narcotráfico, cuando fue detenido por agentes de la Secretaría Nacional Antidrogas (Senad) en su lujosa propiedad ubicada en el barrio cerrado de Paraná Country Club de Hernandarias.
El 21 de setiembre de 2020, el Tribunal de Sentencia integrado por Juan Pablo Mendoza, Laura Ocampos y Jesús Riera, condenó a Víctor Brítez a 3 años de cárcel más el comiso de once propiedades por lavado de dinero, fallo ratificado en segunda instancia.