El secretario general de la Corte, Gonzalo Sosa, informó que fueron aprobadas las medidas a ser adoptadas en el marco de la huelga de funcionarios judiciales que iniciará mañana y se extendería, según anunciaron, hasta el próximo 9 de diciembre, según informe oficial de la institución.
La máxima autoridad judicial estableció, como uno de los ítems, que todas las medidas tienen vigencia para todas las circunscripciones de la República debiendo comunicarse las disposiciones de cumplimiento obligatorio, tanto a nivel interno como a la ciudadanía en general.
Así en el marco de la huelga anunciada por funcionarios judiciales que reclaman un reajuste salarial, la Corte dispuso que se realice un descuento en los salarios de aquellos funcionarios que acaten el paro de actividades durante los días que dure éste, según lo establecido en el artículo 373 del Código Laboral.
Como medida de refuerzo a estas exigencias, solicitó a los sindicatos que se adhieren a la huelga una lista de los funcionarios que acaten la misma. Igualmente pidió a todos los magistrados y directores que remitan la planilla de funcionarios a su cargo que se declaren en paro.
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Los responsables de capital deberán presentar los listados ante la Dirección General de Recursos Humanos; en tanto que los de las circunscripciones del interior del país el envío se canalizará a la citada dependencia a través de sus respectivos presidentes. El segundo documento debe contener los datos de quienes no acaten la huelga.
También garantizó que los servicios no se verán afectados, entre ellos los trámites de las garantías constitucionales de amparo y hábeas corpus.
Además estarán en servicio los servicios básicos, por lo que se estableció que atenderán la primera Secretaría de cada Juzgado de Paz; el primer turno de los juzgados de Justicia Letrada y de Primera Instancia de todos los fueros; el Juzgado Penal de Garantías y Ejecución Nº 1; los tribunales de Sentencias que tengan juicios fijados o iniciados; la primera Sala de los Tribunales de Apelación de todos los fueros, de la Capital, debiendo los respectivos sindicatos articular los medios necesarios para garantizar la presencia de funcionarios en las citadas dependencias; y la Dirección General de Garantías Constitucionales y sus respectivas oficinas en el interior.
