¿Con zapatillas o descalzos?

Manejar en zapatillas está prohibido en algunas ciudades, teniendo en cuenta ordenanzas municipales. Agentes policiales señalan la peligrosidad de conducir con ese calzado, pero aclaran que sí se puede hacerlo descalzo.

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En la Comuna de Fernando de la Mora, ayer, los ciudadanos que acudían a renovar sus licencias de conducir no podían realizar la prueba si iban en zapatillas. Jorge Duarte, jefe de la Policía Municipal de dicha ciudad, señaló que solo se enfatiza en la prohibición de manejar con esos calzados abiertos, teniendo en cuenta el peligro que implica.

“Es un calzado que no está ajustado al pie y puede deslizarse (…) o atascarse por el acelerador o el freno y podría ocasionar algún accidente”, argumentó esta mañana en contacto con ABC Cardinal. Duarte aclaró que no está prohibido manejar descalzos, por lo cual los conductores que circulen así en la vía pública no pueden ser multados.

Si bien primeramente señaló que se basan en la Ley N° 5.016, “De Transito y Seguridad Vial”, pudimos cotejar que esta normativa no estipula, en ninguno de sus artículos, esta prohibición. Sin embargo, sí figura en las ordenanzas municipales en las que se basan las agentes de tránsito de distintas comunas, como por ejemplo en Fernando de la Mora, Lambaré y Asunción.

En la ciudad capital, por ejemplo, la ordenanza municipal en el artículo N° 91 inciso “S” señala que en la circulación por la vía pública está prohibido “conducir cualquier tipo de vehículo automotor con zapatillas o cualquier otro tipo de calzado que pueda obstaculizar el uso de los pedales. (Su inobservancia constituye falta grave)”.

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