Comisión considera tortura

La Comisión Interamericana de los Derechos Humanos (CIDH) consideró ante la Corte que Juan Arrom y Anuncio Martí fueron víctimas de desaparición forzada y de tortura. Sin embargo, la Corte IDH aún no dictó un veredicto sobre la causa.

Cargando...

Tras los alegatos finales y las replicas correspondientes de los representantes del Estado paraguayo y de los denunciantes, la Comisión IDH realizó una observación final, a través de su representante, Christian González, en la cual considera que Juan Arrom y Anuncio Martí fueron víctimas de desaparición forzada (secuestro) y de tortura.

González precisó que hay múltiples elementos que determinan la privación de libertad de los denunciantes; así también el diagnóstico médico e informes psiquiátricos que concluyen que Arrom y Martí fueron maltratados físicamente y psicológicamente.

Añadió que los responsables del secuestro y tortura de Arrom y Martí tenían como propósito que se autoinculparan del secuestro de María Edith Bordón Debernardi y para obtener información sobre sus actividades políticas.

Silvia Serrano, también representante de la Comisión IDH, mencionó por su parte que la tareas  del Estado paraguayo fueron insuficientes y que la aplicación del habeas corpus, presentada por los familiares de los denunciantes, fue deficiente.

Acotó que el Estado no realizó una investigación exhaustiva a pesar de la gravedad de los hechos de desaparición forzada y tortura despues de que haya tomado conocimiento de la desaparición de Arrom y Martí, a través del habeas corpus.

De esta manera, luego de casi 10 horas, finalizó la sesión de la Corte, que deberá estudiar las declaraciones y pruebas brindadas por ambas partes para llegar a una conclusión.

La acusación estableció ante la CIDH que, si el fallo es favorable para Juan Arrom y Anuncio Martí, el Estado paraguayo deberá abonar una indemnización simbólica de US$ 50 millones para los denunciantes y sus familiares por el presunto secuestro y tortura además de pagar las costas judiciales del caso.

Asimismo, piden que el proceso de tortura sea reabierto para que los supuestos responsables sean condenados.

Por otra parte, Sergio Coscia, representante de Paraguay, acusó a la Comisión IDH de haber violado varias leyes internacionales establecidas, entre ellas la de presunción de inocencia.

Coscia manifestó ante la Corte que admiten la existencia de las lesiones sufridas por Arrom y Martí pero que estas no representan el grado de tortura. Sin embargo, el caso del año 2002 fue caratulado bajo el delito de tortura, cuyo proceso en nuestro país es imprescriptible.

Agregó que Arrom y Martí nunca realizaron una recusación y tampoco procedieron judicialmente ante la falta de objetividad, entre otros mecanismos que establece la ley paraguaya que los denunciantes no utilizaron.

"La negativa de la familia Arrom y el impedimento para seguir con la investigación consta en la carpeta fiscal", señaló Coscia durante los alegatos finales.

Enlance copiado
Content ...
Cargando ...