APA tiene prohibido percibir importes

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Durante su suspensión por 180 días, Autores Paraguayos Asociados (APA) no podrá distribuir ni percibir montos relacionados a derechos autorales, según un comunicado de la Dirección Nacional de Propiedad Intelectual (DINAPI).

La Dirección General Técnica de Derecho de Autor y Derechos Conexos, dependiente de la DINAPI, sancionó a APA suspendiéndola por un periodo de 180 en su funcionamiento. La medida la obliga a la comisión directiva actual a abstenerse para realizar actividades en cuanto a la gestión colectiva de Derechos de Autores.

En ese sentido, cabe mencionar que la suspensión rige desde el pasado 5 de abril y se extiende hasta el 2 de octubre de este año. Durante el ya mencionado lapso de tiempo APA no podrá percibir ni distribuir monto alguno en concepto de derechos de autor.

Sobre dicho punto, en caso de haberse emitido facturas antes de dicho plazo y siendo requeridas luego del 5 de abril, la institución sancionada no está autorizada a percutir el importe. Sin embargo, la disposición no implica la prohibición de gastos administrativos relacionados a su funcionamiento, como alquileres, pago de salarios y de servicios básicos.

Así, la Comisión Directiva y administrativa deberá rendir cuenta ante los socios sobre los fondos con los que cuenta y también, de los pagos y gastos administrativos a realizarse.

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Por otro lado, la sanción no suspende la obligación de pago de los sujetos alcanzados por la ley de Derechos de Autor, respecto de quienes siguen devengándose la obligación de pago, estando sí suspendida la autorización de APA para percibir tales pagos. Los pagos se deberán realizar una vez regularizada esta situación, que será comunicada en por la DINAPI.