Caminera multa a usurpadores de veredas

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FERNANDO DE LA MORA. Agentes de la Patrulla Caminera multaron esta tarde a propietarios de seis vehículos que estacionaron sobre las aceras de la ruta II Mariscal Estigarribia y la avenida Mariscal López, en esta ciudad y en San Lorenzo.

La Caminera inició este tipo de controles el pasado 10 del corriente, ante la queja generalizada por parte de personas que se pasan obstruyendo las aceras, impidiendo el paso de peatones, que deben arriesgar sus vidas al verse obligados a circular por la calzada de la ruta. El procedimiento también se lleva a cabo en ramales de todo el departamento Central.

Para esta tarea se llevó adelante la modalidad de patrullaje, en que estuvieron designados un total de 12 efectivos, dos camionetas patrulleras, dos motocicletas y un camión grúa. Según explicaron los intervinientes, estaban cumpliendo lo dispuesto por el director de la Caminera, Luis Christ Jacobs, atendiendo a las disposiciones de la nueva Ley Nacional de Tránsito y Seguridad Vial.

Por otro lado, en horas de la mañana de este martes el director de la Patrulla Caminera llevó a cabo una reunión de trabajo con directores de Tránsito del departamento Central en el Teatro Municipal de Fernando de la Mora. Fue para dar continuidad a trabajos de coordinación de tareas en el marco del artículo 7º de la Ley 5.016/2014, Nacional de Tránsito y Seguridad Vial.

Dicho artículo señala que la Caminera, así como los de las municipalidades de la República, serán las encargadas de velar por el cumplimiento de las disposiciones de la presente ley y la reglamentación nacional o municipal que derive de ella. Los agentes de tránsito de las comunas aplicarán la presente ley dentro del ejido o zona urbana de sus respectivas jurisdicciones.

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Entretanto, la competencia en las rutas nacionales y departamentales, así como en los ramales y caminos vecinales que atraviesen los municipios, corresponderá a la Patrulla Caminera, salvo que mediare un Convenio de Delegación de Competencias, suscripto conforme al Artículo 16 de la Ley N° 3966/10 "Orgánica municipal" u otra que lo autorice expresamente.