Denuncian a juez ante Superintendencia de la Corte

Este artículo tiene 7 años de antigüedad
/pf/resources/images/abc-placeholder.png?d=2395

ENCARNACIÓN El juez de sentencia Nelio Prieto, fue denunciado ante la superintendencia de la Corte Suprema, por presunta ignorancia de la ley y mal desempeño. El mismo no se inhibió en un juicio oral donde fue condenada una exclienta, María Esther Aguilar

Según lo expresado por el denunciante, Víctor Colmán, hijo de la condenada, pese a que existió un vínculo profesional entre el juez y su madre, éste no se apartó de entender en un juicio oral por violación de la patria potestad a que fue sometida su madre, en el 2015, y en el cual fue condenada a dos años de prisión. El Art. 50 del código procesal penal (CPP) le obligaba a inhibirse, y por eso sostengo en mi denuncia que incurrió en desconocimiento de la ley y prevaricato, señaló.

Según refirió en el año 2004 el actual juez Nelio Prieto, quien ejercía la profesión de abogado en Ciudad del Este, fue contratado por su madre para representarlo en un juicio contra una empresa de transporte de colectivo involucrada en la muerte de su padre, el sub oficial de policía, Víctor Hugo Colmán Fleitas, quien fue arrollado por un colectivo durante un control rutero, el 19 de agosto de 2004, y luego de dos días de terapia intensiva, murió el 21 de agosto.

Yo era menor de edad entonces, por lo que Nelio Prieto es contratado como abogado por mi madre, María Esther Aguilar, para represéntame en una demanda penal contra el conductor del colectivo, Claudio Antonio Colmán Gauto, chofer de línea Acaray de colectivos, precisó.

Al año siguiente, en el 2005, siendo yo mayor de edad, por derecho propio le di el poder al abogado Nelio Prieto para que inicie una demanda civil, contra la empresa, añadió.

Todos los beneficios, en un solo lugar Descubrí donde te conviene comprar hoy

Posteriormente, siendo ya juez de sentencia en Encarnación, este mismo abogado interviene como miembro de un tribunal de Sentencia, junto con los jueces Blas Zorrilla y Fabián Iglesias, en un juicio oral por violación de la patria potestad donde mi madre fue injustamente condenada a dos años de prisión.

El artículo 50 inc. 13 del Código Procesal Penal señala como motivos de excusación de los jueces, "cualquier otra causa, fundada en motivos graves que afecten su imparcialidad o independencia", sin embargo, el juez de sentencia Nelio Prieto a pesar de haber sido el abogado de la señora Aguilar y de su hijo no se inhibió, incurriendo en ignorancia de la ley y mal desempeño, señaló.

Asimismo, Colmán calificó como un hecho llamativo que este mismo tribunal falló en forma tan leve ante un religioso acusado de abuso sexual en niños, a quien dio una pena de dos años con suspensión de condena, y este mismo Tribunal condenó a apenas cinco años a un conocido narco de San Pedro del Paraná. Evidentemente el criterio de este Tribunal juzgador responde según el color del cristal con que mira, dijo.

No existió causal

Por su parte, el juez Nelio Prieto señaló que ya presentó su descargo ante la Superintendencia de la Corte, y está a la espera de una determinación de dicha instancia fiscalizadora.

El magistrado dijo que no existió causal para que se aparte de la causa. El Art. 50 del CPP establece como causal el tener algún procedimiento pendiente con alguna de las partes o haberlo tenido dentro de los dos años precedentes si el procedimiento ha sido civil y dentro de los cinco años si ha sido penal. En este caso existe una distancia de al menos 11 años entre aquel poder otorgado y el juicio a esta señora, que fue en el 2015, señaló.

Respecto de la condena a dos años con suspensión de pena a que fue sometida, señaló que se ajustó a derecho, y así lo entendió el Tribunal.